COMITÉ DE DERECHOS HUMANOS
83º período de sesiones
Nueva York, 14 de marzo a 1º de abril de 2005
PROGRAMA PROVISIONAL Y ANOTACIONES
Nota del Secretario General
1. El 83º período de sesiones del Comité de Derechos Humanos se celebrará en la Sede de las Naciones Unidas, del 14 de marzo al 1º de abril de 2005. La primera sesión tendrá lugar el lunes 14 de marzo de 2005 a las 10.00 horas.
2. De conformidad con el artículo 6 del reglamento del Comité, el Secretario General ha preparado, en consulta con el Presidente del Comité, el programa provisional adjunto para el 83º período de sesiones. Se adjuntan también a la presente nota las anotaciones al programa provisional.
3. Con arreglo al artículo 33 del reglamento, las sesiones del Comité serán públicas, a menos que el Comité decida otra cosa al respecto o que de las disposiciones pertinentes del Pacto o del Protocolo Facultativo se desprenda que las sesiones deben ser privadas.
4. Se señalan especialmente a la atención de los Estados Partes las anotaciones al tema 8, en el que figura el calendario provisional para el examen de informes en el 83º período de sesiones. De conformidad con el artículo 68 del reglamento, los representantes de los Estados Partes deberían asistir a las sesiones del Comité cuando se examinen sus informes.
5. De conformidad con el artículo 95 del reglamento, un grupo de trabajo deberá reunirse durante una semana con anterioridad a su 83º período de sesiones. El Grupo de Trabajo anterior al período de sesiones se reunirá del 7 al 11 de marzo de 2005.
PROGRAMA PROVISIONAL
1. Apertura del período de sesiones por el Representante del Secretario General.
2. Declaración solemne de los miembros del Comité recientemente elegidos, en cumplimiento de lo dispuesto del artículo 38 del Pacto.
3. Elección del Presidente y demás miembros de la Mesa del Comité.
4. Aprobación del programa.
5. Cuestiones de organización y otros asuntos
6. Reunión con representantes de organizaciones no gubernamentales e intergubernamentales.
7. Presentación de informes por los Estados Partes en virtud del artículo 40 del Pacto.
8. Examen de los informes presentados por los Estados Partes en virtud del artículo 40 del Pacto y de las situaciones de los países.
9. Seguimiento de las observaciones finales sobre los informes de los Estados y de las opiniones formuladas con arreglo al Protocolo Facultativo.
10. Observaciones generales del Comité.
11. Examen de las comunicaciones recibidas en virtud del Protocolo Facultativo del Pacto.
ANOTACIONES
1. Apertura del período de sesiones por el Representante del Secretario General
Un representante del Secretario General abrirá el 83º período de sesiones del Comité.
2. Declaración solemne de los miembros del Comité recientemente elegidos,
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 38 del Pacto
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del Pacto y en el artículo 16 del reglamento, los ocho miembros del Comité elegidos o reelegidos en la 23ª reunión de Estados Partes en el Pacto, celebrada el 9 de septiembre de 2004, y el miembro recientemente elegido en la 24ª reunión de Estados Partes en el Pacto, celebrada el 8 de febrero de 2005, harán la siguiente declaración solemne:
"Declaro solemnemente que desempeñaré mis funciones de miembro del Comité de Derechos Humanos con toda imparcialidad y conciencia."
3. Elección del Presidente y demás miembros de la Mesa del Comité
De conformidad con lo dispuesto en el párrafo 1 del artículo 39 del Pacto y en el artículo 17 del reglamento, el Comité elegirá entre sus miembros un Presidente, tres Vicepresidentes y un Relator. Los miembros de la Mesa serán elegidos para un mandato de dos años (artículo 18 del reglamento). En virtud del artículo 58 del reglamento, las elecciones serán por votación secreta, salvo decisión en contrario del Comité cuando para un cargo dado sólo haya un candidato.
4. Aprobación del programa
De conformidad con el artículo 8 del reglamento, el primer tema del programa de todo período de sesiones será la aprobación del programa. Con arreglo al artículo 9, durante el período de sesiones el Comité podrá modificar el programa y, según corresponda, aplazar o suprimir temas.
5. Cuestiones de organización y otros asuntos
En relación con este tema, el Comité examinará diversos asuntos relacionados con las actividades del Comité.
6. Reunión con representantes de organizaciones no gubernamentales e intergubernamentales
En su 82º período de sesiones el Comité decidió oír a representantes de organizaciones no gubernamentales e intergubernamentales representadas en la Sede de las Naciones Unidas. En consecuencia, la reunión se ha programado para la sesión matutina del lunes 14 de marzo de 2005, entre las 11.30 y las 13.00 horas (con sujeción a que se termine de examinar los temas 1 a 5 antes de las 11.30 horas).
7. Presentación de informes por los Estados Partes en virtud del artículo 40 del Pacto
A. Informes recibidos
Aparte de los informes que el Comité ha de examinar en su 83º período de sesiones (véase el calendario para el examen de los informes en la sección relativa al tema 8 infra), el Secretario General ha recibido el informe inicial de Honduras, el segundo informe periódico del Brasil, de la Región Administrativa Especial de Hong Kong (China) y del Paraguay; y el quinto informe periódico del Canadá y de Noruega.
B. Informes que debían haberse presentado
En el capítulo III y el anexo IV del informe anual del Comité a la Asamblea General correspondiente a 2004 (véase A/59/40, vol. I), se hace referencia a la situación en lo que se refiere a la presentación de informes por los Estados Partes en virtud del artículo 40 del Pacto.
8. Examen de los informes presentados por los Estados Partes en virtud
del artículo 40 del Pacto y de las situaciones de los países
A continuación figura un calendario provisional para el examen de los informes en el 83º período de sesiones, calendario que se ha preparado en consulta con el Presidente y está sujeto a la aprobación del Comité.
Calendario para el examen de los informes de los Estados Partes
y las situaciones de los países
| Kenya | Segundo informe periódico (CCPR/C/KEN/2004/2) | Lunes, 14 de marzo de 2005, tarde
Martes, 15 de marzo de 2005, mañana |
| Islandia | Cuarto informe periódico (CCPR/C/ISL/2004/4) | Miércoles, 16 de marzo de 2005, mañana y tarde |
| Mauricio | Cuarto informe periódico (CCPR/C/MUS/2004/4) | Jueves, 17 de marzo de 2005, tarde
Viernes, 18 de marzo de 2005, mañana |
| Uzbekistán | Segundo informe periódico (CCPR/C/UZB/2004/2) | Lunes, 21 de marzo de 2005, tarde
Martes, 22 de marzo de 2005, mañana |
| Grecia | Informe inicial (CCPR/C/GRC/2004/1) | Martes, 22 de marzo de 2005, tarde
Miércoles, 23 de marzo de 2005, mañana y tarde |
| Barbados | Situación del país | Jueves, 24 de marzo de 2005, mañana y tarde |
De conformidad con el artículo 68 del reglamento del Comité, el Secretario General ha informado a los Estados Partes interesados de las fechas previstas para el examen por el Comité de sus respectivos informes en el 83º período de sesiones.
Los informes que se examinarán en el 83º período de sesiones son los de Grecia, Islandia, Kenya, Mauricio y Uzbekistán.
Los informes de Eslovenia, Italia, la República Árabe Siria, Tailandia, Tayikistán, y el Yemen serán examinados por grupos de trabajo sobre los informes de los países, que adoptarán listas de cuestiones al respecto.
9. Seguimiento de las observaciones finales sobre los informes de los Estados
y de las opiniones formuladas con arreglo al Protocolo Facultativo
En su 74º período de sesiones, el Comité adoptó decisiones sobre el procedimiento para efectuar el seguimiento de las observaciones finales. En el 75º período de sesiones se nombró al Relator Especial para el seguimiento de las observaciones finales; éste presentará en el 83º período de sesiones un informe sobre sus actividades. El Relator Especial para el seguimiento de las opiniones formuladas con arreglo al Protocolo Facultativo también presentará un informe sobre sus actividades.
10. Observaciones generales del Comité
En relación con este tema, el Comité comenzará a examinar un proyecto de observación general revisada sobre el artículo 14 (derecho a un juicio equitativo).
11. Examen de las comunicaciones recibidas en virtud del Protocolo Facultativo del Pacto
De conformidad con las disposiciones del capítulo XVII del reglamento, el Comité examinará, en relación con este tema, las comunicaciones que se le hayan presentado o que parezcan habérsele presentado en virtud del Protocolo Facultativo.
El Comité tiene aún pendiente un total de 311 comunicaciones al 24 de enero de 2005. Con arreglo al nuevo reglamento del Comité, que en la mayoría de los casos permite examinar conjuntamente la admisibilidad y el fondo, el examen de esas comunicaciones por el Comité puede llevar a la adopción de dictámenes o de decisiones que declaren admisibles o inadmisibles las comunicaciones.
De conformidad con el párrafo 3 del artículo 5 del Protocolo Facultativo y con el artículo 88 del reglamento del Comité, este tema del programa se examinará en sesiones privadas.
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