Distr.
GENERALE/CN.4/2001/NGO/98
6 February 2001
ENGLISH Original: SPANISH
COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS
57° período de sesiones
Tema 11 del programa provisional
LOS DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Exposición presentada por escrito por la Federación Internacional de Ligas de Derechos Humanos, organización no gubernamental reconocida como entidad consultiva especial
El Secretario General ha recibido la siguiente exposición por escrito que se distribuye con arreglo a la resolución 1996/31 del Consejo Económico y Social.
[12 de enero de 2001]
La Federación Internacional de los Derechos Humanos y su organización afiliada en Argentina, la Liga Argentina por los Derechos del Hombre, exprimen su preocupación sobre el caso de la ‘Tablada’ que reune a la vez violaciones al derecho a la vida, a la integridad personal y a garantias judiciales asi como el incumplimiento de sus obligaciones internacionales por parte del Estado argentino.
El 23 de enero de 1989 un grupo de militantes del Movimiento Todos por la Patria (MTP) toma la decisión de entrar al cuartel de la Tablada, ante la información de que allí se estaría gestando un nuevo golpe militar. Se vivía, entonces, en el país un grave clima de inestabilidad institucional, debido a las presiones del sector militar para obtener impunidad por las violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura.
Una vez ingresados al cuartel, el grupo de unas cuarenta personas es atacado por efectivos del Ejército Argentino, de la Policía Federal Argentina y de la Policía de la Pcia. de Buenos Aires (alrededor de unos tres mil efectivos). Se utilizan bombas incendiarias de fósforo. Hubo durante la represión ejecuciones sumarias, torturas, desapariciones forzadas.
El 24 a las 9.00 hs. se produce la rendición. Todos son desnudados, encapuchados, sometidos a golpes. Francisco Provenzano es separado de la fila, igual que Carlos Samojedny. Provenzano es asesinado y Samojedny desaparecido. Berta Calvo, que también se rindió, estaba muy mal herida y es golpeada hasta la muerte. Iván Ruiz y José Alejandro Díaz, que estaban en la guardia y son detenidos vivos Hoy José Alejandro Díaz está desaparecido y los restos de Iván Ruiz fueron reconocidos durante el mes de agosto de este año, al igual que los de Carlos Alberto Burgos. Restan a la fecha identificar tres de los cinco cadáveres que se exhumaron a fines de 1997.
Sometidos a juicio (causa nº 231 de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín), los demás fueron condenados a penas que oscilan entre la reclusión perpetua y los diez años. Entre ellos está Antonio Puigjané, fraile capuchino declarado "preso de conciencia" por Amnesty International.
Agotada la vía interna, los condenados denunciaron el Estado argentino ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de los Estados Americanos (CIDH), que declaró admisible la presentación y, luego de las debidas intervenciones de los peticionarios y el Estado denunciado, labró el Informe nº 55/97 (caso nº 11.137, "Abella, Juan Carlos y otros", aprobado por la Comisión el día 17 de octubre de 1997).
En dicho Informe la CIDH analizó las denuncias de los peticionarios en relación a las violaciones a los Derechos Humanos cometidas por los agentes del Estado argentino durante la recuperación del cuartel (punto IV, A y B) y en la sustanciación del proceso judicial (punto IV, C).
En sus conclusiones finales (punto VIII), la CIDH estableció que el Estado argentino es responsable por las violaciones a los derechos humanos (a la vida, a la integridad personal, a recurrir un fallo condenatorio ante un juez o tribunal superior, a un recurso sencillo y efectivo). En consecuencia, formuló al Estado argentino las siguientes recomendaciones: " Que proporcione los mecanismos y las garantías necesarias para realizar una investigación independiente, completa e imparcial de los hechos acontecidos a partir del 23 de enero de 1989 y analizados en este informe, con el objeto de identificar y sancionar a todas las personas que resulten individualizadas como responsables de las violaciones a los derechos humanos... Que en cumplimiento de sus obligaciones previstas en los artículos 2 y 8.2.h. de la Convención Americana, a fin de hacer plenamente efectiva, en lo sucesivo, la garantía judicial del derecho de apelación... Que, en virtud de las violaciones de la Convención Americana arriba expuestas, adopte las medidas apropiadas para reparar a las víctimas o sus familiares el daño sufrido por las personas".
La CIDH estableció que el Estado argentino es responsable de la violación del derecho a la vida de Roberto Sánchez, Carlos Alberto Burgos, Iván Ruiz, José Alejandro Díaz, Carlos Samojedny, Juan Manuel Murúa, Francisco Provenzano, Berta Calvo, Ricardo Veiga y Pablo Martín Ramos; todos ellos detenidos con vida por miembros del Ejército y de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, y luego ejecutados.
La CIDH consideró que el Estado argentino "es responsable por no haber investigado... pues omitió realizar una investigación inmediata y exhaustiva en el lugar de los hechos..." (punto 423), y agregó que el "...tratamiento apropiado de los cadáveres y la práctica de autopsias adecuadas, hubiera permitido al Estado demostrar en forma concluyente la causa, la forma, el lugar y la hora de muerte de los atacantes que perdieron su vida..." (punto 424).
La investigación respecto de los responsables de las ejecuciones sumarias y las torturas no se ha realizado, a pesar de haber transcurrido doce años de su comisión.
En cuanto a la reparación a los familiares de las víctimas de las ejecuciones sumarias, aunque se ha presentado el reclamo ante la subsecretaría de Derechos Humanos, la única respuesta obtenida fue el silencio.
El día 28 de diciembre de 2000, luego de diversas audiencias mantenidas ante la CIDH entre representantes del Estado Argentino y los defensores de los presos Rodolfo Yanzón y Martha Fernández, y ante numerosos reclamos de la comunidad internacional, el Presidente de la Nación, Dr. Fernando De la Rúa, dictó un Decreto de conmutación de penas para los presos que llevaban 116 días de huelga de hambre, exigiendo una solución. La conmutación de penas, a la que se opuso el poder militar, impidió la libertad de los presos, debido a la escasa reducción de las penas, aunque implicó un alivio en las condiciones de detención, ya que podrán acceder en forma inmediata a salidas transitorias y otros beneficios. Sin embargo, el reclamo realizado por la CIDH no se halla satisfecho, ya que no sólo no se ha reparado debidamente a quienes fueron beneficiados por la medida, sino que se ha exlcuído de este beneficio a dos personas condenadas a prisión perpetua (Joaquín Ramos y Luis Darío Ramos), a Antonio Puigjané, condenado a 20 años y al resto de los condenados que actualmente está en libertad condicional o con pena cumplida.
Durante el mes de octubre de 2000 el abogado Rodolfo Yanzón presentó una denuncia ante el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, porque luego de tanto tiempo sin que se haya reparado a los presos de la Tablada -a quienes, entre otros, se les ha violado el derecho de recurrir el fallo ante un tribunal superior-, las detenciones resultan arbitrarias.
La FIDH y la Liga Argentina por los derechos del Hombre estiman que :
1. Sólo la obtención de la libertad implicará que el Estado Argentino estará comenzando a reparar a las víctimas de tales violaciones.
2. Es necesario la realización de una investigación imparcial para establecer, juzgar y condenar a los responsables por las muertes y las torturas mencionados.
3. Se necesita modificar la legislación que impide expresamente el derecho a la doble instancia.
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*/ Se distribuye esta exposición escrita sin editar, tal como ha sido recibida de la Organización no gubernamental.