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Distr.
GENERALE/CN.4/2002/67
21 de enero de 2002
ESPAÑOL
Original: INGLÉS
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COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS
58º período de sesiones
Tema 11 a) del programa provisional
LOS DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS, EN PARTICULAR LAS CUESTIONES
RELACIONADAS CON: LA TORTURA Y LA DETENCIÓN
Derechos humanos y ciencia forense
Informe de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas
para los Derechos Humanos presentado de conformidad con la
resolución 2000/32 de la Comisión de Derechos Humanos
INTRODUCCIÓN
1. En su resolución 2000/32, la Comisión de Derechos Humanos pidió a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que celebrara consultas con los gobiernos, órganos de las Naciones Unidas y organizaciones profesionales de expertos forenses y afines competentes, a fin de actualizar la lista de tales expertos con sus datos biográficos, incluidas calificaciones profesionales, empleo actual, dirección, sexo, disponibilidad y el tipo de asistencia que podrían facilitar.
2. La Comisión de Derechos Humanos recomendó que la Oficina del Alto Comisionado alentase la difusión y empleo de manuales y la organización de cursos destinados a ofrecer actividades de capacitación en ciencia forense en relación con las víctimas de violaciones de los derechos humanos, en particular en los países en que los conocimientos en ciencia forense y esferas conexas fuesen insuficientes. Asimismo, invitó a la Oficina del Alto Comisionado y a la División de Prevención del Delito y Justicia Penal de la Secretaría a que considerasen la posibilidad de revisar el Manual sobre la prevención e investigación eficaces de las ejecuciones extralegales, arbitrarias o sumarias.
3. La Comisión pidió a la Oficina del Alto Comisionado que informara a la Comisión, en su 58º período de sesiones, acerca de los progresos hechos respecto de esta cuestión (conocimientos forenses y afines). Este informe se presenta en respuesta a esa petición.
4. El 8 de agosto de 2000 se envió una nota verbal a todos los gobiernos y una carta a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales (ONG) competentes. Al 14 de diciembre de 2001, se habían recibido respuestas de 15 gobiernos, dos organizaciones no gubernamentales, Médicos por los Derechos Humanos y Equipo Argentino de Antropología Forense, y del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia. En todas las respuestas había listas de expertos forenses y en algunas figuraban también otros elementos solicitados por la Comisión.
5. A fin de facilitar los procesos de identificación y selección a efectos de contratación, la Oficina del Alto Comisionado solicitó el asesoramiento técnico de un experto internacional en ciencia forense con objeto de crear una base de datos electrónica práctica. Con el fin de incluirlos en la base de datos, los expertos fueron clasificados conforme a las siguientes categorías de actividad y conocimientos: a) médico forense/patólogo/experto en medicina forense; b) patología forense de la muerte causada por explosiones, proyectiles o armas de fuego; c) disección anatómica y morfología de cadáveres en descomposición; fosas comunes; d) identificación de cadáveres en casos individuales; coordinación en los centros de identificación con gran número de cadáveres; e) información clínica forense sobre delitos sexuales, lesiones personales, estado de salud, violencia en el hogar, etc.; f) valoración de lesiones físicas y otras pruebas; g) investigación de la presencia de toxinas en los líquidos corporales y otros; h) análisis de las muertes causadas por proyectiles disparados con armas de fuego y otras armas; huellas y marcas en la piel y en el lugar del delito; i) investigación de rastros de indicios biológicos en el lugar del delito o en el cuerpo de la víctima o de los sospechosos en ciertos delitos, como el homicidio o la agresión sexual; j) sistemas de información forense para vinculación de casos; k) practicar exhumaciones forenses y autopsias; exhumación e identificación de cadáveres; investigación de fosas comunes; l) formación en medicina forense.
6. En la actualidad la Oficina del Alto Comisionado dispone de una base de datos unificada en la que figura un total de 487 expertos, clasificados según las categorías mencionadas.
7. La Junta de Síndicos del Fondo de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas para las Víctimas de la Tortura recomendó a las organizaciones financiadas por el Fondo que utilizasen el Manual para la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (Protocolo de Estambul) Publicación de las Naciones Unidas, Nº de venta E.01.XIV.1.. En mayo de 2001, la Oficina del Alto Comisionado distribuyó el Manual a unas 200 organizaciones financiadas por el Fondo, e instó encarecidamente a estas organizaciones a utilizarlo en sus actividades cotidianas y especialmente en la formación y los seminarios que lleven a cabo.
8. La Oficina del Alto Comisionado ofrece en la actualidad asistencia técnica al Gobierno de México en el marco de un proyecto que tiene entre otros objetivos la elaboración de un procedimiento tipo basado en el Protocolo de Estambul para la investigación forense de la tortura. En julio de 2001, la Oficina del Alto Comisionado, en colaboración con el Equipo Argentino de Antropología Forense, celebró un cursillo de formación sobre el examen forense de la tortura en México. Entre los participantes había 40 médicos y 15 abogados en ejercicio. Un renombrado experto en la materia consideró que el curso era un hito decisivo, no sólo para México, sino para el resto de la región latinoamericana. La segunda fase del proyecto incluye un cursillo de formación superior para el examen forense de la tortura.
9. En lo que respecta al Manual sobre la prevención e investigación eficaces de las ejecuciones extralegales, arbitrarias o sumarias, la Oficina del Alto Comisionado ha puesto a disposición de los órganos de derechos humanos la documentación jurídica actual, pidiéndoles que cumplan con su mandato. No obstante, a causa de la escasez de recursos, el Centro de las Naciones Unidas para la Prevención Internacional del Delito de la Oficina de Fiscalización de Drogas y de Prevención del Delito, de Viena, y la Oficina del Alto Comisionado no han podido revisar el Manual, que fue publicado en 1991. El Centro y la Oficina del Alto Comisionado han destacado, sin embargo, la importancia de las actividades de cooperación técnica para fortalecer la competencia de los Estados Miembros en sus actividades forenses que son fundamentales para que los mecanismos del sistema de justicia penal puedan hacer frente a toda clase de delitos. El Centro para la Prevención Internacional del Delito destaca la pertinencia de la ciencia forense para luchar contra la trata de personas, en particular, la trata destinada a la extracción de órganos. Las técnicas forenses constituyen un valioso recurso para fundamentar los procesos judiciales basados en el abuso de la fuerza y la tortura, así como en el trato inhumano que se suele dar a los inmigrantes ilegales y a las personas objeto de la trata. En consecuencia, la nueva versión del Manual debería incluir orientaciones suficientes y coherentes para las técnicas forenses habida cuenta de este nuevo fenómeno.
10. La Oficina del Alto Comisionado trata actualmente de adaptar su programa de formación para responder a las nuevas necesidades en los diversos sectores de los derechos humanos. Este es el contexto en que se considera la necesidad de formación en la esfera forense.

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