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| Distr. GENERALE/CN.4/1994/110 21 de febrero de 1994 ESPAÑOL Original: INGLÉS |
Sexto informe periódico sobre la situación de los derechos humanos
en el territorio de la antigua Yugoslavia presentado por el
Sr. Tadeusz Mazowiecki, Relator Especial de la Comisión de
Derechos Humanos, en cumplimiento del párrafo 32 de la
resolución 1993/7 de la Comisión de 23 de febrero de 1993
5. En Bosnia y Herzegovina persiste el estado de guerra y ésta sigue caracterizándose por la violación generalizada de los derechos humanos y el derecho humanitario. Poblaciones enteras siguen siendo víctimas del amedrentamiento y el hostigamiento, en particular, aunque no exclusivamente, en el territorio controlado por las fuerzas serbias de Bosnia y croatas de Bosnia. El Relator Especial señala a la atención las formas de sufrimiento impuestas a grupos de personas, incluidos los problemas de derechos humanos relacionados con su desplazamiento. Tema especial de preocupación es el de los ataques militares en curso contra civiles, en particular en Sarajevo, Mostar y Tuzla. El incidente del 5 de febrero de 1994 en un mercado de Sarajevo, en el que resultaron muertas 68 personas y 200 heridas, es uno de los peores ataques perpetrados contra civiles durante la guerra. Persisten las violaciones y otras formas de vejaciones sexuales contra las mujeres. La obstaculización de las operaciones internacionales de socorro humanitario han causado considerables sufrimientos.
6. La información que contiene este capítulo se basa en investigaciones realizadas por el personal del Relator Especial, diversas fuentes fidedignas y una misión del Relator Especial en Tuzla durante diciembre de 1993. Las autoridades serbias de Bosnia continúan negándose a permitir que el Relator Especial realice investigaciones en el territorio bajo su control. En relación con la información contenida en este capítulo debe tomarse en consideración la información detallada sobre violaciones de los derechos humanos en Bosnia y Herzegovina que figura en los informes anteriores.
7. Trágicamente, el amedrentamiento de miembros de comunidades étnicas persiste, con especial predominio en los territorios bajo el control de los serbios y los croatas de Bosnia. El Relator Especial reitera su rotunda condena de tales prácticas, que violan derechos humanos fundamentales, como el derecho a la vida, la integridad de la persona, la propiedad, la intimidad y la vida familiar, la libertad de pensamiento, de conciencia, de religión y de movimiento, el derecho a ganar el propio sustento, el derecho a la nacionalidad y los derechos propios de los miembros de un grupo étnico o cultural. El Relator Especial condena también todas las violaciones de los derechos humanos que se producen en territorio controlado por el Gobierno de Bosnia y Herzegovina.
Amedrentamiento de musulmanes y croatas de Bosnia en el territorio controlado por los serbios de Bosnia
8. Desde fines de noviembre de 1993 se ha observado en Banja Luka una intensificación de la "limpieza étnica" y ha habido un marcado aumento de las reasignaciones de apartamentos, por las cuales inquilinos musulmanes y croatas son desahuciados sumariamente en violación de las disposiciones de la Ley sobre legislación en materia de vivienda y sin poder recurrir de hecho a procedimientos legales de reparación. Se ha informado que se ha establecido en el municipio una especie de organismos de vivienda que escoge alojamiento para los serbios desplazados que llegan, desahucia a los residentes musulmanes o croatas y al parecer recibe en pago por sus servicios bienes que dejan los desahuciados. Típico de las actuales prácticas de desahucio fue un incidente ocurrido el 13 de noviembre de 1993 en Banja Luka en el que seis hombres armados uniformados allanaron el domicilio de una familia no serbia, atacaron a los ocupantes y a pesar de que la familia poseía una orden judicial que garantizaba el arrendamiento, les arrojaron a la calle.
9. Casi todos los no serbios han perdido ya sus empleos en Banja Luka y se estima que sólo el 3% de los no serbios continúa teniendo empleo en los territorios administrados por los serbios de Bosnia. Es frecuente el despido sin un motivo legítimo y en muchos casos por rehuir el reclutamiento. Familias enteras han perdido sus empleos porque uno de sus miembros ha rehuido el reclutamiento. Incluso familiares de personas que se han establecido permanentemente en otros países pueden sufrir esta sanción ya que esos emigrantes pueden considerarse prófugos. El despido priva del derecho al alojamiento y la seguridad social.
10. El Relator Especial tiene noticia de muchos incidentes concretos de acoso y amedrentamiento de no serbios acaecidos en la región de Banja Luka en los últimos tiempos. Un caso típico es el de un musulmán de 82 años que entre el 5 y 7 de noviembre sufrió repetidas vejaciones físicas y verbales y robos por parte de asaltantes, uno de los cuales llevaba uniforme militar. En ninguna de las ocasiones respondió la policía de inmediato a las peticiones de asistencia ni realizó las investigaciones apropiadas.
11. Los musulmanes residentes en la aldea de Vrbanija, a cinco kilómetros de Banja Luka, habían sido víctimas de frecuentes tiroteos, ataques, amenazas y robos. En un incidente reciente, ocurrido a las 9.00 horas el 29 de diciembre de 1993, se produjo el asesinato de un matrimonio y su vecino y el robo de bienes. La policía fue informada del incidente a las 9.30 horas pero no llegó hasta las 17.00 horas y pasó sólo diez minutos en el lugar del crimen. Durante el funeral, el 30 de diciembre, los asistentes fueron detenidos y atacados por hombres que llevaban uniforme militar.
12. Durante noviembre de 1993 se señalaron a la atención del Relator Especial continuas denuncias acerca de incidentes generalizados de violación y abuso sexuales por parte de soldados serbios de Bosnia contra mujeres musulmanas en la zona de Olovo.
13. Las autoridades de Banja Luka han eliminado las huellas físicas de la presencia de una comunidad musulmana con la demolición de las 202 mezquitas del municipio. El 15 de diciembre de 1993 fueron arrasados en la ciudad de Banja Luka los restos de la mezquita Ferhadpasina del siglo XVI y de otras cuatro mezquitas/mausoleos. Después el solar se ha convertido en un aparcamiento de vehículos. Los edificios de la Iglesia católica también han sufrido daños. El 21% de los existentes en la diócesis de Banja Luka han sido parcialmente destruidos y otro 25% dañados. Además los cementerios católicos son objeto de crecientes saqueos.
14. El Relator Especial ha sido informado de que los musulmanes que permanecen en la región de Siprage están siendo objeto de hostigamiento e intimidación.
Amedrentamiento de musulmanes y serbios de Bosnia en el territorio controlado por los croatas de Bosnia
15. La "limpieza étnica" y el hostigamiento general de musulmanes y serbios de Bosnia ha sido sistemático y se ha caracterizado por la brutalidad, el robo y el desahucio, la inexistencia de seguridad jurídica y la detención frecuente. También se caracteriza por la retención de la ayuda humanitaria (véanse más adelante los párrafos 64 a 74). Muchos musulmanes y serbios de Bosnia están detenidos y a otros se les han expedido visados de tránsito croatas o se les ha obligado a vivir en guetos de facto, como Mostar oriental, una zona que resulta inadecuada para la vida humana.
16. El control de la parte oriental de la ciudad de Mostar es ejercido por las fuerzas gubernamentales y el de la parte occidental por las fuerzas croatas de Bosnia. La "limpieza étnica" de Mostar se dirigió en principio contra los serbios y después contra los musulmanes. Resultado de la "limpieza étnica" de los serbios es que su población en Mostar se ha reducido de la cifra anterior a la guerra de 30.000 a sólo 400. A diferencia de sus homólogos de Mostar occidental, que son objeto de numerosos abusos por parte de la población croata, los serbios de la parte oriental de la ciudad no parecen ser víctimas de ninguna forma de discriminación odiosa por parte de la mayoría musulmana.
17. Durante noviembre de 1993 el Relator Especial tuvo noticia del asesinato en Mostar el 18 de octubre de una doctora musulmana muy conocida y de familiares suyos. El incidente se produjo en su apartamento, en un edificio que alberga cuarteles de los soldados croatas de Bosnia (HVO). Un testigo ocular identificó a los asaltantes vestidos de paisano como miembros del HVO.
18. Musulmanes y serbios de Bosnia han sido también objeto de intimidación por parte de las fuerzas croatas de Bosnia en localidades como Livno, Omerovici, Rotilj y Plocari. Por lo que respecta a Plocari, se afirma que en torno al 15 de noviembre de 1993 el HVO mató a todos los habitantes. Debido a las luchas locales, los observadores internacionales no pudieron determinar si se había producido una matanza pero observaron que el lugar estaba desierto y que varios edificios habían sido destruidos recientemente por el fuego.
19. El Relator Especial señaló en su informe de 17 de noviembre de 1993 (E/CN.4/1993/47, párr. 50) un incidente ocurrido en la aldea de Stupni Do el 23 de octubre de 1993. Ese incidente ha sido investigado después por la UNPROFOR y las pruebas indican que consistió en la ejecución sumaria por soldados del HVO de 15 aldeanos como mínimo. Los testigos también dieron cuenta de incidentes de violación y otros abusos sexuales.
Trato de los serbios de Bosnia y de los croatas de Bosnia en territorio controlado por el Gobierno de Bosnia y Herzegovina
20. Ha habido varias informaciones recientes sobre asesinatos sumarios. En Fojnica el 15 de noviembre de 1993 tropas del Gobierno mataron a dos sacerdotes católicos y en un principio obstaculizaron el intento de la UNPROFOR de realizar una investigación. Posteriormente el propio Gobierno llevó a cabo una investigación de la cuestión. El Relator Especial no conoce sus conclusiones. A primeros de febrero de 1994 se comunicó que una familia croata, posiblemente en Krcevine, había sido obligada a pasar por un campo de minas. El padre y su hijo resultaron muertos y la madre gravemente herida.
21. Se ha informado acerca de un incidente ocurrido en Zivinice en el que una mujer croata fue amenazada con elegir entre ser violada y la destrucción de su local de negocio. La policía no acogió seriamente su denuncia. Un incidente ocurrido en Bugojno, comunicado en noviembre, consistió a la violación de dos mujeres croatas en medio de las burlas de los soldados.
22. En respuesta a una carta dirigida por el Relator Especial al Primer Ministro de Bosnia y Herzegovina, de fecha 15 de octubre de 1993, el Ministro de Relaciones Exteriores respondió, el 25 de noviembre de 1993, que las tropas gubernamentales no eran responsables de las supuestas matanzas ocurridas en Maline en junio y en Uzdol en septiembre (véase E/CN.4/1994/47, párrs. 29 a 33). Declaró que las muertes se produjeron durante la lucha y además que la expulsión de croatas de la zona fue obra del HVO. Sin embargo, dados los múltiples testimonios en contrario, el Relator Especial sigue realizando una investigación de esta cuestión.
23. Las denuncias de las autoridades croatas de que las fuerzas del Gobierno perpetraron una matanza y otras atrocidades en Dubravici (conocido también con el nombre de Krizancevo Selo) a fines de diciembre de 1993 no se han probado.
Las investigaciones de la UNPROFOR indican que es probable que las personas cuyos cadáveres fueron hallados en una fosa común en ese lugar hubieran sufrido heridas de guerra y hubieran resultado muertas en combates habidos recientemente en la zona.
24. El Relator Especial ha recibido informes relativos al hostigamiento de croatas en Zenica, con un aumento de los incidentes de ataques y humillación pública. No obstante, en la fecha de redacción del presente informe hay indicios de que han mejorado las relaciones intercomunitarias.
25. Los croatas de Bosnia en Sarajevo continúan quejándose de hostigamiento. Así por ejemplo, se refieren a las violaciones de los derechos humanos relacionadas con la dispersión del HVO el 6 de noviembre de 1993 que llevó consigo detenciones breves generalizadas e interrogatorios, destrucción de uniformes y banderas y reclutamiento de miembros del HVO en el ejército.
26. Las fuerzas del Gobierno asumieron el control de Vares en noviembre de 1993, fecha en que huyó de la ciudad un gran número de croatas. Se temía en particular que los soldados desearan vengarse de incidentes como el de Stupni Do aterrorizando a la población croata. No obstante, se estableció rápidamente el orden y la ciudad volvió a estar de nuevo bajo el control civil. Las autoridades municipales han instado después a los croatas a que regresen. Los observadores internacionales opinan que la invitación es sincera. No obstante, aunque algunos croatas desearían regresar las circunstancias todavía no lo han permitido.
27. Hay recientes informes de las ciudades de Bihac y Cazin acerca del hostigamiento y la intimidación de familiares de funcionarios de la administración de la llamada "provincia autónoma de Bosnia occidental" y de personas que apoyan ese régimen. El Relator Especial tiene conocimiento también de actos de hostigamiento cometidos por fuerzas de la llamada "provincia autónoma" y dirigidas contra los leales al Gobierno.
34. Durante 1993, el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) visitó unos 200 centros de detención en toda Bosnia y Herzegovina. Como algunos campos estuvieron abiertos tan sólo durante breves períodos no es posible decir cuántos de estos 200 campos existían en un determinado momento. En 1993 el CICR visitó a 16.900 detenidos, a 14.400 de ellos por primera vez; de esas 16.900 personas, 10.440 fueron puestas en libertad durante el año y unas 1.000 retiradas del registro "activo" del CICR por fallecimiento, fuga u otras razones. Al 31 de diciembre de 1993 había 5.500 personas inscritas en el registro "activo". Conforme a estimaciones fidedignas, alrededor del 40% de los detenidos están en manos de las autoridades croatas de Bosnia, un 25% en poder del Gobierno, un 13% en poder de los serbios de Bosnia y el resto en poder de las fuerzas de la denominada "provincia autónoma de Bosnia occidental".
35. Los soldados croatas de Bosnia (HVO) siguen deteniendo a serbios y musulmanes de Bosnia para que trabajen en la línea del frente o para utilizarlos como escudos humanos. Las pruebas parecen indicar que, al igual de lo que ocurre con las fuerzas del Gobierno de Bosnia y Herzegovina, esta práctica no está coordinada por el poder central y depende de la iniciativa de los comandantes locales. En noviembre de 1993 se denunció una variante aterradora de esta práctica. En Novi Travnik dos musulmanes detenidos fueron obligados a llevar explosivos de control remoto y atravesar a pie la línea del frente hasta que llegaron donde se encontraban las fuerzas del Gobierno.
En ese momento se hicieron estallar los explosivos.
36. En diciembre de 1993 las fuerzas croatas de Bosnia pusieron en libertad a un gran número de detenidos musulmanes. A fines del mes los campos y otros centros de detención situados en Livno Tomislavgrad, Ljubuski y Gabela se hallaban vacíos y el de Rodoc había disminuido de tamaño. La mayoría de los detenidos abandonaron más adelante el territorio controlado por los croatas de Bosnia. Los observadores internacionales que visitaron el campo de detención Prozor señalaron que las condiciones eran muy malas y que los prisioneros sufrían de frío, hambre, malos tratos y falta de atención de sus necesidades básicas. El campo fue cerrado en enero de 1994.
37. Las condiciones en que el Gobierno mantiene a los detenidos inspiran seria preocupación. En particular, el Relator Especial sabe que existen condiciones lamentables en los campos de detención de Bugojno y Jablanica. En Bugojno se mantiene a los detenidos en un estadio de deportes en condiciones de hacinamiento y con malas condiciones sanitarias, sin luz, lechos ni ejercicios físicos. Las condiciones no son mejores en Jablanica donde están recluidos muchos civiles. Un cierto número de los detenidos sufren de enfermedades psiquiátricas.
38. Las autoridades de la llamada "provincia autónoma de Bosnia occidental" violan los derechos de los presuntos oponentes al régimen. Muchos de ellos están detenidos en el centro de Velika Kladusa, y se informa que se han producido un cierto número de secuestros.
39. En lo que se refiere a la detención de menores, véanse más adelante los párrafos 224 a 227.
en ataques militares contra civiles
58. Los serbios de Bosnia siguen siendo responsables de agresiones contra los civiles en todas las áreas en que combaten. Son causa de especial preocupación las situaciones en las "zonas de seguridad" de Sarajevo, Tuzla y Gorazde.
59. Sarajevo sigue siendo víctima de ataques indiscriminados y de la acción de francotiradores, dirigidos desde el territorio que se encuentra en poder de los serbios de Bosnia. A comienzos de enero de 1994 se registraban cada día, como promedio, 1.000 impactos de obuses o cohetes. Muchos civiles han perdido la vida, entre ellos, el 1º de diciembre de 1993, varias enfermeras que prestaban servicios en el hospital de Kosevo y, el 29 de diciembre, algunos periodistas locales mientras desempeñaban sus funciones profesionales. El Relator Especial señala en particular el valor de los trabajadores médicos y los periodistas que siguen cumpliendo con sus funciones a pesar del peligro. Considera enteramente apropiado que el Premio de Derechos Humanos de las Naciones Unidas se haya concedido al personal del hospital de Kosevo. En lo que respecta a los periodistas, encomia su dedicación al mantenimiento de la prensa libre en Sarajevo, donde luchan por sobrevivir 10 diarios/periódicos
y 3 emisoras de radio.
60. El Relator Especial toma nota de que la Fuerza de Protección de las Naciones Unidas (UNPROFOR) no ha conseguido determinar el origen exacto de los ataques con morteros efectuados contra el mercado de Sarajevo el 5 de febrero de 1994, en el que perdieron la vida 68 civiles y 200 resultaron heridos.
61. Si bien algunos ataques de los serbios de Bosnia en Sarajevo se han llevado a cabo como respuesta a los disparos de las fuerzas del ejército de Bosnia y Herzegovina a partir de posiciones situadas cerca de emplazamientos civiles especialmente sensibles, la mayoría de los ataques parecen ser indiscriminados.
62. Las fuerzas serbias de Bosnia han sometido a los residentes de Tuzla a un cierto número de ataques con bombas en racimo y cohetes antipersonal. Se han registrado muchas bajas, entre ellas cuatro niños muertos el 23 de enero de 1994. Por otra parte, a comienzos de diciembre de 1993, parece evidente que los serbios de Bosnia dirigen sus ataques contra las fábricas de productos químicos de la ciudad, a pesar del peligro que esto entraña para la población civil.
63. Las fuerzas croatas de Bosnia siguen atacando a la población civil de Mostar oriental. Por ejemplo, el 11 de diciembre de 1993, en sólo 20 minutos, se registraron 24 impactos de obuses. El 23 de enero de 1994 murieron cuatro niños en un campo de juegos. Las poblaciones de Mostar oriental y Mostar occidental están sujetas a constantes ataques de francotiradores de las fuerzas del HVO y del Gobierno.
75. Continúa el amedrentamiento a las poblaciones civiles, asociado con la política de "limpieza étnica" iniciada hace dos años.
76. La continuación de la guerra y la voluntad de los beligerantes de utilizar el acceso a la ayuda como instrumentos de guerra son causas fundamentales de graves sufrimientos. Toda interferencia en el suministro de la ayuda debe cesar de inmediato. El Relator Especial señala nuevamente a la atención la inaceptable negativa de los serbios de Bosnia de permitir la apertura, bajo control de la Fuerza de Protección de las Naciones Unidas, del aeropuerto de Tuzla.
77. El Relator Especial toma nota de los efectos de la crisis de la ayuda en lugares tales como Tuzla, donde anteriormente no habían ocurrido conflictos graves entre las comunidades. Advierte de las serias consecuencias que pueden sufrir esas regiones si se permite que persista la crisis de la ayuda.
78. Los ataques militares contra civiles, como los que llevan a cabo los francotiradores, el bombardeo indiscriminado y la colocación de minas, constituyen violaciones flagrantes de los derechos humanos y del derecho humanitario. Las fuerzas militares de todos los beligerantes han sido culpables de esas prácticas. Sin embargo, el Relator Especial señala en particular a la atención que las fuerzas serbias y las fuerzas croatas de Bosnia son responsables de esos hechos en escala mucho mayor que las demás partes beligerantes.
79. El Relator Especial expresa una vez más su convicción de que quienes cometen violaciones de los derechos humanos y el derecho humanitario deben ser responsables ante la ley y sancionados. La comunidad internacional debe hacer todo lo necesario por asegurarse de que el Tribunal Penal Internacional para la Antigua Yugoslavia logre sus fines de manera rápida y efectiva.
80. En su informe del 17 de noviembre de 1993 (E/CN.4/1994/47), el Relator Especial expresó su preocupación por las violaciones del derecho humanitario y las normas internacionales de derechos humanos en Croacia. Desde entonces han disminuido considerablemente las violaciones del derecho humanitario internacional, como el bombardeo por las partes en el conflicto de objetivos civiles en las áreas protegidas por las Naciones Unidas y zonas circundantes. Con todo, se producen graves violaciones de los derechos humanos y se observa una pauta de trato discriminatorio contra los grupos minoritarios, así como prácticas arbitrarias por parte de las autoridades.
81. El Relator Especial agradece la cooperación que le han brindado las autoridades de la República de Croacia en el desempeño de su mandato.
82. Durante su reunión con representantes del Gobierno de Croacia en diciembre de 1993, el Relator Especial expresó su preocupación ante las noticias, confirmadas, de que las fuerzas armadas croatas participan directamente en el conflicto en Bosnia y Herzegovina. El Relator Especial también pidió a los representantes del Gobierno de Croacia que utilizaran su influencia con los croatas de Bosnia para que pusieran fin a la práctica de obstaculizar el suministro de ayuda humanitaria.
83. A raíz de anteriores comunicaciones entre el Relator Especial y el Gobierno respecto del incidente ocurrido en la bolsa de Medak el 9 de septiembre de 1993 y una investigación preliminar realizada por el Gobierno (véase E/CN.4/1994/47, párrs. 100 a 105), en un informe de fecha 2 de noviembre de 1993 basado en una amplia investigación dirigida por el Vicepresidente Sr. I. Kostovic, se llegó a la conclusión de que todos los muertos habían sido combatientes y que los amplios daños materiales obedecían fundamentalmente a las hostilidades de 1991. El Relator Especial considera que el informe es inadecuado en vista de que hay pruebas claras de graves violaciones del derecho internacional humanitario en la bolsa de Medak.
84. Durante su visita a Croacia en diciembre de 1993, el Relator Especial se reunió con el Presidente del Comité Parlamentario de Derechos Humanos y Minorías Nacionales, que tiene por misión asegurarse de que la legislación concuerda con las normas de derechos humanos. En 1993, este órgano recibió unas 4.500 denuncias. Sin embargo, el mandato del Comité no es proporcionar recursos propiamente dichos. La mayoría de las denuncias se referían a la negativa de algunas autoridades a aplicar las órdenes de los tribunales. También se han recibido muchas denuncias acerca de la denegación de la ciudadanía.
85. Otro mecanismo de denuncias es la Ley del Ombudsman (Narodne Novine, Nº 60, 1º de octubre de 1992, págs. 1336 a 1338) que se aplicó recientemente cuando el Presidente de la República nombró un Ombudsman. De conformidad con la ley, se trata de una institución independiente que tiene competencia cuando se han agotado los demás recursos. Sin embargo, la competencia del Ombudsman ante las autoridades es limitada y a menudo equivale a una "carta de recomendación" en favor del denunciante. Además, según han señalado observadores locales, los efectos de las actividades del Ombudsman son muy limitados.
86. El Relator Especial observa asimismo que la Ley constitucional de derechos humanos y libertades y derechos de las comunidades o minorías nacionales y étnicas en la República de Croacia (Narodne Novine, Nº 34/92, 17 de junio de 1992, pág. 832; en adelante denominada "Ley constitucional de derechos humanos") establece un tribunal provisional de derechos humanos (párr. 2 del art. 60) que precederá a un tribunal permanente de derechos humanos (párr. 1 del art. 60). Sin embargo, hasta el tribunal provisional está aún por establecerse.
87. Algunas órdenes ejecutivas que el Presidente declaró medidas de excepción en 1991 siguen siendo válidas. Entre otras cosas, esas órdenes permiten suspender algunos recursos en los procedimientos penales, y en algunos casos, dar a los tribunales militares jurisdicción sobre los civiles. Esos casos son los siguientes: reglamentación de la organización, la actividad y la competencia territorial de las oficinas municipales y de distrito del ministerio público en caso de estado de guerra o de amenaza inmediata a la independencia y la unidad de la República de Croacia, de 7 de diciembre de 1991 (Narodne Novine, Nº 67, 12 de diciembre de 1993, pág. 2127); reglamentación de la organización, la actividad y el alcance del poder judicial en caso de guerra o amenaza inmediata a la independencia y la unidad de la República de Croacia (Narodne Novine, Nº 67, 31 de diciembre de 1993, pág. 2127); reglamentación de la aplicación de la Ley de procedimiento penal en caso de guerra o amenaza inmediata a la independencia y la unidad de la República de Croacia, de 27 de diciembre de 1991 (Narodne Novine, Nº 73, 31 de diciembre de 1991, pág. 2236); reglamentación por la que se modifica y enmienda el reglamento sobre la aplicación de la Ley de procedimiento penal en caso de guerra o amenaza inmediata a la independencia y a la unidad de la República de Croacia, de 22 de abril de 1992 (Narodne Novine, Nº 25, 29 de abril de 1992, pág. 583); y reglamentación por la que se modifica y enmienda el reglamento sobre la organización, la actividad y el alcance del poder judicial en caso de guerra o amenaza inmediata a la independencia o la unidad de la República de Croacia, de 22 de abril de 1992 (Narodne Novine, Nº 25, 29 de abril de 1992, pág. 583). Durante su última misión a Croacia, el Relator Especial expresó su preocupación porque el prolongado período de aplicación de estos reglamentos pone en grave peligro la protección de los derechos humanos. El proceso de crear un Estado democrático que se rija por el imperio de la ley requiere la abolición de esos reglamentos.
88. El Relator Especial ha recibido informes acerca de la colocación de minas y la destrucción, el 25 de diciembre de 1993, de la sede de la eparquía de la Iglesia ortodoxa serbia en Karlovac. El Gobierno de Croacia condenó el acto. El cardenal Kuharic también condenó enérgicamente estos actos de terrorismo. Sin embargo, las autoridades locales y algunos medios trataron de minimizar la gravedad de la situación sugiriendo que el edificio era utilizado por grupos hostiles a Croacia.
89. Se ha afirmado que algunos representantes de la Iglesia ortodoxa serbia en Croacia han sido objeto de discriminación étnica y religiosa en repetidas ocasiones. Sin embargo, ha habido algunos acontecimientos positivos, en particular, el regreso a Zagreb del obispo metropolitano de la Iglesia ortodoxa serbia de Zagreb y Ljubljana el 28 de enero de 1994 para la celebración de una fiesta ortodoxa, con plena cooperación de las autoridades.
90. El Relator Especial ha recibido informes de que el Ministerio del Interior ha exigido a algunos ciudadanos croatas pertenecientes a grupos minoritarios o a hijos de matrimonios mixtos que "presenten pruebas de nacionalidad [es decir, de origen étnico croata] y que demuestren la ciudadanía croata", por ejemplo, produciendo certificados de bautismo o certificados de estudios (véase el documento E/CN.4/1994/47, párrs, 115 a 123). En varios casos se ha retirado a una persona la ciudadanía croata porque no ha podido demostrar satisfactoriamente que era de origen étnico croata.
91. El empeoramiento de la situación económica, agravado por la llegada masiva de refugiados, ha provocado un grave problema de desempleo en Croacia. Parece que los serbios y los musulmanes son los primeros en ser despedidos, por lo que el número de serbios y musulmanes desempleados es desproporcionado. A fines de 1992, se despidió del Banco de Split a 52 empleados, 35 de los cuales no eran croatas. De un total de 1.123 empleados, 72 no eran croatas. Este caso de despido discriminatorio sigue pendiente ante los tribunales. Se han presentado apelaciones al Tribunal Supremo en 16 asuntos parecidos de despido discriminatorio al no decretar el tribunal de primera instancia que se restituyera en sus puestos a los denunciantes. En otro caso, se negó una prolongación de los permisos de trabajo y de residencia a 14 musulmanes, que aunque eran de Bosnia y Herzegovina llevaban 25 años viviendo en Split y otros 20 trabajando en una fábrica de cemento. Presentaron una apelación contra esa decisión. El Relator Especial también ha recibido información acerca de 16 despidos de la Oficina Central de Correos de Split el 17 de septiembre de 1992. Nueve de los despedidos son serbios y cuatro croatas casados con serbios o montenegrinos. Todos ellos llevaban de 7 a 33 años trabajando allí. De los 1.300 empleados que tiene la Oficina Central de Correos de Split, 26 eran serbios. El caso sigue pendiente ante los tribunales.
92. La situación de las minorías serbia y musulmana es especialmente difícil en la zona dálmata sobre todo porque está cerca de la zona de hostilidades en el sector meridional del área protegida por las Naciones Unidas, así como de Herzegovina. Desde la escalada de las hostilidades entre los croatas de Bosnia y las fuerzas del Gobierno en Bosnia y Herzegovina, se ha producido un importante aumento de los actos de hostigamiento contra los musulmanes locales y los musulmanes bosnios refugiados por parte de las autoridades, la policía y sobre todo los soldados que vuelven del frente. Durante su visita a Split, el Relator Especial recibió información acerca de desahucios ilegales y forzados (véase más adelante "desahucios ilegales y forzados") y la destrucción de tiendas pertenecientes a serbios y musulmanes. Parece que no se ha incoado ningún proceso por destrucción de tiendas. En algunas zonas, se impide que los niños musulmanes asistan a la escuela.
93. Según fuentes fidedignas, en 1993 las fuerzas armadas croatas confiscaron aproximadamente el 90% de los automóviles pertenecientes a refugiados bosnios musulmanes. Sólo en Dubrovnik, se confiscaron más de 500 vehículos en el verano de 1993. Se ha informado de que las autoridades croatas han justificado sus actos explicando que soldados croatas de Bosnia (HVO) les habían pedido que confiscaran los automóviles y los enviaran a "Herzeg-Bosna".
94. El Relator Especial ha sido informado de que se ha tratado de forma discriminatoria a ciudadanos croatas nacidos en Bosnia y Herzegovina. Al parecer, los refugiados croatas de Bosnia que han adquirido la ciudadanía croata por ser de origen étnico croata de conformidad con la legislación reciente (véase E/CN.4/1994/47, párrs. 119 y 120), son objeto de discriminación en lo relativo a la obtención de empleo y las prestaciones sociales porque no se les expiden los documentos oficiales necesarios. También se notifica que hay ciudadanos croatas nacidos en Bosnia y Herzegovina a quienes se recluta por la fuerza. Según la información recibida, un número desconocido de ciudadanos croatas, todos ellos nacidos en Bosnia y Herzegovina, fueron reunidos por la fuerza por los militares el 15 y el 16 de diciembre de 1993 e informados en el cuartel de que serían enviados a luchar en Bosnia y Herzegovina. Los militares habrían intimidado y golpeado a quienes se negaron a cumplir las órdenes. También se ha notificado que algunos de los que se negaron a cumplir las órdenes fueron obligados a firmar documentos en los que indicaban que se presentaban "voluntarios" para luchar en Bosnia y Herzegovina (véase también "Situación de los refugiados", sección 103 infra).
95. El Relator Especial se reunió con representantes del Ministerio de Defensa en agosto de 1993 y expresó su preocupación por los desahucios ilegales (véase E/CN.4/1994/47, párrs. 124 a 130). En vista de que la policía militar seguía aplicando esta práctica, pese a las garantías en contrario, durante su visita a Croacia en diciembre de 1993, el Relator Especial se volvió a reunir con las autoridades competentes del Ministerio de Defensa. Fue informado de que al 10 de diciembre se había adoptado una moratoria en virtud de la cual todos los desahucios cesarían por un período de 20 días, durante el cual se examinarían todos los casos individuales y la propia legislación. El Relator Especial también fue informado de que el Ministerio de Defensa estaba dispuesto a tomar medidas concretas para indemnizar a los desahuciados. Además, el Relator Especial fue informado de que se había creado una Comisión de Control para regular las actividades de la Comisión de Vivienda creada de conformidad con la Ley de utilización provisional de apartamentos de 4 de diciembre de 1991 (E/CN.4/1994/47, párr. 126). Aun así, contrariamente a estas garantías y medidas, el Relator Especial ha seguido recibiendo información, verificada por su personal sobre el terreno, acerca de desahucios ilegales y forzados durante el período de la moratoria y después. Además, se sigue haciendo caso omiso de las órdenes de readmisión de los inquilinos y es frecuente que los desahuciados también pierdan sus pertenencias.
96. Las autoridades siguen afirmando que la mayoría de los desahucios ilegales y forzados han sido cometidos por particulares que no se pueden "controlar" y que en los pocos casos en que puede que hayan estado implicados miembros de las fuerzas armadas croatas, se han tomado medidas disciplinarias y judiciales. Sin embargo, en casi todos los casos que se han investigado, los culpables han sido soldados uniformados. Además, las autoridades no han adoptado medidas eficaces para sancionar esos desahucios ni para indemnizar a las víctimas, por lo que parecen tolerar la práctica.
97. En ciertos aspectos los desahucios forzados e ilegales guardan relación con la llegada de refugiados y personas desplazadas que ha provocado una gran escasez de viviendas, incluso para los soldados croatas, muchos de los cuales han instalado a familiares suyos en los apartamentos de los inquilinos desahuciados. La zona dálmata parece haberse visto especialmente afectada por los desahucios, sobre todo Split donde según las denuncias se ha desahuciado por la fuerza de sus apartamentos a unos 200 inquilinos, en su mayoría esposas, hijos y otros familiares de ex miembros del ejército nacional de Yugoslavia. Según la información proporcionada por el alcalde de Split durante una reunión con el Relator Especial en diciembre de 1993, aproximadamente el 80% de los desahucios se han producido en los 8.000 apartamentos bajo control de los militares. En un caso, el Fiscal General y el Fiscal Militar intervinieron con éxito en favor de un inquilino cuyo apartamento había sido ilegalmente ocupado por soldados. Además, de febrero a noviembre de 1993, hubo 364 casos de inquilinos desahuciados que apelaron ante los tribunales y se dictaron 280 fallos, en virtud de los cuales todos menos 60 pudieron volver a sus apartamentos. No obstante, el Relator Especial ha recibido información de que las autoridades militares se han negado a ejecutar casi todas la órdenes de los tribunales. También ha recibido información de que las oficinas de dos abogados que defendieron a los desahuciados fueron atacadas por desconocidos con explosivos.
98. El Relator Especial está especialmente preocupado por el uso brutal y excesivo de la fuerza por quienes efectúan los desahucios ilegales. Una de las víctimas informó de esto al Relator Especial durante su última misión a Croacia.
99. En una carta de fecha 20 de enero de 1994 el Relator Especial recordó al Gobierno de Croacia que la práctica de los desahucios ilegales y forzados constituye una violación del derecho a no verse sometido a una injerencia arbitraria o ilegal en la vida privada, la familia o el hogar, así como del principio de la no discriminación. Además, pidió al Gobierno que le informara de las medidas que había tomado para restituir sus derechos a las víctimas de desahucios ilegales y forzados y para evitar que se repitieran tales actos. Debido a la información recibida acerca de un incidente ocurrido el 2 de febrero de 1994 en que el Presidente de una organización no gubernamental local fue gravemente golpeado por personas de uniforme porque trató de impedir un desahucio ilegal, el Relator Especial se vio obligado a recordar una vez más al Gobierno, en una carta de fecha 3 de febrero de 1994, que esos actos están en contradicción con las garantías recibidas anteriormente y que deben tomarse medidas apropiadas para luchar contra esas violaciones.
107. A diferencia de la situación en otras zonas, que ha mejorado, en la parte suroccidental del sector meridional de las áreas protegidas por las Naciones Unidas se siguen bombardeando zonas civiles, en la región de Zadar y Sibenik.
108. El Relator Especial sigue recibiendo también informes de violaciones de los derechos humanos del resto de la población no serbia. Debido al ambiente de ilegalidad prevaleciente y a la insuficiente protección policial, muchas de estas personas viven temiendo constantemente por su vida y con frecuencia se ven sometidas a actos de violencia, como ataques físicos y robos a mano armada, así como a la destrucción de sus bienes. La corriente de personas desplazadas procedentes de las áreas protegidas por las Naciones Unidas hacia zonas bajo control del Gobierno croata sigue adelante.
109. La situación es especialmente grave para los pocos croatas, húngaros y otros no serbios que quedan en el sector oriental. El 8 de noviembre de 1993, en la vecindad de Ilok, resultaron heridos por armas de fuego dos croatas y un húngaro, y uno de ellos murió el 17 de noviembre a consecuencia de sus heridas. El 11 de noviembre de 1993, se detuvo en Dalj al cónyuge croata de un serbio, y al parecer ha "desaparecido". El 17 de noviembre de 1993 en Ilok, cuatro hombres irrumpieron en la casa de una pareja de ancianos croatas, les dieron una paliza, se apoderaron de sus pertenencias de valor y les expulsaron por la fuerza de su apartamento. El 1º de diciembre de 1993, una mujer croata de Knezevi-Vinogradi recibió una carta amenazadora en la que se le ordenaba que dejara la zona en un plazo de 24 horas. El mismo día se saqueó la casa de un húngaro.
110. El Relator Especial ha recibido informes de que 28 croatas de Podlapaca en el sector meridional desean marcharse debido a los constantes actos de hostigamiento de que son objeto y al temor en que viven (véase E/CN.4/1994/47, párr. 147).
111. El Relator Especial también está preocupado porque el 15 de diciembre de 1993 la policía militar detuvo en Glina a 16 funcionarios locales de las Naciones Unidas. Se dio como razón de la detención, entre otras, que debían aportar parte de su sueldo al esfuerzo bélico firmando un contrato que les obligaba a pagar una cantidad de dinero considerable durante un período de seis meses. Más adelante, para obtener su puesta en libertad, se obligó a los empleados de las Naciones Unidas a que pagaran el "impuesto bélico", que las autoridades militares les aplicaron arbitrariamente.
112. Respecto de la detención (a que se hizo referencia en el anterior informe del Relator Especial, E/CN.4/1994/47, párr. 156) el 21 de septiembre de 1993 de dos ex altos funcionarios de la llamada "República Serbia de Krajina" por su participación en un proyecto de reconstrucción social copatrocinado por la Oficina de las Naciones Unidas en Viena y el PNUD y una organización no gubernamental (el director del proyecto también fue detenido), el personal local ha confirmado que los tres salieron de la cárcel de Glina en el sector septentrional el 1º de diciembre de 1993 a raíz de una decisión del juez de instrucción. Con todo, continuó la encuesta y el 3 de diciembre el "Ministro del Interior" dictó otra orden de detención contra ellos. Como la policía no se personó en su residencia para detenerlos hasta el 4 de diciembre, parece que los acusados aprovecharon la oportunidad para escaparse. También ha habido denuncias de que estas personas fueron torturadas por la policía durante su detención. El Relator Especial está sumamente preocupado porque, según la información que ha recibido, uno de los acusados, el Sr. Zeljko Dzakula, fue secuestrado por la policía de seguridad Serbia en Belgrado el 4 de febrero de 1994 (véase el párrafo 123, infra).
113. Con respecto a las zonas del sector occidental que están bajo control croata, el Relator Especial ha recibido informes de actos de hostigamiento, intimidación y detención arbitraria de serbios. También se han recibido informes acerca del reclutamiento de refugiados por la fuerza. Según la información recibida, el 22 y el 23 de enero de 1994 unos refugiados bosnios que se habían inscrito ante las autoridades fueron llevados a cuarteles militares en Zagreb para ser reclutados en las fuerzas armadas croatas.
114. En relación con las cartas que envió al Gobierno de Croacia el 20 de enero y el 3 de febrero de 1994, el Relator Especial condena la continuación de la práctica de los desahucios ilegales y forzados por miembros de las fuerzas armadas croatas y pide al Gobierno que tome medidas apropiadas para restituir sus derechos a los inquilinos desahuciados y evitar que se repitan tales actos. A este respecto, el Relator Especial elogia a las organizaciones no gubernamentales locales de Croacia que, pese a los actos de hostigamiento, intimidación y abuso a que les someten las autoridades militares, siguen tratando activamente de evitar los desahucios y de proteger a los inquilinos.
115. El Relator Especial recomienda que el tribunal de derechos humanos previsto en el artículo 60 de la Ley constitucional de derechos humanos se cree pronta y efectivamente.
116. El Relator Especial considera que la práctica del reclutamiento forzado de refugiados bosnios en Croacia por las fuerzas armadas croatas y por soldados croatas de Bosnia (HVO) constituye una violación grave de los derechos humanos fundamentales.
117. El Relator Especial toma nota con preocupación de que la República de Croacia sigue apoyando, en particular con la participación directa de las fuerzas armadas croatas, a las fuerzas croatas de Bosnia que han perpetrado actos de "limpieza étnica" y otras violaciones graves de los derechos humanos en las zonas sometidas a su control.
118. De conformidad con sus anteriores recomendaciones, el Relator Especial desea recordar a la comunidad internacional la urgente necesidad de prestar asistencia humanitaria a los refugiados y personas desplazadas.
119. El Relator Especial sigue profundamente preocupado porque en las áreas protegidas por las Naciones Unidas persiste la práctica de la "limpieza étnica". Lamenta que aún no se den las condiciones necesarias para la repatriación de las personas desplazadas.
Seguridad de las personas
122. El Relator Especial sigue recibiendo información sobre el empleo brutal y excesivo de la fuerza, así como de la tortura, por parte de la policía, en particular en relación con registros aleatorios y otros enfrentamientos con la población. Un número desproporcionado de esos incidentes parecen estar dirigidos contra miembros de ciertos grupos étnicos y religiosos, en especial musulmanes y albaneses. El carácter brutal de los abusos policiales quedó demostrado por un caso señalado a la atención del Relator Especial y acaecido en Belgrado el 7 de junio de 1993, en el que, según se afirma, dos musulmanes fueron golpeados con porras y pistolas por policías serbios, que les colocaron granadas de mano en la boca para arrancarles confesiones.
123. También se informa que con frecuencia se dirigen amenazas y se ejecutan represalias contra miembros de la oposición política y en especial contra militantes sindicales. El Relator Especial está particularmente preocupado por el caso del Sr. Zeljko Dzakula (véase el párr. 112 supra) que, tras huir de la denominada "República Serbia de Krajina" por motivos de persecución política, fue secuestrado por la policía de seguridad serbia en Belgrado el 4 de febrero de 1994. Según testigos oculares, hubo despliegue de fuerza brutal y excesiva para su detención. En una carta de fecha 8 de febrero de 1994 dirigida al Ministro de Relaciones Exteriores de la República Federativa de Yugoslavia, el Relator Especial expresó su preocupación por el carácter arbitrario de la detención y por el hecho de que el Sr. Dzakula se encuentre incomunicado.
Incitación pública a la discriminación y al odio contra grupos minoritarios
124. Un motivo importante de preocupación para el Relator Especial es la incitación al odio nacional y religioso en la vida pública y en los medios de difusión. En la vida pública, personajes políticos destacados formulan sistemáticamente declaraciones incendiarias y amenazadoras contra grupos minoritarios. En varias ocasiones, por ejemplo, el Sr. Vojislav Seselj, dirigente del Partido Radical Serbio, ha sugerido que las minorías húngara y albanesa deberían ser expulsadas de Vojvodina y Kosovo, respectivamente. La incitación al odio por parte de los dirigentes políticos se generalizó durante la campaña de las elecciones parlamentarias de diciembre de 1993. El uso de métodos demagógicos para intensificar y manipular temores y prejuicios irracionales entre los electores parece ser un importante medio de obtener votos.
125. El clima reinante de odio étnico y religioso es fomentado también por la difusión de información errónea, la censura y el adoctrinamiento por los medios de información (véase E/CN.4/1994/47, párrs. 176 a 179). En especial, la labor informativa sobre las atrocidades cometidas en el conflicto entre serbios y musulmanes en Bosnia y Herzegovina es selectiva y parcial. Los medios de información denigran a los musulmanes y al islam con relatos sensacionalistas y distorsionados de "crímenes" históricos y recientes cometidos "contra el pueblo serbio", en tanto que rara vez se informa sobre violaciones graves perpetradas contra los musulmanes, o se descartan como acusaciones maliciosas, parte de una "conspiración antiserbia". En la programación de la televisión de Belgrado, controlada por el Estado, se sataniza a ciertos grupos étnicos y religiosos. A este respecto, el programa Iskre i varnice nedelje resulta especialmente inquietante.
Libertad de expresión y situación de los medios de información
126. Otro motivo de preocupación es la censura política y el acceso desigual a los medios de comunicación. Un buen ejemplo es el caso de la radio y la televisión serbias controladas por el Estado, que ejerce un monopolio sobre las emisiones a nivel nacional. La carestía de los periódicos debido a la actual situación económica contribuye a que la radio y la televisión serbias tengan un papel dominante como fuente principal de información al público. Tampoco parece que el Gobierno tenga la intención de aprobar el proyecto de ley sobre la liberalización de la radio y la televisión serbias, propuesto por la Asamblea Legislativa serbia antes de que la disolviera el Presidente.
127. La dominación de los medios de información, incluidas la radio y la televisión serbias, por el Partido Socialista Serbio, actualmente en el poder, fue especialmente evidente durante las campañas políticas previas a las elecciones parlamentarias de diciembre de 1993. Durante ese período, hubo propaganda en gran escala en favor del partido en el poder, tanto en los programas de la radio y la televisión serbias como en buena parte de la prensa, mientras que la atención prestada por éstas a la oposición fue más bien escasa y selectiva. Por ejemplo, en los noticiarios de la televisión no se hizo mención alguna de una manifestación de varios millares de miembros de la coalición de partidos de la oposición. Además, el partido en el poder se valió de los medios de información para adoctrinar e informar erróneamente al público acerca de cuestiones importantes. Desde luego la perpetuación del mito de la conspiración antiserbia mediante la satanización de agentes externos es una manera cómoda de absolver al partido en el poder de toda responsabilidad por sus fracasos.
128. Se ha informado al Relator Especial de que durante el período inmediatamente anterior a las elecciones, y en general, en la radio y la televisión serbias se ha atacado a los medios de información independientes. Por ejemplo, el 12 de diciembre de 1993 se atacó al semanario Vreme en el canal 1 de la televisión de Belgrado a raíz de información que había publicado sobre los campamentos de detención dirigidos por los serbios bosnios de Bosnia en Omarska y Manjaca.
129. La Ley serbia sobre información pública contiene algunas disposiciones sobre el derecho de respuesta. Sin embargo, en la práctica no se aplican.
130. El Relator Especial también ha tenido conocimiento de que las autoridades serbias han adoptado medidas represivas contra la expresión cultural por parte de las minorías en los medios de información. Por ejemplo, la radio Bijelo Polje ha decidido prohibir el uso de palabras turcas en sus emisiones. Esta medida se dirigió en particular contra el programa en que los musulmanes envían saludos a sus amigos y familiares empleando palabras sandzak de uso local que han quedado del idioma turco.
Objeción de conciencia al servicio militar
131. En relación con la resolución 1993/84 de la Comisión, el Relator Especial toma nota con preocupación de la información que ha recibido sobre la violación del derecho a la objeción de conciencia al servicio militar como legítimo ejercicio del derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión y, en especial en las circunstancias actuales, del derecho a negarse a prestar servicios en los elementos de las fuerzas armadas responsables de la "limpieza étnica" y otras graves violaciones de los derechos humanos en Croacia y en Bosnia y Herzegovina.
132. Aunque en la Constitución y en la legislación pertinente de la República Federativa de Yugoslavia se prevé la objeción de conciencia, aún no se han aprobado las normas y procedimientos pertinentes a su aplicación. En el párrafo 1 del artículo 214 del Código Penal Federal de Yugoslavia, de 1992, se prevé, entre otras cosas, una pena que puede variar entre el pago de una multa y un año de prisión por negarse a servir en las fuerzas armadas. Además, en el párrafo 3 del artículo 214 del Código se dispone que quienes evitan el servicio militar yendo al extranjero o permaneciendo fuera del país pueden ser condenados a un período de uno a diez años de prisión. De conformidad con la jurisprudencia del Tribunal Supremo Militar (K.223/76), las disposiciones del párrafo 3 del artículo 214 se cumplen simplemente si existe una obligación legal establecida de hacer el servicio militar y la intención de evitar ese servicio huyendo al extranjero o prolongando la estancia en el extranjero.
133. Durante el conflicto armado en la antigua Yugoslavia, el negarse a servir en el ejército se ha castigado normalmente con una pena de tres a cuatro meses. De conformidad con el párrafo 3 del artículo 214, quienes permanecen en el extranjero siguen expuestos a ser procesados a su regreso a Yugoslavia.
134. En la práctica, un número desproporcionado de los procesados por negarse a servir en el ejército han sido miembros de determinados grupos étnicos y religiosos, en especial musulmanes, eslovacos y húngaros.
Devolución de refugiados, incluida la cuestión del reclutamiento forzado
135. El Relator Especial ha seguido recibiendo información inquietante sobre la devolución de refugiados serbios de Bosnia y musulmanes de Bosnia mediante el reclutamiento forzoso, en especial en centros para refugiados en Belgrado y otras ciudades, para luchar en la República de Bosnia y Herzegovina y en la República de Croacia (véase también E/CN.4/1994/47, párr. 186). Sólo en un caso reciente, por lo menos 26 serbios de Bosnia en edad militar fueron llevados a un centro de refugiados en Kosovo. Según parece, fueron conducidos por la policía serbia al lado bosnio de la frontera con Bosnia y Herzegovina, donde fueron entregados a las autoridades serbias de Bosnia. Según la información recibida, la policía serbia les había remitido documentos de llamamiento al servicio militar activo sellados por el "Ministerio de Defensa" de la denominada "República Serbia de Bosnia", advirtiéndoles que serían detenidos y encarcelados si no se presentaban.
136. Es evidente que estas medidas se han llevado a cabo con pleno conocimiento de las autoridades serbias. El Relator Especial ha recibido incluso información de una fuente fidedigna según la cual antes de expedir un pasaporte a los refugiados serbios de Bosnia, las autoridades serbias se comunican con la oficina de la "República Serbia de Bosnia" en Belgrado para determinar si el solicitante ha sido llamado para cumplir el servicio militar. El ACNUR ha condenado enérgicamente el reclutamiento forzoso de refugiados en violación de principios fundamentales de protección a los refugiados.
137. El Relator Especial también ha recibido información fidedigna sobre las dificultades con que tropiezan los refugiados musulmanes de Bosnia y Herzegovina que intentan entrar en Serbia. Debido a su origen étnico, reflejado en sus nombres, muchos se ven obligados a entrar con documentos falsificados que, por lo general, obtienen mediante sobornos. Cabe reconocer que, una vez que han logrado entrar en Serbia, sus solicitudes de otorgamiento de la condición de refugiado parecen ser tramitadas en pie de igualdad con las de los refugiados serbios y croatas de Bosnia.
138. También circula información sobre ataques contra los refugiados. Sin embargo, parece que en ciertos casos las autoridades han adoptado medidas contra esos ataques. Por ejemplo, el 5 de octubre de 1993 en Leskovac las autoridades detuvieron a tres hombres sospechosos de bombardear el 29 de junio de 1993 un campamento que albergaba principalmente a refugiados musulmanes de Bosnia y Herzegovina.
1. Kosovo
139. La situación de los derechos humanos en Kosovo sigue deteriorándose, y se ha recibido información sobre trato abusivo y discriminatorio por parte de las autoridades. Además, la falta de diálogo entre las autoridades serbias y yugoslavas por una parte y los dirigentes de los albaneses de Kosovo por otra, ha impedido todo adelanto respecto de cuestiones vitales como el sistema educacional "paralelo" de la población de origen étnico albanés (véase E/CN.4/1994/47, párrs. 200 a 205). A este respecto, la situación de la Universidad de Pristina sigue siendo fuente de considerable tensión. Este es el tercer año académico en que las matrículas, los cursos, las clases prácticas, los exámenes y otras actividades de más de 22.000 estudiantes y 900 docentes se vienen realizando en hogares y edificios privados.
140. Se informa persistentemente de casos de trato discriminatorio y abusivo contra personas de origen étnico albanés por parte de la policía serbia. No son raras las denuncias de golpes y torturas contra esas personas. El Relator Especial ha recibido con grave preocupación información de una organización no gubernamental fidedigna sobre una reunión con el Presidente del tribunal regional de Pristina en la que se debatió acerca de los malos tratos infligidos a los detenidos por la policía. Se ha dicho que el Presidente del tribunal se declaró a favor de esos tratos en el caso de "crímenes contra el Estado, independientemente de que haya o no una condena".
141. Además del empleo brutal y excesivo de la fuerza por parte de la policía serbia, el clima de odio étnico y hostigamiento constante agrava el sentimiento de inseguridad entre la población de etnia albanesa. En un caso de que se informó al Relator Especial, el 13 de enero de 1994 la policía serbia, según parece, se incautó de joyas de oro y plata de comercios albaneses en Prizren, sin dar ninguna explicación. Según la información recibida, en caso de haber resistencia, la policía quiebra los cristales de los escaparates de las tiendas y detiene y maltrata a los comerciantes. También se informa que en el puesto fronterizo entre Serbia y la antigua República Yugoslava de Macedonia, la policía con frecuencia se incauta de mercancías y dinero y confisca los pasaportes de personas de origen étnico albanés.
142. El Relator Especial ha seguido recibiendo información sobre el desahucio ilegal y forzado de los albaneses de sus apartamentos. En la mayoría de los casos, los desahucios tienen lugar sin procedimientos legales previos. Además, los arrendatarios desahuciados son reemplazados usualmente por familias serbias. Se informa que en enero de 1994 solamente, el Instituto de Planificación Urbana de Pristina expidió 17 avisos de desahucio a familias albanesas, todas las cuales, según parece, habían ocupado sus viviendas durante varios decenios y estaban en posesión de todos los documentos legales justificatorios necesarios. Las autoridades también están recurriendo arbitrariamente a los desahucios para castigar a quienes no acatan sus órdenes. En un caso acaecido en Pristina, se desahució a la mujer y los hijos de un albanés que se negó al reclutamiento en las fuerzas armadas y abandonó el país.
143. El Relator Especial ha seguido recibiendo información sobre detenciones arbitrarias y la violación del derecho a un juicio equitativo por un tribunal competente e imparcial (véase E/CN.4/1994/47, párrs. 169 a 171). En particular, estas violaciones se relacionan con varios procedimientos penales incoados contra personas de origen étnico albanés en Pristina, Pec, Gnjilane y Prizren, todas acusadas de "amenazar la integridad territorial de Yugoslavia" de conformidad con el párrafo 1 del artículo 16 del Código Penal. La mayoría de los acusados eran ex oficiales del Ejército Nacional Yugoslavo o de las Fuerzas de Defensa Territorial de Yugoslavia. Según parece, teniendo en cuenta la experiencia militar previa de los acusados, las autoridades serbias han afirmado que este grupo estaba estableciendo una organización militar, formando unidades armadas, registrando reclutas para el servicio militar y acumulando armas. En diciembre de 1993, el Tribunal Supremo de Serbia prorrogó por tres meses más el período de detención de algunos de los acusados que esperaban juicio.
2. Sandzak
144. Si bien la situación de los derechos humanos en esta región ha mejorado un poco, el Relator Especial ha seguido recibiendo información sobre violaciones graves. Existe mucha información sobre secuestros, la destrucción de viviendas mediante incendios provocados y el uso de explosivos y el hostigamiento general de los musulmanes, a quienes la policía somete a golpes y torturas, así como registros arbitrarios de sus hogares en busca de armas. Se informa que los musulmanes son convocados con frecuencia para sostener "charlas informativas" en las comisarías donde se les interroga durante varias horas y con frecuencia se les maltrata. Se ha informado también que muchos musulmanes que ocupaban puestos destacados han sido despedidos y, en la mayoría de los casos, sustituidos por miembros del Partido Socialista Serbio, actualmente en el poder.
145. El Relator Especial ha tenido noticia de que el 19 de octubre de 1993 el Fiscal de Distrito de Novi Pazar entabló un procedimiento contra 25 musulmanes de las regiones sandzak de Novi Pazar, Sjenica y Tutin, acusándolos de posesión ilegal de armas y de amenazar la integridad territorial de la República Federativa de Yugoslavia mediante la creación de un Estado Sandzak independiente. Todos salvo cuatro de los acusados se encuentran encarcelados desde mayo de 1993. Su juicio comenzó el 31 de enero de 1994. En contraste con los juicios contra musulmanes, los miembros del ultranacionalista Partido Radical Serbio parecen gozar de inmunidad, pese a que, según se informa, poseen grandes cantidades de armas.
146. El Relator Especial ha recibido denuncias relativas a la detención entre el 25 y el 28 de enero de 1994 de unos 100 musulmanes, principalmente miembros de la Alianza Democrática Sandzak en la región de Prijepolje, Bijelo Polje y Rozaje. Según la información recibida, la policía no ha dado ninguna explicación de las detenciones. También se afirma que la policía ha sometido a los detenidos a golpes y torturas para arrancarles confesiones.
147. La situación de los musulmanes parece ser considerablemente mejor en las zonas de Sandzak situadas en la República de Montenegro. Las autoridades montenegrinas han demostrado una mayor voluntad de castigar a los autores de crímenes de índole étnica. En particular, el Relator Especial ha recibido información sobre cuatro hombres que el 3 de noviembre de 1993 fueron acusados en Podgorica de asesinato e incitación al odio nacional y religioso. Según parece, el 31 de mayo de 1993 dispararon sus armas al azar en un barrio predominantemente musulmán de Niksic, causando la muerte a una mujer de 37 años e hiriendo a su hijo de cinco años.
3. Vojvodina
148. Pese a ciertas mejoras en la situación en Vojvodina, el Relator Especial sigue recibiendo información sobre grave trato discriminatorio y otras violaciones contra miembros de determinados grupos étnicos y religiosos. En particular, la matanza de una familia croata de Ocmokic el 30 de julio de 1993 en Kukujevci provocó el éxodo de la mayoría de los croatas restantes. Antes de que las autoridades serbias detuvieran el 15 de noviembre de 1993 a los sospechosos de este crimen y del asesinato de un croata de una aldea próxima a Sid, unas 50 familias croatas habían partido temiendo por su seguridad. Los detenidos eran todos miembros del Partido Radical Serbio. Se recibe cada vez más información sobre ataques contra viviendas pertenecientes a grupos minoritarios, que son incendiadas intencionadamente o destruidas con explosivos.
149. Desde la presentación de su anterior informe (véase E/CN.4/1994/47, párrs. 216 a 221), el Relator Especial no ha recibido información alguna que indique que haya evolucionado significativamente la situación de los derechos humanos en Montenegro. Con todo, la situación de los medios de información sigue siendo un tema importante que suscita preocupación. Los intentos de limitar el control estatal de los medios de información mediante la adopción de nuevas leyes han fracasado. La agencia de prensa Tanjug con sede en Belgrado sigue dominando el sector de la información en Montenegro.
150. La situación de los medios de información también afecta a la cuestión del mantenimiento de la identidad histórica y cultural montenegrina. Motivo especial de preocupación es el hecho de que no se reconozca a la Iglesia ortodoxa montenegrina, mientras que la Iglesia ortodoxa serbia sí goza de reconocimiento oficial. A este respecto, parece que se manipula a los medios de información como parte de una política general de restar importancia a la Iglesia ortodoxa montenegrina. Por ejemplo, la televisión de control estatal no informó acerca de la congregación de 15.000 personas en una celebración ortodoxa montenegrina el 6 de enero de 1994.
151. Según la información recibida, las autoridades montenegrinas han aceptado un número considerable de refugiados de Bosnia y Herzegovina sin imponer restricción alguna contra cualesquiera grupos étnicos o religiosos o personas llamadas a las armas por el ejército serbio de Bosnia.
[continuación]
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