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| Distr. GENERALE/CN.4/1995/70 11 de noviembre de 1994 ESPAÑOL Original: FRANCÉS |
Párrafos | |
| INTRODUCCION | 1 - 4 |
| I. GENOCIDIO | 5 - 21 |
| A. Confirmación de los hechos | 6 - 14 |
| B. El retraso de la investigación | 15 - 21 |
| II. INSEGURIDAD | 22 - 46 |
| A. Atentados al derecho de propiedad | 23 - 28 |
| B. Atentados contra la seguridad personal | 29 - 36 |
| C. Atentados contra el derecho a la vida | 37 - 46 |
| III. EL RETORNO DE LOS REFUGIADOS Y DE LAS PERSONASDESPLAZADAS | 47 - 70 |
| A. Aminoración del movimiento de retorno | 48 - 52 |
| B. Toma en rehenes de los refugiados | 53 - 64 |
| C. Las nuevas soluciones | 65 - 70 |
| IV. RECOMENDACIONES | 71 - 81 |
| A. La cesación de las violaciones de los derechoshumanos | 72 - 73 |
| B. La situación de los refugiados | 74 - 75 |
| C. La ayuda internacional a Rwanda | 76 - 81 |
1. De conformidad con el mandato que le confió la Comisión de Derechos Humanos en su resolución S-3/1, de 25 de mayo de 1994, el Relator Especial hizo una tercera visita a Rwanda del 14 al 25 de octubre de 1994. La finalidad de esa visita era actualizar, completar y precisar las informaciones que figuran en los dos primeros informes publicados el 28 de junio de 1994 (E/CN.4/1995/7 y Corr.1) y el 12 de agosto de 1994 (E/CN.4/1995/12), respectivamente.
2. Durante esta visita el Relator Especial pudo:
a) viajar a Kigali, Kibungo, Butaré, Gisenyi y Cyangugu (Rwanda); a Goma y Bukavu (Zaire); a Benaco (República Unida de Tanzanía); a Bruselas y a París;
b) visitar los campamentos de refugiados en Goma, en Bukavu y en Benaco, los campamentos de personas desplazadas en Kibeho, en la que fue zona de la operación "Turquoise", la parroquia de Nyarubuye, el obispado, la parroquia y el pequeño seminario de Nyundo, el cementerio de Gisensyi, la aldea de Chamvuzo y la cárcel de Kigali;
c) entrevistarse con:
i) políticos importantes de Rwanda: Sr. Paul Kagamé, Vicepresidente de la República y Ministro de Defensa, Sr. Faustin Twagiramungu, Primer Ministro, Sr. Seth Sendashonga, Ministro del Interior y Sr. Alphonse-Marie Nkubito, Ministro de Justicia;
ii) representantes de los organismos del sistema de las Naciones Unidas: Sr. Shahryar Khan, Representante Especial del Secretario General en Rwanda; General Claude Toussignant, Comandante de la Misión de Asistencia a las Naciones Unidas a Rwanda (MINUAR); los representantes del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), y de la Oficina de las Naciones Unidas para la Situación de Urgencia en Rwanda (UNREO);
iii) personalidades extranjeras: Sr. Vandenbroecke, Ministro de Relaciones Exteriores de Bélgica; el Nuncio Apostólico; el Embajador de los Estados Unidos en Kigali; el Consejo Permanente de la Francofonía, órgano del Organismo de Cooperación Cultural y Técnica, el encargado de negocios de Suiza en Rwanda, Sr. Jean Gol, ex Ministro de Estado belga, el profesor Filip Reyntjens, de la Universidad de Amberes (Bélgica); Sres. Eric Gillet y Bavo Cool, abogados en ejercicio en Bélgica;
iv) representante de las organizaciones no gubernamentales y periodistas rwandeses y extranjeros (conferencia de prensa).
3. El Relator Especial desea aprovechar la oportunidad para expresar su sincero agradecimiento a estas personas eminentes. Desea expresar de forma muy particular su agradecimiento al Representante Especial del Secretario General y al Comandante de la MINUAR que le prestaron toda la asistencia necesaria y facilitaron su visita gracias a su apoyo logístico. Expresa también su agradecimiento al Sr. William Clarence, jefe de la operación de derechos humanos en Rwanda y a su equipo de observadores de los derechos humanos que, a pesar de contradicciones internas y de dificultades, han dado prueba de devoción y dinamismo.
4. Esta visita sobre el terreno ha permitido al Relator Especial verificar nuevamente la situación que prevalece en Rwanda. De esta comprobación se desprende que el país tiene tres preocupaciones fundamentales relacionadas con el problema del genocidio, el problema de la inseguridad y la cuestión del regreso de los refugiados y las personas desplazadas.
5. Las ciudades de Rwanda recuperan sus poblaciones progresivamente y con bastante rapidez. Recuperan también sus actividades. Se llora a los muertos, pero al mismo tiempo hay la alegría de volver a encontrar un padre, un hermano, una hermana, un hijo. La primera preocupación de los rwandeses es, sin duda alguna, saber si serán juzgados y castigados los autores del genocidio, es decir aquellas personas a las que en el país se denomina "genocidas". Se preguntan qué esperan las Naciones Unidas para establecer el Tribunal Internacional. En esta situación la gente empieza a hablar, pero si bien el genocidio se confirma, en cambio la investigación tiene un retraso considerable.
6. Todo indica que la investigación efectuada sobre el terreno confirma cada vez más los elementos constitutivos del genocidio. Así sucede con el descubrimiento de fosas comunes, la existencia de indicios y de pruebas que confirman la programación de la masacre de los tutsis y la identificación de los principales responsables.
1. Descubrimiento de fosas comunes
7. Las diferentes investigaciones realizadas han permitido descubrir varios lugares de fosas comunes en todo el país. En cada comuna se encuentran una o dos de estas fosas. De esta manera ha sido posible establecer una lista provisional de cerca de 50 fosas comunes. En ciudades como Gitarama y Cyangungu hay más de 6. El Relator Especial y algunos miembros del equipo de observadores han podido identificar personalmente varias fosas comunes, en particular en Chamvuzo, en Nyundo, en el cementerio comunal de Ginsenyi y en Cyangungu. En Nyundo hay además 3 fosas sépticas que han servido de tumbas a más de 300 víctimas de las masacres. En cuanto a los habitantes de Nyarubuye y de las cercanías, no han tenido derecho a sepultura alguna. En algunos casos, sus cadáveres llenan el jardín y los senderos de la parroquia y, en otros, están amontonados unos sobre otros en las salas de la escuela parroquial y en la iglesia, sin contar los descubiertos en la aldea vecina, donde a algunas víctimas se les ató las manos a la espalda antes de ser ejecutadas. Se encuentran esqueletos de personas de toda edad: mujeres, hombres, ancianos, incluso niños pequeños. El espectáculo es intolerable para los sentidos: para la vista, el olfato y el tacto.
2. Las pruebas o indicios que confirman la programación del genocidio de los tutsis
8. En el informe preliminar se ha tratado detenidamente la cuestión del genocidio, por lo cual no es necesario detenerse en ella. Nos limitaremos simplemente a indicar aquí:
a) la existencia de varias cintas magnetofónicas que contienen transmisiones de Radio Rwanda y de la Radio-Televisión de Mille Collines que se pondrán a disposición de los tribunales a fin de demostrar la incitación a la exterminación de los tutsis;
b) las órdenes inequívocas dictadas por los poderes públicos para perpetrar las masacres de los tutsis.
9. Testimonios coincidentes y dignos de fe indican que esas órdenes, ejecutadas por los interahamwe ("los que atacan juntos") y por las poblaciones, proceden del Gobierno, pasando por las autoridades políticas y administrativas locales. Un miliciano de Kibungo declara a un sacerdote que trata de disuadirlo de participar en las masacres "estoy contento con mi oficio de taxista (moto) y no quiero ser soldado". Pero, añade, "si me dicen que debo matar, mato a los enemigos del pueblo, porque son malos". Otro miliciano, católico de la parroquia de Kabgayi, que se apresta a matar en una iglesia y al que el sacerdote le pregunta dónde deja "su vida de cristiano", responde, "padre, usted está atrasado, estamos aplicando un programa". Y cuando le pregunta lo que le aportará ese programa, responde sin titubear: "la salvación". El prefecto de Cyangungu, que no logra asegurar la protección de los tutsis, y al que el obispo de la diócesis le pide que abra las fronteras, responde que no puede dejar huir a los tutsis hacia la frontera del Zaire, puesto que ha recibido "órdenes de la superioridad". El teniente que dirigía el ataque del obispado de Kibungo, el 15 de abril de 1994, después de la masacre de más de 1.200 tutsis por los milicianos y los soldados, tranquiliza en estos términos al obispo y a algunos sacerdotes a los que había respetado: "se acabó, hemos enviado un mensaje a Kigali para informar que la operación ha tenido éxito". Lo que quiere decir con esta frase es que había informado a Kigali de que en Kibungo la exterminación había sido completa.
10. El ejemplo sin duda más típico es el discurso pronunciado por el Presidente interino de la República de Rwanda, Sr. Sindikubwabo, con ocasión de la instalación del prefecto de Butaré, el 19 de abril de 1994. En ese discurso, confirmado por varias fuentes dignas de fe, hace un llamamiento a los habitantes de Butaré en el que les dice que no deben actuar como en el pasado, pasado de inercia, y los incita a entregarse a la caza del hombre. "Gente de Butaré, ustedes dicen "no es asunto nuestro", pero los enemigos están entre ustedes, elimínenlos", habría dicho en Kinyarwanda. Y más adelante: "si cultivan un campo y no regresan a eliminar las malas hierbas, no han hecho nada". Se habría expresado en estos términos: "analicen cada una de mis palabras y encontrarán el sentido de mi mensaje".
3. Identificación y enjuiciamiento de los principales responsables del genocidio
11. Si bien la identificación e incluso el enjuiciamiento de los ejecutantes presentan dificultades debido a su número, la situación es distinta en el caso de los que han dado las órdenes, de los principales responsables contra quienes hay "acusaciones suficientes". Los testimonios son múltiples y concuerdan en el papel que han desempeñado; cada testigo posee una lista, a veces clasificada por orden de jerarquía, de quienes han perpetrado el genocidio. También existen pruebas. En cambio, lo que plantea problemas es el enjuiciamiento de los principales responsables. Y, en ese sentido, el gran problema es el de los tribunales ante los cuales deberán comparecer, especialmente el Tribunal Internacional. Las víctimas, los heridos y los derechohabientes se impacientan. Además de la creación del Tribunal Internacional, pueden surgir divergencias entre las Naciones Unidas y el Gobierno rwandés sobre la sede del Tribunal, sobre la detención de los acusados o de los condenados y en relación con las penas que deben aplicarse.
12. El Gobierno rwandés desearía que el Tribunal tuviera su sede en el lugar de las matanzas, es decir en Kigali, en Rwanda. ¿Responderán las Naciones Unidas favorablemente a ese deseo?
13. Lo mismo sucede con la detención, que en el caso de los ejecutantes tendría probablemente lugar en Rwanda y, para los instigadores fuera del territorio nacional. El Gobierno rwandés se interroga sobre el fundamento de esa política discriminatoria denominada de "dos pesos, dos medidas".
14. Por último, en lo que se refiere a las penas, el Gobierno de Rwanda, movido por la opinión pública nacional, opta por la aplicación estricta del Código Penal rwandés que prevé la pena capital, mientras que las Naciones Unidas, como en el caso del estatuto del Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia (S/25704), adoptado por el Consejo de Seguridad en su resolución 827 (1993), de 25 de mayo de 1993 y conforme al estatuto del Tribunal Internacional para Rwanda (S/1994/1168) contenido en la resolución 955 (1994), de 8 de noviembre del Consejo, prescribe la detención a perpetuidad como sanción máxima. En esta hipótesis, además de la discriminación establecida entre las dos categorías de personas, cabe deplorar la paradoja que consistiría en castigar más severamente a los ejecutantes que a los instigadores. También se hace notar que, aprovechando ciertos acontecimientos, los instigadores pueden recuperar la libertad algunos años más tarde. Sin duda, por esta razón, al no haberse resuelto todas esas divergencias y contradicciones, el Gobierno rwandés ha propuesto al Consejo de Seguridad, como informa Le Monde del martes 1º de noviembre de 1994, que la jurisdicción internacional sea sustituida por un tribunal nacional "con la asistencia internacional y el establecimiento de la pena de muerte y no de la reclusión a perpetuidad...".
15. La investigación que deben realizar sobre el terreno los observadores de los derechos humanos, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 21 de la resolución S-3/1 de 25 de mayo de 1994, de la Comisión de Derechos Humanos, prácticamente no ha comenzado hasta la fecha. Sin embargo, para hacerse una idea clara, es importante distinguir entre dos períodos. El primero se caracteriza por la falta de observadores y el segundo por la presencia de observadores no desplegados sobre el terreno.
l. La falta de observadores sobre el terreno
16. Las dos primeras visitas del Relator Especial, realizadas respectivamente del 9 al 20 de junio de 1994, y del 29 al 31 de julio de 1994, no necesitan comentarios especiales, debido a que en esa época no se había iniciado todavía la investigación propiamente dicha. Los dos primeros informes se prepararon sobre la base de los documentos y de los testimonios recibidos de los responsables de las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, así como de algunas personas que se habían salvado de las matanzas. Por otra parte, el Relator Especial se ha abstenido de interrogar a las personas desplazadas o a los refugiados en los campamentos, por temor de que sean objeto de represalias. Este período es el de la guerra y el del cese del fuego. Su duración es de dos meses (junio y julio de 1994) y hasta ese momento no se había instalado todavía a los observadores, lo que en gran parte se explica por el hecho de que la guerra continuaba. Se pensará en el despliegue de los observadores sólo al finalizar el conflicto armado.
2. La presencia de observadores no desplegados sobre el terreno
17. Como resultado de su segunda visita, el Relator Especial propuso, según una estrategia indicada en el segundo informe, el despliegue de 150 a 200 observadores durante el período de reconstrucción nacional. Las Naciones Unidas han seleccionado a 147, cifra fijada de común acuerdo con el Gobierno y que correspondería al número de comunas existentes en el país.
18. Hasta el sábado 22 de octubre de 1994, los observadores destacados en Kigali eran 37 sobre un total de 147 previstos. Si se piensa que los observadores comenzaron a llegar a Kigali, en el caso de los primeros 4, a partir del comienzo del mes de agosto de 1994, se comprenderán las dificultades con que ha tropezado la organización de esta misión. En esa misma fecha los observadores no habían sido todavía desplegados sobre el terreno.
19. Sin embargo, conviene subrayar que los observadores de derechos humanos y la unidad especializada en las investigaciones han efectuado investigaciones concretas. Pero el plan general de despliegue sólo comenzará a aplicarse a partir del 22 de octubre.
20. La razón invocada en primer lugar es la falta de medios materiales y logísticos, en particular la falta de vehículos de enlace y sobre todo de comunicaciones por radio que son indispensables para la seguridad de los observadores. Además cabe observar que, según el Centro de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, "la operación sobre el terreno sólo ha recibido instrucciones provisionales, durante la fase inicial, inspiradas en directrices similares aplicadas en las operaciones de Naciones Unidas en la antigua Yugoslavia, en El Salvador y en Haití". Y sólo después de la llegada del jefe de la operación a Kigali, el 10 de septiembre de 1994 y de la entrada en servicio del jefe de la unidad especializada en las investigaciones se elaborarán "directrices completas destinadas al personal desplegado sobre el terreno e inspiradas estrechamente en la experiencia acumulada durante las primeras semanas de la operación". Pero a estas razones hay que añadir otras que se refieren a conflictos de personas o a la falta de precisión en las instrucciones dadas.
21. Estas diferentes razones pueden explicar la dimisión de dos observadores, y en parte la no renovación del contrato de otros dos observadores. La misión puede verse expuesta a otras dimisiones de observadores, que en su tercera visita el Relator Especial ha tratado de disuadir. El retraso en el despliegue de los observadores es tanto más deplorable cuanto que la inseguridad aumenta cada día en Rwanda.
22. La inseguridad, ya indicada claramente en el segundo informe, está aumentando. Esta inseguridad, que es consecuencia del conflicto armado y sobre todo de las atrocidades cometidas es causa de violaciones de los derechos humanos. Estas violaciones se analizan a continuación como atentados graves al derecho de propiedad, a la seguridad personal y al derecho a la vida.
23. Los atentados al derecho de propiedad consisten en ocupaciones ilegales de propiedades a las que el Gobierno trata en vano de encontrar una solución.
1. Ocupaciones ilegales de propiedades
24. De regreso a Rwanda, muchos refugiados ocupan ilegalmente casas, habitaciones o comercios, y tierras abandonadas por sus propietarios o sus arrendatarios en la fuga. La situación es sumamente compleja porque este retorno es anárquico y la mayoría de los refugiados pertenecen a la diáspora del decenio de los años sesenta. Según fuentes bien informadas, al parecer más de la mitad de las propiedades de los hutus han sido ocupadas por los nuevos repatriados. Esto sucede tanto en Kigali como en la comuna de Rusumo. El ejemplo más claro es el del sector de Massaka, en las cercanías de Kigali, sector donde de los 5.000 habitantes, 4.000 son nuevos, o sea el 80% de la población total.
25. Los recién llegados se instalan sin tener en cuenta el posible regreso de los propietarios. Y cuando éstos regresan y reivindican su derecho de propiedad, se crea un conflicto que a menudo cobra proporciones inesperadas. Por el hecho de pertenecer a la etnia hutu, son objeto de denuncias a los militares en el sentido de que han participado en el genocidio, que han practicado tratos crueles e inhumanos o ejecuciones sumarias. El Gobierno ha expresado al Relator Especial su preocupación por este delicado problema. El Primer Ministro, que hace notar que es difícil expulsar a los refugiados y buscarles alojamiento en otro lugar, reconoce que los conflictos se "resuelven cada vez más de forma violenta".
2. Soluciones del problema
26. Para resolver el delicado problema de las ocupaciones ilegales de las propiedades de fugitivos por los repatriados, que en su mayoría se deben a la falta de vivienda y al regreso en masa y espontáneo de los refugiados, el Gobierno rwandés ha adoptado cierto número de medidas, entre ellas las siguientes:
a) Sólo pueden recuperar su derecho de propiedad los refugiados exiliados desde hace menos de diez años. Estos son los verdaderos propietarios de los bienes abandonados durante el conflicto armado y las matanzas. Se subraya que este principio es conforme a los Acuerdos de Arusha.
b) Los refugiados que hayan vivido más de diez años en exilio pueden ocupar provisionalmente las casas abandonadas y vacías, pero sabiendo que esta ocupación no puede dar ningún derecho de propiedad. Se encuentran en una situación precaria y revocable.
c) Los bienes de los autores del genocidio serán confiscados y vendidos para constituir un fondo destinado a indemnizar a las víctimas.
d) Se crea un Comité Interministerial presidido por el Ministro del Interior y se le encarga de la ejecución de las medidas antes citadas.
27. El Ministro del Interior reconoce que el Comité tropieza con la resistencia de muchas personas a las que se aplican medidas de desalojo. Esta resistencia es muy grande porque, en algunos casos, es obra de oficiales del Frente Patriótico Rwandés (FPR). El Ministro precisa que esta situación explica por qué el Comité sólo tiene éxito en el 30% de los casos. Por esta razón prevé apoyarse desde ahora en una sección de la gendarmería para "hacer cumplir por la fuerza las ordenanzas en los casos en que los ocupantes den señales evidentes de mala fe".
28. Las medidas adoptadas para resolver los problemas siguen siendo insuficientes, ya que en vez de resolverlos lo que hacen es desplazarlos. En efecto, a los ocupantes ilegales desalojados, por consentimiento o por la fuerza, se les invita a ocupar otras casas, comercios o plantaciones desocupados. Por consiguiente, siguen amenazados de la aplicación de la misma medida. Para poner fin a esta situación incómoda e incierta, el Relator Especial ha propuesto que se adopte y aplique, teniendo debidamente en cuenta los Acuerdos de Arusha, una política nacional destinada a hacerse cargo de los antiguos refugiados, bajo los auspicios del Gobierno rwandés, del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y de la Organización de la Unidad Africana. La aplicación de un plan de esta índole necesita el apoyo de la comunidad internacional, apoyo que debe prestarse a la brevedad posible, con el propósito de poner fin a otras violaciones de los derechos humanos.
29. Las detenciones y los arrestos arbitrarios llevados a cabo en el territorio rwandés se justifican por la falta de medios.
1. Detenciones y arrestos arbitrarios
30. La inseguridad se traduce también en atentados contra la seguridad personal que revisten, en particular, la forma de arrestos y detenciones arbitrarios. Se ha informado al Relator Especial de varios casos de registros y, sobre todo, de detenciones y arrestos arbitrarios. El Relator ha podido apreciar personalmente la situación al visitar la prisión de Kigali, donde encontró varios miles de presos, hombres, mujeres, niños y ancianos. Pudo ver allí a una cuarentena de niños de menos de 15 e incluso de 12 años de edad.
31. Estas personas son arrestadas y detenidas en violación de las normas más elementales de procedimiento. No son objeto de un mandato de detención o de conducción y permanecen en los lugares de detención, sobre todo en las brigadas de gendarmería más allá del período legal de detención preventiva que es de 48 horas renovable una sola vez. Peor aún, personas liberadas por las autoridades judiciales por falta de suficientes pruebas son detenidas de nuevo por militares y retenidas en brigadas de gendarmería o en cuarteles.
32. Las condiciones de detención son muy precarias. Los presos viven hacinados. La búsqueda de "genocidas" ha abarrotado las prisiones de Rwanda. El CICR contó el 18 de octubre de 1994 más de 7.000 presos, de ellos 800 en Gitarama, 2.000 en Butaré y 4.200 en Kigali. La consecuencia de esta situación es la superpoblación carceral. Para sólo citar un ejemplo, en la prisión de Kigali cuya capacidad es de 1.500 plazas, había, el viernes 21 de octubre de 1994, 4.305 presos. La situación puede agravarse aún más dado que los ingresos en prisión se efectúan en masa, en tanto que las salidas son raras, por no decir inexistentes. Los ingresos diarios en Kigali oscilan por término medio entre 50 y 100 personas. Por otra parte, la prisión no dispone de suficientes camas por lo cual muchas personas duermen en el suelo. No existen espacios ventilados. Los presos reciben una vez por día una escasa pitanza, compuesta únicamente de maíz y de frijoles.
2. Falta de medios
33. El Gobierno rwandés invoca diversas razones más o menos relacionadas entre sí para justificar las detenciones y los arrestos y para explicar las irregularidades de que adolecen. Estas razones son tres.
34. La primera es la necesidad de perseguir a los autores del genocidio a fin de que no escapen a la justicia. Se nos dice que el Gobierno y la población están animados por la firme voluntad de perseguir a los culpables. El primero quiere castigar a cualquier precio a los autores de las matanzas y no desea en modo alguno consagrar la impunidad, causa remanente de las sucesivas oleadas de matanzas en Rwanda. Por ello, se ha repetido en diversas ocasiones al Relator Especial que los "genocidas" son detenidos en espera de que sean juzgados por el Tribunal Internacional y de que se reconstruya el aparato judicial rwandés. La segunda ejerce grandes presiones sobre los poderes públicos para que los diferentes atentados contra el derecho de gentes no queden sin castigo pues, de otro modo, la población se vería obligada a tomarse la justicia por su mano.
35. La segunda razón es precisamente la necesidad de asegurar la protección de los mismos interesados frente a las represalias que pudieran ejercer las víctimas. Se nos dice que la cárcel y los demás lugares de detención son sitios seguros para preservar la vida de las personas denunciadas como autores de matanzas. Estas personas no parecen, sin embargo, haber sido informadas del objetivo que se persigue y visiblemente carecen de otra opción.
36. La tercera razón consiste en la falta de estructuras administrativas y de personal judicial. El Gobierno afirma que es consciente de las violaciones del derecho a la seguridad y de la falta de los medios mínimos necesarios para el buen funcionamiento de la policía judicial y de la justicia. Subraya, a título de ejemplo, que sólo 27 de los más de 150 agentes del Ministerio de Justicia han escapado a la muerte o al exilio. Por otra parte, destaca la ausencia de formación de los militares e incluso su ignorancia de los procedimientos judiciales, achacando a estas causas las violaciones de los derechos humanos. Estas razones explican asimismo los atentados contra el derecho a la vida.
37. Los atentados contra el derecho a la vida se derivan de las ejecuciones sumarias, que se pretende justificar como una venganza de las víctimas.
1. Las ejecuciones sumarias
38. El Relator Especial ha tenido también conocimiento de varios casos de ejecuciones sumarias e incluso de matanzas y de desapariciones involuntarias de personas de los que serían responsables civiles y, sobre todo, soldados del FPR. Esas informaciones proceden tanto de parientes de las víctimas como de organizaciones humanitarias no gubernamentales. Las mismas dan cuenta de millares de muertes anónimas y de listas limitadas pero nominales de personas.
39. El Relator Especial ha podido visitar Chamvuzo (prefectura de Butaré) para identificar una fosa común con cerca de una cincuentena de cuerpos, obra al parecer del FPR. Es sabido que circulan muchos rumores en los campamentos de refugiados sobre la matanza de millares de hutus, pero soldados del FPR y civiles son culpables del asesinato de hutus en diferentes lugares de Rwanda. Se está investigando esta cuestión.
40. Personas sospechosas de haber participado en las matanzas son ejecutadas por la propia población civil, por militares a petición de ésta o iniciativa de los militares mismos. Testimonios concordantes y dignos de fe revelan prácticamente el mismo escenario. Como consecuencia de reuniones supuestamente de información convocadas por elementos del FPR, hombres, niños y ancianos son atacados a traición y ejecutados. Al parecer se han producido matanzas en diferentes lugares del país, especialmente en el sur. Como consecuencia, a las ya numerosas fosas comunes obra de los milicianos y de las fuerzas armadas rwandesas han venido a sumarse las del FPR, de suerte que en la actualidad parece difícil diferenciarlas. Están en curso las correspondientes investigaciones destinadas a aclarar la situación y a determinar las responsabilidades.
2. Venganzas privadas
41. Para explicar las matanzas recientemente denunciadas y descargarse así de su responsabilidad, el Gobierno aduce razones y enuncia las medidas adoptadas. Las razones invocadas son en realidad dos.
42. La razón principal es la venganza privada de civiles y de militares tutsis. Se nos dice que, en Rwanda, los que habitan la misma colina se conocen y, muy a menudo, los verdugos han actuado a descubierto y han ejecutado a la vista de todos, seguros como estaban de la impunidad que es ya una tradición. Análogamente, soldados que habían engrosado las filas del Frente Patriótico Rwandés (FPR) han visto a sus familiares ejecutados como consecuencia de su incorporación. A su vez, estos soldados toman represalias.
43. La segunda razón, secundaria, está relacionada con el hecho de que el FPR procedió en la última fase de la guerra al reclutamiento apresurado y escasamente selectivo de jóvenes delincuentes e incluso de antiguos milicianos. Estos jóvenes que acaban de lograr la victoria y que no reciben salario alguno se sienten muy tentados de apoderarse de lo ajeno, recurriendo en su caso al asesinato. A esto hay que agregar los abusos de poder de los oficiales que ocupan ilegalmente viviendas por la fuerza de las armas. Se plantea entonces el problema de decidir si el FPR controla o no verdaderamente a todos los elementos del FPR.
44. Frente a esta situación, el Gobierno ha adoptado diversas medidas, entre ellas las siguientes:
a) La creación de una policía militar, bajo el mando de un coronel, encargada de vigilar y de detener a los militares delincuentes.
b) El acuartelamiento de los militares indisciplinados en un campamento de instrucción.
c) La adopción por decreto de un código de justicia militar. Este código prescribe la creación de dos jurisdicciones competentes para juzgar a los militares: el consejo de guerra y el tribunal militar. Las decisiones de este último pueden recurrirse en casación en las condiciones previstas por la ley rwandesa. El Gobierno ha procedido ya al arresto de militares, algunos de ellos oficiales (comandantes y tenientes). En un fax dirigido por el Ministro de Justicia al Relator Especial se da cuenta de la detención de 100 militares y de una lista de 20 casos cuya "instrucción ha quedado concluida".
45. Conviene agregar que las Naciones Unidas asiste al Gobierno rwandés en la creación de una nueva policía nacional destinada a garantizar la seguridad en Rwanda. Precisamente en ese contexto y respondiendo favorablemente a una solicitud urgente del Gobierno rwandés, la MINUAR ha iniciado un programa de formación de 103 aspirantes a policías elegidos por el Gobierno. Estos jóvenes tendrán por misión familiarizarse con las tareas ordinarias y los trabajos de investigación de la policía. Existe un programa desarrollado por el Secretario General en su informe provisional de 6 de octubre de 1994 sobre la Misión de Asistencia de las Naciones Unidas a Rwanda (S/1994/1133).
46. Es evidente que estas medidas no bastan para restablecer la seguridad en el país. Por ello, conviene ampliarlas mediante una asistencia global que comprenda tanto la reconstrucción nacional como la asistencia jurídica lato sensu. El conjunto de estas medidas puede también contribuir al regreso de los refugiados.
47. El regreso a Rwanda y a sus respectivas colinas de las personas refugiadas y desplazadas sigue siendo también motivo de gran preocupación para la comunidad internacional. Sin embargo, este retorno, frenado por las fuertes presiones de las antiguas autoridades, parece orientarse hacia nuevas soluciones.
48. La situación de los refugiados ha durado demasiado. Lo provisional tiende a eternizarse pese a las penosas condiciones de existencia, que sólo han experimentado una ligera mejora (en particular sanitaria y alimentaria).
49. La situación no ha evolucionado en absoluto no obstante los denodados esfuerzos hechos por la comunidad internacional para asegurar la repatriación de los refugiados y de las personas desplazadas. En octubre de 1994, el ACNUR estimaba en más de un millón y medio el número de refugiados rwandeses en los países vecinos, de ellos 850.000 en Kivu Norte, 300.000 en Kivu Sur (Zaire) y 460.000 en la República Unida de Tanzanía. Conviene señalar que al menos 50.000 refugiados han fallecido víctimas de enfermedades, en particular como consecuencia de la epidemia de cólera que se enseñoreó de los campamentos. En la misma época, había un número similar de personas desplazadas en el interior de Rwanda. Los dos campamentos de personas desplazadas de Kibeho y de N'Dago acogían respectivamente a 60.000 y 40.000 personas desplazadas.
50. Estas cifras tienden a estabilizarse habida cuenta de la lentitud de las repatriaciones, que contrasta con las repatriaciones en masa observadas inmediatamente después de la instauración del alto el fuego. A título de ejemplo, en la prefectura de Gisenyi, que se encuentra en el sector 5 de MINUAR, se registró el 27 de julio de 1994 a 3.368 repatriados de vuelta del Zaire. El 28 del mismo mes el número de los que regresaban por los mismos puestos fronterizos se elevó a 4.233. Sin embargo, a partir del día 29 se observa un descenso brutal de las repatriaciones con una cifra de 1.592 personas, número que el 18 de agosto fue de 922 para descender el 6 de octubre a 268. En consecuencia, mientras que el número de repatriaciones en este sector en los cinco últimos días de julio fue de 12.433 (lo que representa una media de 2.486 por día), en el mes de agosto fue de 36.600 (esto es, una media de 1.180 por día), en septiembre fue de 32.925 personas (una media de 1.097 por día) y descendió en la primera mitad de octubre a 10.337 (media diaria de 607 personas). Este descenso en el retorno de los refugiados se ha hecho más significativo a partir del 17 de septiembre, agravándose durante el mes de octubre.
51. Conviene subrayar dos parámetros antagónicos: el primero de ellos es que la mayoría de los refugiados retornados en el mismo período a Rwanda pertenecen a la antigua diáspora de los tutsis y probablemente no se han tomado en cuenta en el cálculo de los refugiados; el segundo es que las cifras no incluyen las entradas sirviéndose de piraguas o por otros medios clandestinos.
52. Por otra parte, las entradas son muchísimo menores que las salidas. Así, el ACNUR informa de que en la zona de Goma se produjeron del 8 al 14 de septiembre de 1994 15.662 repatriaciones, no registrándose entrada alguna en los campamentos; del 15 al 21 de septiembre hubo 11.728 repatriaciones frente a 1.868 entradas; del 22 al 30 de septiembre, 6.477 repatriaciones y 1.868 entradas y del 1º al 17 de octubre, 12.106 frente a 1.731 entradas. Se comprueba en conjunto, si no una paralización, al menos una disminución de las salidas de los campamentos. Esto se debe en gran parte a la acción de los antiguos dirigentes.
53. La disminución de las repatriaciones de los refugiados y de las personas desplazadas se explica por varias razones. La primera, inmediatamente perceptible, es la inseguridad reinante en Rwanda y, en especial, el temor a las represalias de los tutsis. La segunda, estrechamente ligada a la primera, es el temor de quienes han participado en las matanzas de ser ejecutados por el Gobierno del FPR. Existen otras, tales como la presencia tranquilizadora de observadores o militares de las Naciones Unidas y la mejora de las condiciones alimentarias y sanitarias.
54. La razón determinante o, al menos, la más importante, es, sin embargo, que los refugiados y las personas desplazadas son mantenidos como rehenes por las antiguas autoridades políticas, a juzgar por la intensa presión ejercida sobre ellos "en un marco apropiado".
1. La intensa presión
55. El antiguo equipo dirigente, ayudado por sus agentes locales y por militares y milicianos, sigue desarrollando una intensa campaña contra el retorno de los refugiados y de las personas desplazadas a Rwanda o a sus colinas. Esas diferentes autoridades no vacilan en recorrer los campos pronunciando discursos políticos. Los mensajes contenidos en esos discursos son dos: la falsa información y la amenaza.
56. La primera consiste en invitar a los refugiados y a las personas desplazadas a permanecer en los campamentos y a no volver a Rwanda por miedo a ser asesinados por los tutsis y el Gobierno del FPR, señalando que éstos han matado a miles de hutus. Y numerosas personas están dispuestas a dar testimonio en ese sentido. Esta campaña de falsa información es tan intensa que es imposible establecer la verdad cuando se sabe, por otra parte, que la inseguridad reina efectivamente en Rwanda.
57. La segunda es la permanente amenaza que planea sobre los refugiados o personas desplazadas que en forma tácita o expresa declaran su deseo de ser repatriadas. En efecto, de esta campaña se desprende que el retorno sólo podrá hacerse tras una negociación política que implique una amnistía general o, en su defecto, la reanudación de la guerra civil para reconquistar el poder. Quienes no respeten las consignas dadas y vuelvan a Rwanda corren el riesgo de ser las primeras víctimas en caso de reconquistarse el poder.
58. Estas campañas se organizan gracias a la libertad de movimientos de que gozan los miembros del antiguo equipo gubernamental para llevar a cabo, en territorio del Zaire, actividades políticas contrarias a las normas internacionales. Así, el 18 de octubre de 1994, el ex Primer Ministro del antiguo Gobierno rwandés, el Sr. Jean Kambanda hizo una visita a los refugiados del campo de Mugunga (Goma). Discutió más de hora y media con los representantes de los refugiados y los refugiados mismos, congregados en gran número para escucharle. El mensaje que les dirigió fue en resumen el siguiente: el gobierno rwandés en el exilio va a iniciar rápidamente conversaciones con el Gobierno de Kigali. Si este último rechaza o impide una solución rápida, se emprenderán acciones militares. Haciéndose eco de lo dicho por el "primer ministro", el general Bizimungu declaró el sábado 22 de octubre de 1994 que sus tropas atacarían Rwanda si no se celebraban negociaciones entre el nuevo Gobierno y el antiguo a fin de repartirse el poder. Estas amenazas no son por desgracia vanas ya que el antiguo gobierno ha conservado los medios para imponer su política.
2. Un marco apropiado
59. El antiguo equipo gubernamental ha podido concebir y crear en los diferentes campamentos de refugiados un marco perfectamente apropiado para mantener su presión sobre los refugiados y las personas desplazadas. Este marco es institucional, político y administrativo.
60. El marco institucional se reduce a la fiel reconstitución en los campamentos de las estructuras políticas y administrativas de Rwanda. Tales estructuras son principalmente las prefecturas y las comunas. Otros campamentos han agregado incluso los sectores. Así, en el campamento de Kibumba, en Goma, ocho de las diez prefecturas rwandesas están representadas por varias comunas y algunos sectores. Al frente de las colectividades locales así reconstruidas se encuentran a veces las mismas autoridades locales, prefectos o jefes de prefecturas y burgomaestres. En Benaco, en la República Unida de Tanzanía se señala, por ejemplo, que el prefecto de Kibungo ha vuelto a ejercer sus funciones al frente de la prefectura.
61. Esas prefecturas, sectores y comunas reconstituidos sirven indiscutiblemente para encuadrar a la población civil al servicio de las antiguas autoridades rwandesas. El control es tanto más eficaz cuanto que en varios campamentos les incumbe prácticamente elaborar el censo de los refugiados.
62. Ese encuadramiento asegura al antiguo equipo gubernamental, a través de los prefectos o jefes de prefecturas, burgomaestres y milicianos, importantes facultades políticas y administrativas. Entre ellas, cabe destacar en particular la administración de víveres y la facultad de aplicar sanciones.
63. La primera facultad es reconocida tácitamente a esas autoridades locales por los organismos de asistencia, que les confían la distribución de los víveres y otros socorros. Esas autoridades no vacilan en usar y abusar del poder alimentario que se les reconoce para castigar a quienes no comulguen con su política y para desviar alimentos hacia los mercados del país de acogida.
64. El segundo poder conquistado tempranamente por la fuerza por tales autoridades es el de ejecutar a cuantos se aparten de su política dentro de los campamentos. Pero la pena capital va más allá de lo político para extenderse a las simples cuestiones domésticas e incluso a los actos de vandalismo. La inseguridad es permanente en los campamentos. No pasa un día sin que se mate a un refugiado. Los milicianos y bandidos armados dictan su ley, la de las armas. Rumores persistentes dan cuenta incluso del entrenamiento de soldados y milicianos para atacar al Estado rwandés y reconquistar el poder. La creciente inseguridad en los campos explica que el personal del ACNUR y de los organismos humanitarios no duerma ya en ellos y que algunos amenacen con retirarse. De ello se desprende la necesidad de nuevas medidas destinadas a garantizar la seguridad en dichos campos.
65. Frente a la situación que reina tanto en los campamentos de refugiados y de desplazados como en el interior de Rwanda, las Naciones Unidas y los diferentes colaboradores han previsto nuevas soluciones que vendrán a sumarse a las que ya se aplican. Las dos principales son la separación de los refugiados y los políticos y su repatriación.
1. La separación de refugiados y políticos
66. El Secretario General de las Naciones Unidas en su informe S/1994/1133, de 6 de octubre de 1994, apoyó la política de separación de los refugiados o desplazados y los políticos. El informe final de la misión técnica de las Naciones Unidas sobre la situación de la seguridad en los campamentos presenta los detalles de esta operación. En aras de la concisión se mencionarán básicamente dos puntos:
a) La distinción que se hace en el informe del Secretario General entre diversas categorías de refugiados rwandeses, particularmente en el Zaire:
i) los antiguos dirigentes políticos, que suman una cincuentena de familias, alojados en casas en Bukavu;
ii) los militares de las ex FAR, estimados en 16.000, y que constituyen con sus familias un grupo de 80.000 personas;
iii) los elementos paramilitares, cuyo número es difícil de estimar puesto que se han mezclado con los refugiados ordinarios; y
iv) los refugiados corrientes, cuyo número se estima en más de un millón.
b) El objetivo de la operación consiste en separar a la gran masa de refugiados de los que antes instigaron las matanzas o participaron en ellas y hoy toman como rehenes a los sobrevivientes hutus. Estos corresponden a las tres primeras categorías. Sin embargo, resulta difícil identificar la tercera categoría, la de los milicianos, para separarla de las poblaciones. Para esta operación se establecerá una fuerza internacional de aislamiento o de interposición estimada en unos 2.000 a 3.000 policías, cuya creación inminente anunció el Secretario General. Pero sin duda habrá que comenzar por soluciones pacíficas de explicación para alentar la repatriación; sólo se recurrirá a la fuerza en caso de extrema urgencia.
2. La repatriación
67. La repatriación libremente consentida de los refugiados está prevista en las disposiciones pertinentes de los diferentes convenios de las Naciones Unidas y del Protocolo de acuerdo concluido en Arusha el 9 de junio de 1993 entre el Gobierno de la República de Rwanda y el Frente Patriótico Rwandés sobre la repatriación de los refugiados rwandeses y el reasentamiento de las personas desplazadas. Sobre esta base se concertó en Kinshasa (Zaire) el 24 de octubre de 1994 el Acuerdo tripartito sobre la repatriación de los refugiados rwandeses del Zaire por el Gobierno de la República de Rwanda, el Gobierno de la República del Zaire y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados.
68. El Acuerdo define en su preámbulo los procedimientos y las modalidades específicas de la repatriación libremente consentida y de la reinserción definitiva en Rwanda de los refugiados rwandeses en el Zaire con la asistencia de la comunidad internacional por vía del ACNUR, el cual podrá recibir, en su caso, el apoyo de otros organismos de las Naciones Unidas y de organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales.
69. Las partes contratantes han asumido una serie de obligaciones:
a) el Zaire, país de asilo, se compromete a respetar las cláusulas pertinentes de los diferentes convenios de las Naciones Unidas y de la OUA sobre los refugiados y a adoptar las medidas apropiadas para que las decisiones de éstos no se vean influenciadas indebidamente;
b) Rwanda, país de origen, se compromete a adoptar medidas políticas administrativas, en particular aduaneras, para garantizar y facilitar el regreso, con dignidad y seguridad, y la reinserción de los refugiados así como la paz social y la reconciliación nacional.
c) el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados se compromete a supervisar y vigilar toda la operación de repatriación desde la partida hasta la llegada haciendo hincapié especialmente en el carácter voluntario de la decisión de las personas y en su seguridad y dignidad.
70. Cabe esperar que este convenio, que se refiere al comunicado de 26 de julio de 1994 por el que se disponía el encuentro entre el Presidente de la República de Rwanda y el Presidente de la República del Zaire, no corra la misma suerte de este último y sea respetado.
71. El Relator Especial deplora la tendencia a invocar la inseguridad actual en Rwanda como pretexto para restar importancia al genocidio y justificar la inacción. Semejante actitud equivale a confundir el efecto con la causa. Equivale a olvidar que la inseguridad se debe en gran medida al genocidio. Para administrar la medicina apropiada al mal rwandés es indispensable establecer un diagnóstico correcto. Sin descuidar, ni mucho menos, las violaciones actuales de los derechos humanos, es preciso situarlas en su contexto e investigar sus causas para tratar de acabar con ellas antes de que sea demasiado tarde. En efecto, es necesario actuar pronto, lo antes posible, porque si no lo hacemos nos exponemos a presenciar impotentes una segunda guerra y nuevas masacres. Para evitar semejante catástrofe se formulan las recomendaciones, que están dirigidas respectivamente al Gobierno de Rwanda, a los gobiernos de acogida de los refugiados y a las Naciones Unidas.
72. Las Naciones Unidas deberían exigir al Gobierno de Rwanda que ponga término a las graves violaciones que se cometen contra los derechos humanos en su territorio, en particular los registros, detenciones y arrestos arbitrarios, las desapariciones y las ejecuciones sumarias.
73. Las Naciones Unidas deberían recomendar al Gobierno de Rwanda:
a) la organización de intensas campañas de sensibilización de la población en el respeto del ser humano y de los bienes ajenos y de preparación para una vida en común en que reine la armonía;
b) la adopción, conforme a la recomendación del segundo informe del Relator Especial, de medidas administrativas enérgicas para disuadir de los actos de represalia y respetar a la vez los derechos fundamentales de los culpables de dichos actos;
c) el respeto de las prerrogativas y decisiones de la autoridad judicial, condición indispensable para una buena administración de la justicia.
74. Las Naciones Unidas deberían recomendar a los gobiernos en cuyos territorios se han refugiado los rwandeses, en particular el Gobierno del Zaire, que ha acogido al mayor número, que adopten las medidas apropiadas para:
a) garantizar y facilitar efectivamente la repatriación libremente consentida de los refugiados;
b) impedir que los refugiados sean influenciados indebidamente en uno u otro sentido, es decir, abandonar el territorio de acogida o permanecer en éste;
c) organizar campañas de información sistemáticas al respecto para que los interesados puedan decidir con pleno conocimiento de causa;
d) respetar sus compromisos internacionales, en particular los dimanantes de las disposiciones pertinentes de los convenios internacionales relativos al asilo y los refugiados;
e) impedir que sus territorios sean utilizados como base para la desestabilización de Rwanda o la agresión contra ese Estado.
75. Las Naciones Unidas deberían contribuir a:
a) asegurar la indemnización de estos Estados por los daños sufridos a raíz de la instalación de los refugiados y el deterioro de sus cultivos y de sus suelos;
b) financiar las operaciones de repatriación de los refugiados.
76. Las Naciones Unidas deberían hacer un llamamiento solemne a los Estados Miembros, en particular a las grandes Potencias y a los Estados africanos, para que aporten una ayuda sustancial y urgente a la reconstrucción del Estado rwandés.
77. La ayuda, que deberá revestir formas diversas y llegar a todos los sectores de la actividad económica, política, social y cultural, supone una previa evaluación global de las necesidades.
78. En lo inmediato lo más urgente es brindar a las poblaciones la ayuda alimentaria y sanitaria que les permita sobrevivir, por una parte, y los medios que les permitan salvar sus cosechas, ganados y suelos y producir el mínimo necesario para vivir, por la otra.
79. Las Naciones Unidas deberían participar activamente en la asistencia y contribuir a su organización. En particular deberían prestar al Estado de Rwanda:
a) La ayuda financiera o material necesaria para reconstruir las infraestructuras de la policía administrativa, la policía judicial, la gendarmería y la justicia.
b) Asistencia por conducto de personal de justicia y de mantenimiento del orden que se encargue de la formación de policías, gendarmes y magistrados y de ayudar a la vez a los magistrados locales a administrar justicia. Con este fin las Naciones Unidas podrían extender el mandato del Relator Especial a la asistencia técnica. Así, un equipo especializado de observadores se haría cargo de la formación de policías, magistrados, abogados y otros auxiliares de justicia y de la creación de un colegio de abogados con miras a garantizar la independencia de la magistratura.
80. Las Naciones Unidas deberían velar por una mejor coordinación de las actividades realizadas en el territorio de Rwanda, ya se trate de actividades a favor de los derechos humanos o del derecho humanitario o de otro tipo de ayuda alimentaria o de carácter militar. Dicha coordinación resulta indispensable en vista de la multiplicidad y diversidad de las actividades emprendidas sobre el terreno. Tendría la ventaja de promover un enfoque integrado de los problemas y evitar la repetición de funciones y de esfuerzos y el derroche de la asistencia.
81. Las Naciones Unidas deberían proceder lo antes posible a:
a) Incrementar la dotación de especialistas en derechos humanos y su despliegue sobre el terreno, algunos en triple calidad de observadores, investigadores e instructores.
b) Poner en funcionamiento el Tribunal Internacional que acaba de establecerse y los tribunales locales que se han de crear para juzgar a los culpables del genocidio a fin de poner término o freno a los actos de represalia.
c) Establecer un marco jurídico apropiado para asegurar la protección de las viudas y los niños no acompañados y garantizar sus derechos fundamentales. Para ello, convendría prever la indemnización de los daños sufridos e imputables a los culpables de las matanzas y sus cómplices.
d) La organización de una fuerza internacional que se encargue de la seguridad en los campamentos de refugiados y desplazados y de las disposiciones para su repatriación en condiciones idóneas de seguridad y dignidad.
82. En colaboración con la OUA, las Naciones Unidas deberían adoptar iniciativas con el fin de:
a) Crear las condiciones y el marco para el diálogo entre los diferentes elementos políticos rwandeses del interior y del exterior. Este diálogo podría sentar las bases de una solución política del conflicto que sustituyera al régimen militar.
b) Convocar una conferencia internacional sobre Rwanda que tuviere por finalidad, conforme a la recomendación inicial del informe preliminar, que las partes en el conflicto negociaran, de buena fe y teniendo debidamente en cuenta los Acuerdos de Arusha del 4 de agosto de 1993, las condiciones de la paz, la transición democrática, la reconciliación y la unidad nacionales.
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