I. GENERALIDADES 1 - 15
II. INFORMACION RELATIVA A LOS ARTICULOS 2 A 7 DE LA CONVENCION INTERNACIONAL 16 - 136
Artículo 2: 16 - 24
Artículo 3: 25 - 33
Artículo 4: 34 - 44
Artículo 5: 45 - 109
Artículo 6: 110 - 126
Artículo 7: 127 - 136
* El presente documento contiene el texto consolidado de los informes periódicos 12º a 14º, que debían presentarse los días 5 de enero de 1992, 1994 y 1996, respectivamente. El 11º informe periódico de Bulgaria y las actas resumidas de las sesiones del Comité en que se examinó, figuran en los documentos CERD/197/Add.4 y CERD/C/SR.918 y 919.
I. GENERALIDADES
1. Han transcurrido más de seis años desde el 10 de noviembre de 1989, fecha que señaló el fin del régimen totalitario en Bulgaria. Se produjeron entonces cambios radicales en las esferas política, económica y social, que permitieron a la sociedad búlgara emprender la edificación de una auténtica democracia basada en el imperio de la ley, el pluralismo político, la economía de mercado libre y el respeto y la observancia de los derechos humanos y las libertades fundamentales. Se organizaron elecciones libres y democráticas para constituir la Gran Asamblea Nacional (junio de 1990), a las que siguieron las elecciones parlamentarias generales (octubre de 1991 y diciembre de 1994), la elección presidencial directa (enero de 1992) y las elecciones de los gobiernos locales (alcaldes y concejales municipales, octubre de 1991 y noviembre de 1995). Ese proceso condujo lógicamente a la formación de nuevos gabinetes. Se ha consolidado en Bulgaria el principio de la división de poderes en las ramas ejecutiva, legislativa y judicial.
2. Desde 1990 la República de Bulgaria atraviesa un período muy difícil de transición hacia una economía de mercado libre. La economía nacional se ha liberalizado profundamente con la adopción de una estrategia monetaria para las reformas. Los ciudadanos han tenido mejores oportunidades de desarrollar iniciativas individuales y sociales. Sin embargo y paralelamente, estas nuevas condiciones han creado dificultades sin precedentes, que se han traducido en una grave caída de la producción, un desempleo masivo, la marginación de amplias capas de la población y un pronunciado aumento de la delincuencia. La desaparición de los mercados tradicionales de Europa oriental y central y el Oriente Medio, unida a las enormes pérdidas que para la economía búlgara supuso el estricto cumplimiento de las sanciones impuestas por las Naciones Unidas al Iraq, la Jamahiriya Arabe Libia y los Estados de la ex Yugoslavia, han tenido graves repercusiones y se han sumado a las dificultades económicas de Bulgaria.
3. El instrumento básico que garantiza los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos de la República de Bulgaria es la Constitución El 11º informe periódico de Bulgaria no contenía información sobre la Constitución, instrumento que se aprobó después de la preparación de ese informe. Por ello, en el presente informe se describen con cierto detalle las disposiciones de la Constitución relativas a los derechos y libertades de la persona y las medidas encaminadas a eliminar la discriminación racial. aprobada por la Gran Asamblea Nacional el 12 de julio de 1991. Su texto afirma los valores humanos de libertad, paz, humanismo, igualdad, justicia y tolerancia. La Constitución defiende el principio de la supremacía de los derechos del individuo, su dignidad y su seguridad, y proclama, como deber supremo la defensa de la unidad nacional y estatal de Bulgaria. Proclama también la determinación del pueblo búlgaro a crear un Estado democrático y social basado en el imperio de la ley. El capítulo II de la Constitución, titulado "Derechos y deberes básicos del ciudadano", contiene las disposiciones que afirman esos derechos y obligaciones, que son plenamente conformes a la lógica y metodología de los instrumentos internacionales de derechos humanos, en particular, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
4. El párrafo 4 del artículo 5 de la Constitución establece que "... los instrumentos internacionales que hayan sido ratificados constitucionalmente, que hayan sido promulgados y que hayan entrado en vigor para la República de Bulgaria se considerarán parte de la legislación nacional. Tendrán prioridad sobre las normas de la legislación nacional que no sean conformes a ellos". Esta disposición se aplica plenamente a la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial.
5. El artículo 1 de la Constitución dispone lo siguiente:
"1. Bulgaria es una República con gobierno parlamentario.
2. Todo el poder del Estado dimana del pueblo. El pueblo ejercerá este poder directamente y mediante los órganos establecidos por la Constitución.
3) Ninguna parte del pueblo, ningún partido político, ninguna otra organización ni institución estatal ni ningún particular usurpará el ejercicio de la soberanía popular."
6. El artículo 6 establece lo siguiente:
"1. Todas las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos.
2. Todos los ciudadanos serán iguales ante la ley. No habrá restricciones de derechos ni privilegios fundados en motivos de raza, nacionalidad, origen étnico, sexo, linaje, religión, educación, convicciones, afiliación política, condición personal y social o posición económica.
7. El artículo 11 trata de la vida política en la República de Bulgaria sobre la base del principio del pluralismo político. Su párrafo 4 establece lo siguiente:
"No podrá haber partidos políticos constituidos sobre la base de razones étnicas, raciales o religiosas ni partidos que aspiren a asumir el poder del Estado por la fuerza.
8. Esta disposición deberá leerse conjuntamente con el párrafo 2 del artículo 44:
"2. Se prohíbe toda organización cuyas actividades estén dirigidas contra la soberanía y la integridad territorial del país o contra la unidad de la nación, o que intente fomentar el odio racial, nacionalista, étnico o religioso y violar los derechos y libertades de los ciudadanos, así como toda organización que cree estructuras clandestinas o paramilitares para alcanzar sus objetivos mediante la violencia."
9. Desde 1991 la legislación búlgara se ha modificado y enriquecido considerablemente con la promulgación de nuevas leyes que regulan los derechos civiles, políticos, económicos, culturales y sociales de la persona y establecen garantías jurídicas para su ejercicio, actualizándolos y poniéndolos en consonancia con las normas universales y europeas. Tanto la legislación enmendada como la nueva legislación conciernen directamente a la aplicación por Bulgaria de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial. A continuación se enumeran las nuevas leyes que están relacionadas directamente con los derechos humanos y las libertades fundamentales del individuo en la República de Bulgaria y con la lucha contra la discriminación racial:
- Ley de amnistía y exención del cumplimiento de las penas de prisión impuestas (Gaceta del Estado Nº 6, 19 de enero de 1990);
- Ley de asambleas, reuniones y manifestaciones (Gaceta del Estado Nº 10, 2 de febrero de 1990);
- Ley sobre los nombres de los ciudadanos búlgaros (Gaceta del Estado Nº 20, 9 de marzo de 1990, y texto enmendado, en el Nº 94 de 1990);
- Ley de partidos políticos (Gaceta del Estado Nº 29, 10 de abril de 1990, y texto enmendado, en los Nos. 87, de 1990 y 89 de 1990;
- Ley de amnistía y restitución de bienes secuestrados (Gaceta del Estado Nº 1, 4 de enero de 1991);
- Ley de reivindicaciones políticas y civiles de las personas reprimidas (perseguidas) (Gaceta del Estado Nº 50, 25 de junio de 1991, y texto enmendado, en el Nº 52 de 1994);
- Ley sobre el restablecimiento de los derechos de propiedad y la restitución de bienes raíces a los ciudadanos búlgaros de origen turco que solicitaron autorización para trasladarse a la República de Turquía y otros países durante el período comprendido entre mayo y septiembre de 1989 (Gaceta del Estado Nº 66, 14 de agosto de 1992);
- Ley de propiedad y uso de tierras agrícolas (Gaceta del Estado Nº 17, 1º de marzo de 1991, con las enmiendas introducidas posteriormente; texto más reciente reproducido en el Nº 60 de 1995);
- Ley del comercio (Gaceta del Estado Nº 48, 18 de junio de 1991, con las enmiendas introducidas posteriormente; texto más reciente reproducido en el Nº 63 de 1995);
- Ley de patentes (Gaceta del Estado Nº 27, 2 abril de 1992);
- Ley de transformación y privatización de las empresas y compañías estatales y municipales (Gaceta del Estado Nº 38, 8 de mayo de 1992, y texto con las enmiendas y adiciones, en los Nos. 51 de 1994 y 45, 57 y 109 de 1995);
- Ley sobre los derechos de autor y vecindad (Gaceta del Estado Nº 56, 29 de junio de 1993, y texto enmendado, en el Nº 63 de 1994);
- Ley de enseñanza superior (Gaceta del Estado Nº 112, 27 de diciembre de 1995);
- Ley sobre la defensa y las fuerzas armadas de la República de Bulgaria (Gaceta del Estado Nº 112, 27 de diciembre de 1995);
- Ley de protección, rehabilitación e integración social de los discapacitados (Gaceta del Estado Nº 112, 27 de diciembre de 1995).
10. Se han introducido importantes enmiendas en el Código del Trabajo, la Ley de pasaportes, la Ley de salud pública, la Ley de herencia, la Ley de prestaciones y pensiones de jubilación, el Código Penal, etc. También se han aprobado numerosos reglamentos administrativos que desarrollan las disposiciones de las leyes mencionadas.
11. En junio de 1994 el Parlamento aprobó una ley de reforma de la judicatura, que define la estructura y funciones de los tribunales, incluidos el Tribunal Supremo de Casación y el Tribunal Supremo Administrativo) de conformidad con los artículos 124 y 125 de la Constitución). Estas dos instituciones que, según dispone la Constitución, estarán facultadas para ejercer "la supervisión judicial suprema de la aplicación precisa e igual de la ley por todos los tribunales" (Tribunal Supremo de Casación) y "la supervisión judicial suprema de la aplicación precisa e igual de la ley en la justicia administrativa" (Tribunal Supremo Administrativo), aún no se han establecido.
12. La República de Bulgaria hizo también la declaración prevista en el artículo 14 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, por la que reconoce la competencia del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial "para recibir y examinar comunicaciones de personas o grupos de personas comprendidas dentro de su jurisdicción, que alegaren ser víctimas de violaciones, por parte de ese Estado, de cualquiera de los derechos estipulados en la presente Convención". Asimismo ha hecho declaraciones similares con arreglo al artículo 41 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y los artículos 21 y 22 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Esas declaraciones se aprobaron en virtud de la Ley de retirada de reservas y aprobación de las declaraciones previstas en los tratados internacionales (Gaceta del Estado Nº 30, 9 de abril de 1993).
13. La República de Bulgaria ratificó el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en 1991 (Gaceta del Estado Nº 103, 24 de diciembre de 1991).
14. Por lo que se refiere a las reservas formuladas originalmente al artículo 22 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y a otros tratados internacionales y regionales, la República de Bulgaria aprobó la Ley de adopción de una declaración por la que se reconoce la competencia de la Corte Internacional de Justicia y se retiran las reservas formuladas a los artículos pertinentes de esos instrumentos (Gaceta del Estado Nº 4, 19 de mayo de 1992).
15. La República de Bulgaria fue admitida como miembro de pleno derecho del Consejo de Europa en mayo de 1992. El 31 de julio de 1992 ratificó el Convenio europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales y su Primer Protocolo. Mediante la aprobación de una ley especial, suscribió una declaración por la que reconoce la competencia de la Comisión Europea de Derechos Humanos y la jurisdicción del Tribunal Europeo de Derechos Humanos para conocer de comunicaciones de personas físicas, organizaciones no gubernamentales o grupos de particulares que se consideren víctimas de una violación de los derechos reconocidos en el Convenio Europeo (Gaceta del Estado Nº 66, 14 de agosto de 1992). La República de Bulgaria ha ratificado también la Convención Europea sobre la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Inhumanos o Degradantes.
II. INFORMACION RELATIVA A LOS ARTICULOS 2 A 7 DE
LA CONVENCION INTERNACIONAL
Artículo 2
16. El artículo 6 de la Constitución ofrece una base jurídica sólida e instrucciones para la aplicación de este artículo, al proclamar que todos los ciudadanos de la República de Bulgaria son iguales ante la ley y que no habrá restricciones de derechos ni privilegios por motivos de raza, nacionalidad, origen étnico, sexo, linaje, religión, educación, convicciones, afiliación política, condición personal y social o posición económica. La legislación, que incluye las leyes mencionadas en el párrafo 9 supra, regula el respeto y la observancia de todos los derechos humanos y libertades fundamentales.
17. La sección especial del Código Penal, el capítulo III titulado "Delitos contra los derechos de los ciudadanos", contiene un subcapítulo especial I titulado "Delitos contra la igualdad nacional y racial". El artículo 162 prevé penas de 3 a 6 años de prisión, y el artículo 163 de hasta 15 años por los ataques dirigidos a ciudadanos o grupos de ciudadanos o a bienes de su propiedad por motivos de nacionalidad o raza, por la propagación o incitación al odio racial o nacional o a la discriminación racial o por la creación, dirección o pertenencia a cualquier organización o grupo que persiga tales objetivos.
18. Se ha enmendado el artículo 172 del Código Penal a fin de que la creación intencional de obstáculos destinados a impedir a los ciudadanos el acceso a un empleo o a obligarlos a abandonar el que tienen a causa de su origen racial se considere delito contra los derechos laborales de los ciudadanos.
19. Se han introducido diversas enmiendas y adiciones en la legislación penal relativa a la protección de los derechos humanos contra las manifestaciones de discriminación racial. Se ha incluido un nuevo artículo en el Código Penal, el artículo 169 b), que sanciona las acciones u omisiones que impidan a una o varias personas ejercer los derechos políticos garantizados por la Constitución. Al mismo tiempo, diversos actos significados como delito antes de los grandes cambios del 10 de noviembre de 1989, han sido despenalizados, restableciéndose así el ejercicio de ciertos derechos civiles y políticos de los ciudadanos. Varios artículos del Código Penal (capítulo VIII, titulado "Delitos contra las actividades de los órganos del Estado y las organizaciones públicas", subcapítulo 1, titulado "Delitos contra órdenes del Gobierno"), han sido derogados: el artículo 273, que castigaba con penas de hasta dos años de prisión o trabajos forzados la difusión intencional de declaraciones falsas, la creación de desconfianza en el Gobierno o la propagación de alarma social; el artículo 280, que preveía hasta tres años de prisión y multa para los ciudadanos búlgaros que habiendo salido legalmente del país no hubiesen regresado sin razones válidas; el artículo 281, que imponía hasta un año de prisión o trabajos forzados a cualquier ciudadano búlgaro que hubiese salido del país como integrante de un grupo organizado oficialmente y que no hubiese regresado.
20. Diversas leyes, como la Ley sobre los nombres de los ciudadanos búlgaros, la Ley de amnistía y restitución de bienes secuestrados y la Ley sobre el restablecimiento de los derechos de propiedad y la restitución de bienes raíces a los ciudadanos búlgaros de origen turco que solicitaron autorización para trasladarse a la República de Turquía y otros países durante el período comprendido entre mayo y septiembre de 1989, crearon las garantías jurídicas para el restablecimiento y la protección de los derechos de los ciudadanos búlgaros de origen turco.
21. Se han establecido diferentes instituciones que contribuyen directa o indirectamente al ejercicio y protección de los derechos humanos básicos y la lucha contra la discriminación racial. Cabe destacar el Tribunal Constitucional, la Comisión Parlamentaria de Derechos Humanos y Confesiones Religiosas, la Comisión Parlamentaria de Educación, Ciencia y Cultura y el Consejo Nacional de Problemas Sociales y Demográficos, que es un órgano del Consejo de Ministros. La Policía Nacional, la Oficina Central de lucha contra la Delincuencia Organizada y otras instituciones tienen también atribuciones para defender los derechos humanos básicos y las libertades fundamentales. El Presidente de la República cuenta con un asesor especial sobre cuestiones étnicas que coopera con los poderes ejecutivo, legislativo y judicial y también con las organizaciones no gubernamentales. A escala local, los alcaldes y asesores municipales se encargan de reprimir la discriminación y la intolerancia. También hay organizaciones benévolas de diferentes grupos étnicos que, al margen de sus actividades culturales y educativas, se dedican a proteger los derechos humanos y luchar contra la discriminación racial. Varias organizaciones no gubernamentales centran sus actividades exclusivamente en los derechos humanos: el Comité Búlgaro de Helsinki, Helsinki Watch, el Comité de Derechos Humanos, el Centro Internacional sobre Problemas de las Minorías y Relaciones Culturales, el Comité para la Protección de los Derechos de las Minorías, etc.
22. A nivel nacional y local está en curso un proceso encaminado a modificar, complementar y derogar las leyes y actos normativos que de alguna forma puedan servir de base para la discriminación.
23. La eliminación de todas las formas y manifestaciones de discriminación racial en la República de Bulgaria es un objetivo que ocupa una parte importante de las actividades de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial. A pesar de ello, sigue habiendo algunas manifestaciones de discriminación racial en el país, que afectan particularmente a los ciudadanos búlgaros de origen romaní. Se requieren esfuerzos más concertados y medidas más eficaces para extirpar esta forma de discriminación y prevenir su reaparición.
24. Aunque las autoridades hacen todo lo posible por garantizar a los ciudadanos búlgaros sus derechos y libertades y su integración en la sociedad, sin distinción de raza, nacionalidad u origen étnico, la eliminación de las barreras existentes entre el componente básico del pueblo búlgaro y los ciudadanos búlgaros de distintos orígenes étnicos ha resultado ser una empresa difícil, por lo que se están intensificando los esfuerzos por completarla.
Artículo 3
25. La República de Bulgaria condena categóricamente la segregación racial y el apartheid, ya sea como manifestaciones aisladas o como política oficial del Estado. En tanto que parte en la Convención Internacional, la República de Bulgaria ha condenado, como cuestión de principio, la política del apartheid aplicada por la República de Sudáfrica durante muchos años. En este sentido, ha celebrado sinceramente los cambios y reformas decisivas que se han producido en la República de Sudáfrica en los últimos años, y que han puesto fin a la política de apartheid del Estado. Actualmente la República de Bulgaria mantiene relaciones normales con la República de Sudáfrica, ya sean diplomáticas, económicas o de otro tipo.
26. La República de Bulgaria ha ratificado la Convención Internacional sobre la Represión y el Castigo del Crimen de Apartheid y la Convención Internacional contra el Apartheid en los Deportes. Bulgaria apoyó la Declaración sobre los principios fundamentales relativos a la contribución de los medios de comunicación de masas al fortalecimiento de la paz y la comprensión internacional, a la promoción de los derechos humanos y a la lucha contra el racismo, el apartheid y la incitación a la guerra, proclamada el 28 de noviembre de 1978 en la vigésima reunión de la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, celebrada en París.
27. El artículo 417 del Código Penal de Bulgaria, conjuntamente con los incisos i) y ii) del apartado a) del artículo II de la Convención Internacional sobre la Represión y el Castigo del Crimen de Apartheid, prevé una pena de 10 a 20 años de prisión o la pena capital para toda persona que haya sido condenada por un tribunal de justicia por oprimir sistemáticamente a una raza o a un grupo de personas.
28. El artículo 418 del Código Penal prevé una pena de 5 a 15 años de prisión para quien, en el sentido del artículo 417 del Código Penal, haya cometido los siguientes delitos:
a) detención ilegal de miembros de una raza o un grupo y sometimiento de esas personas a trabajo forzoso (en el sentido del inciso iii) del apartado a) y el apartado e) del artículo II de la Convención Internacional sobre la Represión y el Castigo del Crimen de Apartheid;
b) adopción de medidas para impedir a los miembros de una raza o grupo de personas participar en la vida política, social, económica y cultural del país, y creación deliberada de obstáculos para el desarrollo de ese grupo racial de personas, en especial denegando a sus miembros los derechos humanos básicos y las libertades fundamentales como ciudadanos (en el sentido del apartado c) del artículo II de la Convención Internacional sobre la Represión y el Castigo del Crimen de Apartheid);
c) adopción de medidas para dividir a la población según criterios raciales, creando reservas y guetos separados, prohibiendo los matrimonios mixtos entre miembros de distintos grupos raciales y privándolos de la posesión de sus bienes raíces (en el sentido del apartado d) del artículo II de la Convención Internacional sobre la Represión y el Castigo del Crimen de Apartheid);
d) privación de derechos y libertades fundamentales a organizaciones o personas que se oponen al apartheid (en el sentido del apartado f) del artículo II de la Convención Internacional sobre la Represión y el Castigo del Crimen de Apartheid).
29. El artículo 416 del Código Penal prevé la responsabilidad penal por el delito de genocidio: el párrafo 2 de dicho artículo castiga con la pena de dos a ocho años de prisión a toda persona que planifique un genocidio y el párrafo 3 con la de uno a ocho años a toda persona que incite al genocidio.
30. El artículo 419 del Código Penal establece la responsabilidad penal de toda persona que autorice deliberadamente a sus subordinados a cometer el delito de apartheid, que se considera un crimen contra la paz y la humanidad.
31. En virtud del párrafo 1 del artículo 3 del Código Penal, se reprimirá cualquier crimen de apartheid o delito afín cometido en el territorio de la República de Bulgaria, aun si el perpetrador ha abandonado el país. El párrafo 1 del artículo 4 del Código Penal prevé la responsabilidad penal de todo ciudadano búlgaro que cometa delitos similares en otros países.
32. La legislación búlgara que se ha enmendado con el fin de ajustarla a las normas jurídicas internacionales no prevé la prescripción de los crímenes de genocidio y apartheid.
33. Como Miembro de las Naciones Unidas y de otras organizaciones internacionales, la República de Bulgaria viene contribuyendo activamente a la eliminación del apartheid y el colonialismo desde hace muchos años.
Artículo 4
34. La República de Bulgaria no impugna el carácter obligatorio de los apartados a), b) y c) del artículo 4 y de otras disposiciones análogas de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial.
35. La Constitución y la legislación búlgaras brindan las garantías necesarias para la protección de los derechos humanos y para contrarrestar las formas y manifestaciones de discriminación racial y las ideas y organizaciones racistas y similares. Tanto la Constitución como la legislación nacional han sido adaptadas explícitamente a las disposiciones de los apartados a), b) y c) del artículo 4 de la Convención Internacional. El artículo 6 de la Constitución proclama, en su párrafo 1, "Todas las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos", y en su párrafo 2, "Todos los ciudadanos son iguales ante la ley. No habrá restricciones de derechos ni privilegios basados en la raza, nacionalidad, origen étnico, sexo, linaje, religión, educación, convicciones, afiliación política, condición personal y social o posición económica". El artículo 7 estipula que "El Estado será responsable de los daños causados por actos o acciones ilegítimos de sus órganos y funcionarios".
36. El Código Penal contiene diversas disposiciones que prevén la responsabilidad penal de toda persona u organización cuyas actividades estén comprendidas en el ámbito de los apartados a), b) y c) del artículo 4 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial: en la sección especial del Código Penal, el capítulo III, titulado "Delitos contra los derechos de los ciudadanos", contiene un subcapítulo 1 especial titulado "Delitos contra la igualdad nacional y racial".
37. El artículo 162 del Código Penal dispone:
"1. Toda persona que propague el odio o la enemistad racial o nacional o la discriminación racial, o que incite a ellos, incurrirá en pena de tres años de prisión y amonestación pública.
2. Toda persona que recurra a la violencia contra otra persona o sus bienes por razones de nacionalidad, raza, religión o convicciones políticas, incurrirá en pena de hasta tres años de prisión y amonestación pública.
3. Toda persona que cree o dirija una organización o un grupo que tenga por objeto cometer los mencionados delitos incurrirá en pena de uno a seis años de prisión y amonestación pública.
4. Todo miembro de una organización o grupo de esa naturaleza incurrirá en pena de tres años de prisión y amonestación pública.
5. El tribunal podrá también imponer la pena de destierro por los delitos descritos en los párrafos precedentes."
38. El artículo 163 dispone:
"1. Quienes ataquen en cuadrilla a una persona o a un grupo de personas, o a sus bienes debido a su origen nacional o racial, incurrirán en las siguientes penas:
1) Los instigadores y jefes serán condenados a penas de hasta cinco años de prisión.
2) Los otros miembros de la cuadrilla serán condenados a un año de prisión o trabajos forzados.
2. Si la cuadrilla o algunos de sus miembros están armados, se impondrán las siguientes penas:
1) Los instigadores y jefes serán condenados a penas de uno a seis años de prisión;
2) Los otros miembros de la cuadrilla serán condenados a penas de hasta tres años de prisión;
3. Si la víctima de la agresión resulta muerta o gravemente herida, los instigadores y jefes serán condenados a una pena de 3 a 15 años de prisión y los otros miembros de la cuadrilla a penas de hasta cinco años, si no están sujetos a una pena más grave.
39. El artículo 172 del Código Penal establece lo siguiente:
"1. Toda persona que impida intencionalmente a otra persona acceder a un empleo u obligue a otra persona a abandonar el empleo que tiene por motivos de nacionalidad, raza, religión, origen social, pertenencia o no pertenencia a un partido político, organización, movimiento o coalición política, o a causa de sus convicciones políticas o de otro tipo o de las convicciones de sus familiares, será condenada a pena de hasta tres años de prisión o a multa de hasta 30.000 leva.
2. Todo funcionario público que se abstenga de cumplir una orden o decisión firme que tenga por efecto reintegrar a un trabajador o empleado indebidamente despedido, será condenado a una pena de hasta tres años de prisión.
40. Se han registrado diversos choques por causas étnicas o religiosas. Hace varios años las víctimas de estos conflictos eran ciudadanos vietnamitas que vivían en Bulgaria como trabajadores emigrantes. Las personas de origen étnico romaní también han sido agredidas. En 1994 hubo varias incursiones a barrios habitados por romaníes. La más grave tuvo lugar en febrero en el barrio romaní de la aldea de Dolno Belotintzi. La incursión se debió a que un soldado romaní, que acababa de ser reclutado y había desertado de su unidad, había cometido un homicidio. Los aldeanos se enfurecieron y atacaron repetidamente a unas 20 familias romaníes. Destrozaron sus viviendas y pegaron a los ancianos y a los niños. El fuego dejó una casa en las cuatro paredes.
41. En fecha más reciente, a fines de 1995 y comienzos de 1996, un grupo de jóvenes cometió atentados xenófobos contra personas de distinto origen nacional y étnico. La Oficina de la Policía Nacional informó que unos cabezas rapadas habían atacado a dos diplomáticos de alto rango de la Embajada de la República Popular China en Sofía. Según la policía, esos grupos no estaban organizados. Sin embargo, han sido sometidos a vigilancia policial.
42. Por su parte, los órganos judiciales han adoptado todas las medidas necesarias para eliminar y castigar las manifestaciones de este tipo. No hay incitación al odio ni hostigamiento a escala organizada o masiva entre los distintos grupos étnicos de la población.
43. El Ministerio de Justicia y el Servicio Nacional de Investigación de la República de Bulgaria comunicaron que en el bienio 1994-1995 se registraron cuatro casos comprendidos en el ámbito del párrafo 1 del artículo 162 del Código Penal, a saber, propagación e instigación al odio racial y nacionalista. El Servicio Nacional de Investigación sostuvo que los actos en cuestión apenas constituyeron una amenaza para el orden público, razón por la cual los funcionarios encargados de la investigación y el enjuiciamiento consideraron que las diligencias podían archivarse ya que se trataba más bien de faltas que de delitos. El Ministerio de Justicia informó que en el período 1990-1995 se registraron ocho casos, además de los cuatro señalados, de infracciones comprendidas en el ámbito del artículo 172 del Código Penal. Se pronunciaron ocho sentencias diferentes. Sin embargo, la última investigación realizada por el Ministerio de Justicia permitió establecer posteriormente que esos casos no constituían manifestaciones de discriminación racial.
44. Entre las varias denuncias hechas por particulares ante la Comisión Europea de Derechos Humanos contra el Gobierno de la República de Bulgaria, sólo una alega la discriminación racial. Su autor es un ciudadano búlgaro de origen romaní, menor de edad, que, sin embargo, no ha podido demostrar haber agotado todos los recursos jurídicos para obtener reparación previstos en el sistema judicial búlgaro a fin de que su queja sea juzgada ante un tribunal de justicia en Bulgaria. Sus acusaciones aún no se han fundamentado.
Artículo 5
45. Como se señala en la parte I del presente informe, el capítulo II de la Constitución enuncia los derechos y deberes básicos de los ciudadanos de la República de Bulgaria. Esos derechos coinciden plenamente con los enumerados en el artículo 5 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial. Al redactar la Constitución, la Gran Asamblea Nacional tuvo en cuenta las disposiciones básicas del artículo 5 de la Convención Internacional, reconociendo y garantizando así los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de los ciudadanos de la República de Bulgaria.
46. La Constitución y la nueva legislación, incluidas las enmiendas al Código Penal y al Código de Procedimiento Penal, garantizan la libertad, la igualdad y la dignidad de todas las personas en la República de Bulgaria. Como ya se ha dicho (párr. 35), el párrafo 2 del artículo 6 de la Constitución proclama que todos los ciudadanos son iguales ante la ley y que no habrá restricciones de derechos ni privilegios por motivos de raza, nacionalidad, origen étnico, sexo, linaje, religión, educación, convicciones, afiliación política, condición personal y social o posición económica. La Constitución brinda también garantías en los párrafos 1 y 2 del artículo 37, los párrafos 1 y 2 del artículo 39, el párrafo 2 del artículo 40, el párrafo 2 del artículo 44 y el párrafo 1 del artículo 54.
47. Los artículos 162 y 163 del Código Penal castigan los delitos contra la igualdad nacional y racial, los artículos 164 a 166 los delitos contra la religión, los artículos 167 a 169 los delitos contra los derechos políticos de los ciudadanos, el artículo 172 los delitos contra los derechos económicos y políticos de los ciudadanos y los artículos 416 a 418 los crímenes de genocidio y apartheid.
48. La igualdad de trato ante los tribunales y demás órganos judiciales también está garantizada por diversas leyes, como la Ley sobre los nombres de los ciudadanos búlgaros (1990), la Ley de asambleas, reuniones y manifestaciones (1990), la Ley de partidos políticos (1990), la Ley de reivindicaciones políticas y civiles de las personas reprimidas (perseguidas) (1991), la Ley de enseñanza superior (1995), así como el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal, el Código de Trabajo, etc.
49. El artículo 28 de la Constitución establece que toda persona tiene derecho a la vida y que todo atentado contra la vida humana será castigado como delito de la máxima gravedad. Además, el artículo 29 dispone lo siguiente:
"1. Nadie será sometido a torturas ni a tratos crueles, inhumanos o degradantes, ni a asimilación forzosa.
2. Nadie será sometido sin su consentimiento escrito a experimentos médicos, científicos o de otro tipo."
50. El artículo 30 proclama lo siguiente:
1. Toda persona tiene derecho a la libertad y a la inviolabilidad personales.
2. Nadie será detenido o sometido a inspección, registro, cacheo o cualquier otro acto que atente contra su inviolabilidad personal, salvo en las condiciones y en la forma establecida por la ley.
3. Las autoridades del Estado no podrán detener a un ciudadano sino en los casos de emergencia específicamente previstos por la ley, e informarán inmediatamente a las autoridades judiciales. Estas últimas se pronunciarán, en el plazo de 24 horas, sobre la legalidad de la detención.
4. Toda persona tiene derecho a la asistencia de un abogado desde el momento de su detención o desde el momento en que se le acuse de haber cometido un delito.
5. Toda persona tiene derecho a comunicarse con su abogado en privado. La confidencialidad de esas comunicaciones será inviolable."
51. El artículo 32 proclama lo siguiente:
1. La intimidad de los ciudadanos es inviolable. Toda persona tiene derecho a protección contra cualquier injerencia ilegal en su vida privada o familiar y contra todo ataque a su honor, dignidad y reputación.
2. Nadie podrá ser vigilado, fotografiado, filmado, videograbado, sometido a escucha o a otras medidas similares, sin haber sido previamente informado o a pesar de sus objeciones, salvo en los casos previstos por la Ley."
52. La Constitución y la legislación garantizan los derechos políticos de los ciudadanos y los no ciudadanos en la República de Bulgaria. El párrafo 1 del artículo 42 de la Constitución establece que "todo ciudadano mayor de 18 años, con excepción de los que sean objeto de una interdicción o cumplan una pena de prisión, tienen derecho a votar y elegir los órganos estatales y locales y a tomar parte en referéndums nacionales". El artículo 65 garantiza el derecho de todo ciudadano búlgaro de más de 21 años que no sea objeto de una interdicción o cumpla pena de prisión a ser elegido miembro de la Asamblea Nacional". El párrafo 2 del artículo 93 dispone que "todo ciudadano búlgaro de origen, mayor de 40 años, que posea las calificaciones necesarias para ser elegido miembro de la Asamblea Nacional y haya residido en el país los cinco años inmediatamente precedentes a la elección, puede ser candidato a la Presidencia" (de la República de Bulgaria).
53. El artículo 35 de la Constitución garantiza el derecho de "toda persona a escoger su lugar de residencia, a circular libremente por el territorio del país y a salir del país. Este derecho sólo podrá limitarse en la forma prevista por la ley o por razones de seguridad nacional, salud pública o para proteger los derechos y libertades de los demás ciudadanos". Los ciudadanos búlgaros están autorizados a salir de su país y a regresar sin restricciones. Este derecho es irrevocable.
54. Los párrafos 1 a 6 del artículo 25 de la Constitución tratan del derecho a la ciudadanía: "Es ciudadano búlgaro todo individuo que sea hijo de padre o madre búlgaros, o que haya nacido en el territorio de la República de Bulgaria, a menos que tenga derecho a otra nacionalidad en virtud de su origen. La ciudadanía búlgara también puede adquirirse mediante la nacionalización. Una persona de origen búlgaro adquirirá la ciudadanía búlgara por un procedimiento abreviado. Ningún ciudadano búlgaro de origen será privado de su nacionalidad. Ningún ciudadano de la República de Bulgaria será expatriado o extraditado a otro Estado. Todo ciudadano búlgaro en el extranjero estará bajo la protección de la República de Bulgaria".
55. El artículo 27 de la Constitución trata de los derechos de los extranjeros residentes en la República de Bulgaria:
1. Los extranjeros que residan en el país legalmente no podrán ser expulsados o extraditados a otro Estado contra su voluntad, salvo en los casos previstos por la ley.
2. La República de Bulgaria concederá asilo a los extranjeros perseguidos por sus convicciones o creencias o por sus actividades en defensa de derechos y libertades reconocidos internacionalmente.
3. Las condiciones y procedimientos de obtención del asilo se establecerán por ley."
56. La Ley sobre los extranjeros residentes en la República de Bulgaria y el Reglamento que la desarrolla establecen la condición jurídica y social de los extranjeros residentes en la República de Bulgaria (Gaceta del Estado Nº 93, 28 de noviembre de 1972, con las enmiendas y adiciones posteriores; texto más reciente reproducido en el Nº 27 de 1994). Los ciudadanos extranjeros pueden residir libremente en la República de Bulgaria y gozan de los derechos y deberes reconocidos a los ciudadanos búlgaros por la legislación interna y los instrumentos internacionales en los que la República de Bulgaria es Parte. Si bien no hay restricciones a la elección de lugar de residencia o la libertad de desplazamiento por el país, los ciudadanos extranjeros han de declarar su lugar de residencia en las oficinas de pasaporte del Ministerio del Interior. Deben acatar y respetar las leyes y el orden público de Bulgaria, así como la moral y las tradiciones del pueblo búlgaro.
57. Los ciudadanos extranjeros, incluidos los inmigrantes, no tienen derecho de voto en las elecciones. Tampoco pueden ser candidatos a cargos de representación política. Dado que la legislación búlgara permite la doble nacionalidad, se dan casos de ciudadanos extranjeros que desempeñan cargos políticos.
58. No existe prohibición ni restricción alguna a la constitución de asociaciones de extranjeros e inmigrantes, ni al establecimiento de organizaciones culturales. Tampoco está limitado el derecho de los extranjeros e inmigrantes a organizar sus propias reuniones, asambleas y manifestaciones. Los extranjeros pueden adherirse libremente a cualquier partido político de Bulgaria.
59. Entre 1992 y 1994 el Consejo de Ministros aprobó una serie de actos normativos que establecen la política oficial en materia de refugiados, asilo territorial y migración internacional. En 1993 se creó la Oficina de Asilo Territorial para los Refugiados, encargada de examinar las solicitudes de reconocimiento del estatuto de refugiado y adoptar las decisiones correspondientes. Desde entonces, unas 1.400 personas han solicitado el estatuto de refugiado, pero sólo 80 lo han obtenido.
60. La legislación y las prácticas judiciales y administrativas búlgaras sobre los problemas de los refugiados han adoptado un enfoque humano. Esta puede ser la razón por la que la República de Bulgaria suele ser utilizada por los refugiados procedentes de otros países como lugar de tránsito hacia países de Europa occidental.
61. Los problemas de inmigración con sus complicadas dimensiones políticas, económicas, sociales y humanitarias son relativamente nuevos para la República de Bulgaria, que carece de datos estadísticos suficientes en cuanto a dimensiones, la frecuencia y las formas de esos problemas.
62. Aún no se ha adoptado un concepto o mecanismo gubernamental unificado para inculcar la tolerancia con los problemas de los refugiados y solicitantes de asilo. La investigación científica en esta esfera es incipiente. A comienzos de 1996 un grupo de trabajo integrado por representantes de diversos ministerios y departamentos empezó a trabajar en la concepción de un sistema jurídico amplio para hacer frente a los problemas de los extranjeros residentes en la República de Bulgaria.
63. El Ministerio del Interior informó que al 31 de diciembre de 1995 había 34.693 extranjeros inscritos como residentes permanentes en la República de Bulgaria y 40.838 extranjeros con permisos de residencia temporal. Según el Ministerio, no existen conflictos ni problemas recurrentes, si bien hubo algunos casos de extranjeros que sufrieron actos no organizados y esporádicos de discriminación racial y xenofobia.
64. No se imponen limitaciones a los ciudadanos búlgaros por razón de pertenencia étnica, religiosa o racial a la hora de ocupar puestos en la función pública o en el Gobierno. Sin embargo, con arreglo a la Constitución, para desempeñar ciertos altos cargos de gobierno ya mencionados en el presente informe, se requiere que los candidatos sólo posean la nacionalidad búlgara. Tal es el caso del Presidente de la República, el Primer Ministro, los miembros del Gabinete y los miembros de la Asamblea Nacional. Ello significa que los candidatos a esos puestos sólo podrán ocuparlos previa renuncia a su nacionalidad extranjera. Lo mismo se aplica a los alcaldes, gobernadores de distrito, jueces, fiscales, magistrados investigadores, abogados, al personal del Ministerio del Interior y a los militares.
65. Hubo dos casos en que la Constitución pudo haber sido infringida. A fines de 1992 la Asamblea Nacional aprobó una moción de censura contra el Gobierno de la Unión de Fuerzas Democráticas, y el Presidente de la República encargó al Partido Socialista Búlgaro la designación de un candidato al puesto de Primer Ministro. El candidato designado por el Partido Socialista resultó tener doble nacionalidad, pese a su afirmación de que había renunciado oficialmente a su nacionalidad extranjera. El Presidente le retiró inmediatamente el mandato. El 18 de diciembre de 1994 se celebraron en Bulgaria elecciones parlamentarias generales. Entre los miembros electos estaba el Presidente del Bloque Empresarial Búlgaro. El Tribunal Constitucional anuló su elección por el hecho de que durante la campaña electoral y el mismo día de las elecciones esa persona poseía también una doble nacionalidad.
66. El artículo 46 de la Constitución, el artículo 7 del Código de la Familia y el artículo 96 de la Ley de personas y familia garantizan el derecho al matrimonio y la libertad de elección del cónyuge: "El matrimonio es una unión libre entre un hombre y una mujer. Sólo el matrimonio civil tiene fuerza legal. Los cónyuges tienen los mismos derechos y obligaciones en el matrimonio y la familia". Los ciudadanos búlgaros suelen seguir la costumbre generalizada de combinar el matrimonio civil con el religioso. El Código Penal (arts. 177 y 178) establece sanciones para las personas que violen el principio del libre consentimiento de los cónyuges en el matrimonio.
67. La Constitución (art. 17, párrs. 1, 2, 4 y 5), así como diversas leyes y el Código de Procedimiento Civil, reconocen el derecho de propiedad colectiva, al igual que el derecho de sucesión. El párrafo 3 del artículo 17 proclama que la propiedad privada será inviolable.
68. El derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión está garantizado por el artículo 37 de la Constitución:
"1. La libertad de conciencia, de pensamiento y de religión son inviolables. El Estado contribuirá a mantener la tolerancia y el respeto entre los creyentes de diferentes confesiones religiosas, así como entre creyentes y no creyentes.
2. La libertad de conciencia y de religión no estará dirigida contra la seguridad nacional, el orden público, la salud pública o la moral ni contra los derechos y libertades de los demás ciudadanos."
Desde el 10 de noviembre de 1989 estos derechos y libertades están plenamente reconocidos y son ejercidos por todos sin restricciones.
69. Según el censo de 1992 hay las siguientes comunidades religiosas:
Ortodoxos orientales búlgaros | |
| |
| |
| |
Iglesia armenia gregoriana | |
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El 86% de los ciudadanos búlgaros afirma pertenecer a la Iglesia ortodoxa oriental, el 0,6% son católicos y el 0,2% pertenecen a diferentes iglesias protestantes; el 13,1% son musulmanes, de los que el 12,1% son sunitas y el 1,0% chiítas. La pertenencia étnica de los cristianos es diversa: búlgaros, romaníes, rusos, armenios, griegos, valacos, karakachanos, gagaucíes, etc. Lo mismo cabe decir de los musulmanes. Entre ellos hay turcos búlgaros, musulmanes de etnia búlgara (pomacos), romaníes, tártaros, etc. El 97,9% de la población de etnia búlgara son cristianos y el 1,2% musulmanes. El 98,9% de los búlgaros de etnia turca son musulmanes, el 1,0% es cristiano y el 0,1% pertenece a otras confesiones religiosas. El 60,0% de los romaníes búlgaros son cristianos, el 39,4% musulmanes y el 0,6% pertenece a otras religiones.
70. Además de los grupos étnicos mencionados (búlgaros, turcos, romaníes), el 55,3% de los ciudadanos búlgaros que pertenecen a otros grupos étnicos son musulmanes, el 40,2% cristianos y el 4,5% de otras confesiones religiosas.
71. La libertad de opinión y de expresión están garantizadas por los artículos 38 y 39 de la Constitución:
"Artículo 38. Nadie podrá ser perseguido ni sus derechos limitados a causa de sus convicciones, ni obligado a informar sobre sus convicciones o las de otra persona.
Artículo 39. 1) Toda persona tiene derecho a expresar su opinión y difundirla con palabras, verbalmente o por escrito, mediando sonidos o imágenes o de cualquier otra forma. 2) Este derecho no se ejercerá en detrimento de los derechos y la reputación de terceros ni para incitar a un cambio violento del orden constitucional establecido, a la comisión de delitos ni al odio o la violencia contra seres humanos.
72. La libertad de reunión y asociación pacíficas están garantizadas por los artículos 43 y 44 de la Constitución, excepto en los casos previstos en el párrafo 2 del artículo 44, citado supra, que prohíbe las organizaciones que realicen actividades contra la soberanía nacional, la integridad territorial del país o la unidad de la nación o que fomenten el odio racial, nacionalista, étnico o religioso y violen los derechos y libertades de los ciudadanos, así como las organizaciones que creen estructuras clandestinas o paramilitares con el fin de alcanzar sus objetivos mediante la violencia.
73. En diversos casos los tribunales han denegado la inscripción de algunos partidos políticos y organizaciones en virtud del mencionado artículo de la Constitución. Desde 1990 los tribunales han rechazado en varias ocasiones la inscripción del partido "Ilinden", aduciendo que propaga ideas separatistas. En 1990 se rechazó la inscripción de un partido romaní, con el argumento de que su creación obedecía a razones étnicas. También se denegó la inscripción del Partido Demócrata Turco, que se escindió del Movimiento por los Derechos y Libertades. Sin embargo, el Movimiento Pomaco (musulmanes de origen búlgaro) fue inscrito en 1994 sin oposición alguna. En 1991 se cuestionó la legalidad del Movimiento por los Derechos y Libertades con el pretexto de que era un partido étnico de ciudadanos búlgaros de origen turco. Sin embargo, en su decisión Nº 4, de 21 de abril de 1992, el Tribunal Constitucional resolvió que el Movimiento por los Derechos y Libertades tenía un estatuto jurídico que no contravenía el párrafo 4 del artículo 11 de la Constitución, por lo que podía participar con plenitud de derechos en la vida política del país.
74. La legislación y la Constitución de Bulgaria garantizan también los derechos económicos, sociales y culturales de los ciudadanos búlgaros. Se garantizan a todos, sin distinción por motivos de raza, nacionalidad, origen étnico, sexo, creencias y convicciones religiosas o de otro tipo, o ciudadanía, el derecho al trabajo, la libre elección de la profesión y el lugar de trabajo, la protección contra el desempleo, la igualdad de salario por trabajo de igual valor, una remuneración justa, la seguridad social, así como el derecho de huelga en defensa de los intereses económicos y sociales colectivos. Estos derechos están explícitamente reconocidos en la Constitución (arts. 48, 49, 50 y 51), la Ley de Salud Pública, el Código del Trabajo (arts. 1 párr. 2, 8 párr. 3 y 325), la Ley sobre los extranjeros residentes en la República de Bulgaria y el Reglamento que establece el procedimiento para la concesión de permisos de trabajo a los extranjeros, el Código Penal (art. 172, párr. 1), así como en medidas concretas del Ministerio de Trabajo y Asistencia Social, en particular la Oficina Nacional de Empleo del Ministerio, y en los decretos normativos del Consejo de Ministros Nos. 57 de 1989, 102 de 1990, 110 de 1991, 61, 135 y 209 de 1992, 149 de 1993, y 270 de 1994, en los que se abordan problemas urgentes de empleo y desempleo, la reorientación del mercado de trabajo y el uso eficaz de la mano de obra despedida y las obligaciones de los empleadores y el Estado en su lucha contra el desempleo.
75. La base jurídica de la garantía del derecho al trabajo está consagrada en el artículo 48 de la Constitución. A diferencia de la Constitución de 1971, que reconocía el derecho al trabajo a la vez que imponía a los ciudadanos aptos la obligación de trabajar, la Constitución actual proclama la obligación del Estado de ayudar a ejercer el derecho al trabajo con la libre elección del lugar e índole del trabajo. La Ley fundamental que trata de las relaciones laborales y el ejercicio del derecho a trabajar es el Código del Trabajo, en el que en 1992 se introdujeron enmiendas de fondo. La idea fundamental del párrafo 2 del artículo 1 del Código del Trabajo es "asegurar la libertad y la protección del trabajo, así como unas condiciones de trabajo justas y dignas". Esta idea se pone en práctica velando por que las partes puedan establecer e interrumpir libremente sus relaciones de empleo; las condiciones de trabajo se determinan también sobre la base de los requisitos mínimos establecidos en el Código del Trabajo. Reviste particular importancia la enmienda que prevé la defensa jurídica de los derechos laborales de los ciudadanos.
76. Por lo que se refiere a las relaciones y obligaciones laborales, el párrafo 3 del artículo 8 del Código del Trabajo no permite discriminación alguna, ni privilegios o restricciones por motivos de nacionalidad, origen, sexo, raza, filiación política o convicciones religiosas, pertenencia a un sindicato o a otras organizaciones y movimientos no gubernamentales, o situación social o material.
77. Diversos actos normativos del Consejo de Ministros tienen por objeto regular el mercado de trabajo y crear los instrumentos básicos que permitan al Estado ayudar a los ciudadanos a ejercer su derecho a trabajar en situaciones de desempleo: inscripción de los parados en las oficinas de empleo, información sobre los puestos de trabajo vacantes y posibilidades de formación y readiestramiento profesional, reorientación hacia puestos vacantes, etc. Tales instrumentos están a disposición de todos los ciudadanos búlgaros, cualquiera que sea su origen étnico, raza, sexo, religión, situación social o material. El Estado aplica activamente una política destinada a conseguir la integración social y económica de los grupos desfavorecidos en el mercado de trabajo.
78. El derecho de los ciudadanos a recibir formación profesional está garantizado por el párrafo 6 del artículo 53 de la Constitución y los artículos 229 a 237 del Código del Trabajo. El Decreto Nº 57 (1989) del Consejo de Ministros regula la reorientación del mercado de trabajo y el empleo eficaz de los trabajadores despedidos.
79. Desde que comenzaron las reformas políticas y económicas, el desempleo en Bulgaria ha adquirido dimensiones sin precedentes. En 1992, cuando se realizó el censo, el desempleo afectaba al 16,4% de la población activa; en 1993 la tasa de desempleo alcanzó el 21,4%, pero en octubre de 1995 se había reducido al 14,7%. El Instituto Nacional de Estadística comunicó que de las 3.932.488 personas aptas para el trabajo, 520.800 estaban desempleadas. Desafortunadamente, esta reducción no es una tendencia constante. El desempleo sigue siendo uno de los problemas más graves, particularmente si se tiene en cuenta que los jóvenes con formación universitaria y estudios secundarios constituyen un número alarmante de desempleados, aunque el mayor número se encuentra entre la mano de obra menos calificada y no calificada. Según datos del Instituto Nacional de Estadística, en octubre de 1995 en el grupo de edad de 15 a 19 años el 56,8% de las personas estaban desempleadas, en el grupo de edad de 20 a 24 años lo estaban el 32,7% y en el grupo de edad de 25 a 29 años el 17,3%.
80. Ya se han adoptado diversas medidas concretas de formación y adiestramiento profesional de los trabajadores y empleados despedidos. Entre ellas figura el Programa de Educación, Capacitación y Empleo aprobado por Decreto Nº 277 del Consejo de Ministros, de 1993. El objetivo básico es mejorar las calificaciones profesionales de la mano de obra en las regiones de pertenencia étnica mixta y garantizar el empleo en las zonas donde la mano de obra se caracteriza por un bajo nivel de educación y capacitación, donde el desempleo es superior a la media del país y donde hay una considerable concentración de población romaní. El principio básico de este programa es la igualdad de acceso al mercado de trabajo de todos los ciudadanos búlgaros, sin distinción de edad, sexo u origen étnico. Las personas desempleadas reciben formación y readiestramiento profesional en cursos gratuitos que les permiten mejorar sus conocimientos, aprender nuevos oficios y aumentar sus aptitudes profesionales. Con miras a mejorar las calificaciones y la competitividad de esas personas, el Ministerio de Trabajo y Asistencia Social, en cooperación con la Fundación Social Romaní, la Confederación del Trabajo Podkrepa y la Confederación de Sindicatos Independientes, preparó este Programa, que incluye los siguientes módulos:
1. Información, análisis estadístico e investigación sociológica del desempleo.
2. Clases de alfabetización y enseñanza primaria.
3. Formación y reciclaje.
4. Creación de nuevos empleos y orientación hacia el mercado de trabajo de los egresados de cursos de formación y recapacitación.
5. Creación de empleos temporales.
81. En 1993-1994 el Programa se ensayó como proyecto piloto en el distrito de Stolipino, en Plovdiv. Fue financiado por el Fondo de Formación, Readiestramiento Profesional y Desempleo del Ministerio de Trabajo y Asistencia Social, que asignó la suma de 3.251.500 leva, por el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, que aprobó 25.000 leva, y el municipio de la ciudad de Plovdiv, que concedió 67.880 leva. En 1993-1994, 45 romaníes asistieron a las clases de enseñanza primaria para adultos aprobadas por el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología. También había clases vespertinas de enseñanza primaria para los desempleados que habían llegado al séptimo grado de escolaridad, a las que se habían inscrito 35 romaníes. Cincuenta y cinco romaníes desempleados asistieron a las clases de formación y reciclaje del módulo 3 del Programa. Se ha pedido al Fondo Social del Consejo de Europa, al Fondo del Programa PHARE de la Unión Europea y el Programa LIEN que aporten fondos adicionales para el módulo 4, pero lamentablemente no se ha recibido cantidad alguna. En total, 490 personas han sido empleadas temporalmente en el marco del módulo 5.
82. En 1995 se inició un programa para los desempleados romaníes en la región de Pazardjik; 113 romaníes desocupados terminaron las clases de alfabetización y obtuvieron el certificado de enseñanza primaria (módulo 2), mientras que 20 terminaron el curso del módulo 3 de formación y reciclaje. El Fondo de Formación, Readiestramiento Profesional y Desempleo del Ministerio de Trabajo y Asistencia Social invirtió 1.676.000 leva en los dos módulos.
83. En las ciudades de Vidin, Isperikh, Lom, Haskovo y Sliven se ha aplicado un programa titulado De la asistencia social al empleo, destinado únicamente a desempleados que se beneficiaban de prestaciones de la asistencia social. Se proyecta extender el programa a otras regiones. También hay otro proyecto, titulado Programa Nacional para el Empleo de los Jóvenes, que tiene por objeto elevar las aptitudes profesionales y reciclar a los jóvenes especialistas y trabajadores calificados de las empresas que se vayan a reestructurar o clausurar en virtud de las reformas económicas. El mismo programa se utiliza para impartir enseñanza elemental y primaria a los jóvenes no calificados y para formar y reorientar a los que han cursado estudios secundarios o universitarios. En el marco de este programa también se enseña a los jóvenes a establecerse por cuenta propia.
84. Como ya se ha dicho, los ciudadanos búlgaros son libres de asociarse (artículo 44 de la Constitución). Esta libertad se concreta en el derecho de los trabajadores y empleados a constituir sus propios sindicatos (artículo 49 de la Constitución). Asimismo, el Código del Trabajo garantiza este principio al establecer en el párrafo 1 del artículo 4 y el párrafo 1 del artículo 33 que "los ciudadanos son libres de asociarse en sindicatos para expresar y defender sus intereses en la esfera del empleo". El párrafo 2 del artículo 33 dispone que los sindicatos y asociaciones son organizaciones voluntarias que reúnen a los trabajadores, con independencia de sus opiniones políticas, nacionalidad, raza, sexo, religión, posición económica o condición social u oficial.
85. En la República de Bulgaria los sindicatos llevan a cabo sus actividades de acuerdo con sus estatutos. Son totalmente independientes del Estado y de los empleadores. Así lo confirma también el hecho de que un sindicato se convierte en persona jurídica el mismo día de su creación, sin necesidad de inscripción en un registro o de la aprobación de las autoridades oficiales. Con posterioridad a 1989, se han eliminado de los estatutos sindicales ciertas funciones incompatibles con la actividad sindical, como la presentación de proyectos de ley ante el Parlamento, el control sindical de la aplicación de la legislación laboral, o la participación en la elaboración de esa legislación y su aplicación. En la República de Bulgaria hay varios sindicatos:
- la Confederación de Sindicatos Independientes (CSI), establecida en 1994;
- la Confederación del Trabajo Podkrepa, establecida en 1993;
- la Asociación de Sindicatos Libres en Bulgaria y Sede de los Sindicatos Sectoriales, establecida en 1994;
- la Alianza de Sindicatos Democráticos, establecida en 1994;
- el Sindicato Popular Unitario, establecido en 1993.
86. La Constitución y la legislación garantizan a todas las personas sin distinción por motivos de origen nacional o étnico, raza, sexo, etc., los derechos al trabajo, a la atención médica y a la seguridad social. Esta garantía se refleja en los artículos 48, 51 y 52 de la Constitución, así como en la Ley de salud pública, el Código del Trabajo, el Decreto Nº 3 sobre el tratamiento médico de los ciudadanos extranjeros, el Reglamento para la concesión de permisos de trabajo a los extranjeros, la Ley sobre los extranjeros residentes en la República de Bulgaria, etc.
87. La Constitución (art. 53) garantiza el derecho de todas las personas a la educación, sin distinción por motivos de origen nacional o étnico, raza, sexo, etc. Según este artículo, la escolaridad es obligatoria hasta los 16 años, la enseñanza primaria y secundaria es gratuita en las escuelas estatales y municipales, e incluso en las universidades estatales en ciertas condiciones, las universidades son académicamente autónomas, los ciudadanos y organizaciones pueden abrir escuelas conforme al procedimiento establecido por la ley, los programas de estudios deben corresponder a los requisitos del Estado, el Estado promueve la educación y crea y financia escuelas, presta asistencia a los alumnos y estudiantes con talento, crea condiciones para la formación y adiestramiento profesional y supervisa todos los tipos y niveles de escuelas.
88. El idioma búlgaro es obligatorio en las escuelas, porque el artículo 3 de la Constitución proclama que es el idioma oficial de la República. El artículo 36 en su párrafo 1 establece que "el estudio y el uso del búlgaro constituirán un derecho y una obligación de todo ciudadano búlgaro", y en su párrafo 2 que "los ciudadanos cuya lengua materna no sea el búlgaro tendrán derecho a estudiar y utilizar su lengua materna junto con el estudio obligatorio del búlgaro". El párrafo 2 del artículo 8 de la Ley de educación nacional, así como el Decreto Nº 223 del Consejo de Ministros, de 1992, establecen las disposiciones prácticas para el estudio del idioma materno en las escuelas municipales. La Ley de educación nacional y su Reglamento (Gaceta del Estado Nº 3, 10 de enero de 1995) y la Ley de enseñanza superior prohíben explícitamente toda restricción o privilegio basado en el origen nacional o étnico, la raza, el sexo, la religión, la posición económica o la condición social. Está prohibido enseñar en las escuelas doctrinas ideológicas o religiosas. Los profesores reciben instrucciones estrictas de no menoscabar los derechos humanos y civiles de los alumnos, no degradar su dignidad personal y no recurrir a castigos corporales ni a acosos psicológicos.
89. Los idiomas de los diferentes grupos étnicos se utilizan libremente en el seno de la familia y la sociedad, así como en las festividades culturales y religiosas. El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología utiliza libros de texto publicados en esos idiomas. También usa libros de texto importados de otros países. En las escuelas municipales, desde el primer grado hasta el octavo grado, se imparten cuatro horas a la semana de clases del idioma materno. La enseñanza del idioma materno está regulada por la Ley de educación nacional, el Decreto del Consejo de Ministros Nº 183, de 5 de septiembre de 1994 (Gaceta del Estado, 9 de septiembre de 1994), la Instrucción Nº 4 del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, de 27 de octubre de 1994, y las Instrucciones para organizar el funcionamiento de las escuelas generales (Sofía, 1995).
Enseñanza de la lengua materna
| . | Hebreo | Armenio | Romaní | Turco |
| Número de profesores | 17 | 18 | 10 | 844 |
| Número de alumnos | 1 690 | 968 | 499 | 46 403 |
Según datos oficiales suministrados por el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, su personal y las oficinas de inspección regionales comprenden también funcionarios pertenecientes a diferentes grupos étnicos.
Grupo étnico | Número de personas | Cargo |
| Turco | 1 | inspector jefe |
| . | 5 | expertos |
| Romaní | 1 | experto |
| Judío | 1 | experto |
| Armenio | 1 | jefe de departamento |
| . | 1 | experto |
90. El último censo de población (el 15º) de la República de Bulgaria se concluyó el 4 de diciembre de 1992. Los datos e informaciones finales se publicaron en ocho volúmenes referentes a la población y tres volúmenes referentes a las condiciones de vivienda.
91. La terminología básica utilizada por el Instituto Nacional de Estadística para determinar la composición étnica y demográfica de la población búlgara en el censo incluía el grupo étnico, el idioma materno y la religión. Según la definición aceptada por el Instituto Nacional de Estadística, un grupo étnico es "una comunidad de personas relacionadas por su origen e idioma que tienen un estilo de vida y una cultura comunes". El censo se hizo siguiendo la metodología de las Naciones Unidas y las recomendaciones de organizaciones internacionales de estadística que regulan los principios, objetivos y finalidades de los censos. No contienen una definición precisa de la expresión "grupo étnico". Por esta razón la expresión utilizada en la República de Bulgaria es más bien amplia. Se acepta en general que la conciencia de pertenecer a un grupo étnico particular deriva de la comunidad de idioma, religión, estilo de vida, costumbres y tradiciones, destino histórico, etc. El principio aplicado en este caso particular, que resultó decisivo, fue la declaración personal o autoidentificación del individuo. En el formulario del censo preparado por el Instituto Nacional de Estadística se incluyeron específicamente diversos grupos étnicos.
92. Al 4 de diciembre de 1992, según datos oficiales del Instituto Nacional de Estadística, la población total de la República de Bulgaria ascendía a 8.487.317 habitantes, de los que 4.170.622 eran hombres y 4.316.695 mujeres. El cuadro que figura a continuación contiene datos sobre los diez grupos étnicos más numerosos de la población búlgara:
| . | . | Urbana | Rural |
| Población total | 8 487 317 | 5 704 552 | 2 782 765 |
| Búlgaros | 7 271 185 | 5 209 060 | 2 062 125 |
| Grupos étnicos | . | . | . |
| Turcos | 800 052 | 253 119 | 546 933 |
| Romaníes | 313 396 | 163 896 | 149 500 |
| Rusos | 17 139 | 14 284 | 2 855 |
| Armenios | 13 677 | 13 417 | 260 |
| Arabes | 5 438 | 4 687 | 761 |
| Valacos | 5 159 | 2 043 | 3 116 |
| Karakachanos | 5 144 | 3 707 | 1 437 |
| Griegos | 4 930 | 4 711 | 219 |
| Tártaros | 4 515 | 2 045 | 2 470 |
| Judíos | 3 461 | 3 296 | 165 |
93. En cuanto a los ciudadanos búlgaros de origen turco, sus derechos humanos y libertades fundamentales les han sido totalmente restituidos tras los desastrosos acontecimientos del período 1984-1989, originados por las medidas políticas y administrativas represivas del régimen totalitario. A consecuencia de ello, más de 300.000 emigraron a la República de Turquía. Desde entonces se han creado todas las condiciones necesarias para que esos ciudadanos búlgaros puedan participar plenamente en la vida política y el gobierno del país. Se les ha concedido el derecho y la libertad de recuperar sus antiguos nombres y apellidos en virtud de la Ley sobre los nombres de los ciudadanos búlgaros (1990).
94. Los problemas de vivienda de los ciudadanos búlgaros de origen turco que emigraron antes del 10 de noviembre de 1989 y cuyas casas fueron expropiadas por el antiguo régimen, se han resuelto en gran parte. Sendos decretos del Consejo de Ministros, aprobados en 1990 y 1991, junto con la ley especial que restablece los derechos de propiedad y bienes raíces, han puesto fin a todas las violaciones de los derechos humanos e indemnizado plenamente a esos ciudadanos búlgaros. También ha correspondido un papel importante a la Ley de amnistía y exención del cumplimiento de las penas de prisión impuestas (1990), que amnistió a quienes se habían opuesto a la política de asimilación forzosa aplicada por el régimen anterior; se trataba principalmente de ciudadanos búlgaros de origen turco o de ciudadanos búlgaros musulmanes.
95. Se han levantado todas las restricciones a los derechos y libertades religiosos de los ciudadanos búlgaros de origen turco y de religión islámica. Actualmente en la República de Bulgaria hay más de 920 mezquitas, buen número de las cuales se construyó en los cinco o seis últimos años. El Corán puede obtenerse en búlgaro y turco sin ningún obstáculo, como cualquier otro texto religioso publicado en los dos idiomas. Desde 1991 las mezquitas mantienen escuelas religiosas los domingos. En la actualidad hay cuatro escuelas secundarias musulmanas y un instituto de enseñanza superior islámica.
96. Asimismo se han suprimido las limitaciones al uso del idioma materno, derecho que también se ha restablecido para los miembros de otros grupos étnicos. Las personas pertenecientes a esos grupos son libres de difundir cualquier tipo de información en su idioma materno. No se imponen restricciones a la importación de textos novelescos o religiosos, ni al mantenimiento de contactos personales con miembros de los mismos grupos étnicos, religiosos y lingüísticos que viven en otros países. En 1991 se han introdujeron en las escuelas cuatro clases semanales de enseñanza de turco. Los profesores de turco se forman en la Escuela Normal de Kardjali, que es una rama de la Universidad Paissii Khilendarski de Plovdiv. La Universidad Kliment Ohridsky de Sofía y la Universidad de Shoumen han restablecido el estudio de la filología turca. El año académico 1996-1997 ingresarán 75 estudiantes que se graduarán en filología turca y a los que el Estado les garantiza un trabajo cuando obtengan su licenciatura. El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología proporcionará a las escuelas 16 libros de texto diferentes y dos diccionarios, publicados en turco y adaptados para los búlgaros.
97. Se ha reanudado la publicación de periódicos y revistas en turco. Las emisoras locales de algunas regiones habitadas principalmente por ciudadanos búlgaros de origen turco difunden parte de sus programas en turco. La Radio Nacional Búlgara emite programas diarios en turco. En cambio, la Televisión Nacional Búlgara aún no tiene programas en turco.
98. No existen obstáculos jurídicos o políticos que impidan a los ciudadanos búlgaros de origen turco organizar funciones culturales y educativas, crear organizaciones, bibliotecas y salas de lectura, grupos teatrales, uniones artísticas y centros culturales, y conservar y promover su cultura.
99. El Movimiento en favor de los Derechos y Libertades (MDL) se creó en 1990 como organización política con la intención proclamada de luchar por la protección de los derechos, libertades e intereses de los ciudadanos búlgaros de origen turco y de los búlgaros de religión islámica en la República de Bulgaria. El MDL anunció también su intención de defender los intereses y derechos de los ciudadanos búlgaros en general, aunque, globalmente su marco quedó reducido a los ciudadanos búlgaros de origen turco y a los de religión islámica.
100. El MDL ha participado en las tres elecciones parlamentarias generales y en las dos elecciones locales (para alcaldes y concejales municipales) celebradas en Bulgaria desde fines de 1989. Ha conseguido hacerse representar en el Parlamento, donde tiene su propio grupo parlamentario. El Primer Ministro, Profesor Luben Berov, y su Gabinete, que gobernaron entre diciembre de 1992 y septiembre de 1994, fueron elegidos sobre la base del mandato del MDL.
101. Del total de 400 diputados de la séptima Gran Asamblea Nacional (Asamblea Constitucional), elegida el 10 de junio de 1990, 23 pertenecían al MDL. El MDL tenía 24 miembros (22 hombres y 2 mujeres) entre los 240 diputados que componían la 36ª Asamblea Nacional elegida el 13 de octubre de 1991, y 15 (13 hombres y 2 mujeres) entre los 240 diputados que componían la 37ª Asamblea Nacional, elegida el 18 diciembre de 1994. Las 2 mujeres son licenciadas universitarias, en tanto que 11 de los hombres son licenciados de universidades y los otros 2 proceden de escuelas superiores. En la actualidad el MDL cuenta con 24 alcaldes y varios centenares de concejales municipales, elegidos en las elecciones locales del 29 de octubre y el 12 de noviembre de 1995.
102. En años recientes, ciertos círculos políticos denunciaron que se había organizado en Bulgaria una campaña para obligar a los musulmanes búlgaros a declararse de origen turco y cambiar sus apellidos por apellidos turcos. Al parecer, algunos imanes que se habían identificado como de origen turco se negaron a celebrar funerales por musulmanes búlgaros porque éstos habían conservado sus apellidos búlgaros. En 1993 el Parlamento declaró oficialmente nulo el censo realizado en la aldea de Satovcha, por el hecho de que los aldeanos habían sido obligados a declarar su pertenencia a ciertos grupos étnicos.
103. El 10 de noviembre de 1989 se restablecieron los derechos humanos y las libertades de los ciudadanos búlgaros de origen romaní, incluido su derecho a identificarse como romaníes, a desplazarse libremente dentro del país, a ponerse en contacto con comunidades romaníes de otros países y a promover su cultura. Desde 1992, por primera vez en la historia de la educación búlgara los niños romaníes pueden estudiar el idioma romaní y la historia de la cultura romaní en las escuelas. Se han publicado los primeros libros de texto en romaní. El Comité Nacional Búlgaro en pro del UNICEF ha preparado otros libros de texto sobre la historia de la cultura romaní y las costumbres y tradiciones romaníes y búlgaras. Sin embargo, la mayor dificultad es encontrar y formar maestros que conozcan y enseñen el idioma romaní.
104. Como resultado de los cambios radicales y de la transición hacia una economía de mercado, los romaníes de Bulgaria se encuentran en la actualidad en una situación social y económica muy difícil. Muchos de ellos viven en el umbral de la mera subsistencia. Debido a la falta de educación y formación profesional, el 75% de los romaníes aptos para el trabajo son obreros no calificados y sólo el 20% son trabajadores semicalificados. Sólo uno de cada diez está debidamente preparado. Esta situación, por supuesto, afecta directamente a las posibilidades de empleo de los romaníes. El porcentaje de desempleo entre los romaníes es absolutamente impresionante: el 75% en promedio, con un mínimo del 62% en Sofía y un máximo del 81% en las zonas rurales. Esta es una consecuencia del cierre de las cooperativas agrícolas entre 1992 y fines de 1994. Muchos romaníes se encontraron sin trabajo y, como, salvo muy pocas excepciones nunca han poseído tierras, o sólo parcelas muy pequeñas, no han podido beneficiarse de la restitución de tierras.
105. Las condiciones de vida de la población romaní son sumamente precarias. Un elevado porcentaje de los niños en edad escolar no asisten a clase o abandonan la escuela. En algunas regiones ese porcentaje se sitúa entre el 40 y el 70%. El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología ha ensayado nuevos proyectos que tienen por objeto estimular a los niños romaníes que asistan regularmente a la escuela. Los primeros resultados son bastante alentadores. Según un estudio realizado en 350 escuelas de toda Bulgaria, el 10% de los alumnos son romaníes. Se está haciendo hincapié en la formación de esos niños a fin de que adquieran distintos conocimientos profesionales en las industrias textil, metalúrgica, de la madera y otras.
106. El hambre, la pobreza y la falta de oportunidades de empleo han obligado a muchos romaníes a reconsiderar sus valores y normas de conducta tradicionales. El robo y la estafa están aumentando y se han convertido en un medio seguro de supervivencia. La tasa de delincuencia, según datos proporcionados por el Ministerio del Interior, es significativa: el 37% de los delitos cometidos en el país han sido perpetrados por romaníes. El número de romaníes sin hogar, así como la prostitución de menores, están aumentando. Ello genera una actitud negativa hacia los romaníes, que es totalmente injustificada. También según datos del Ministerio del Interior, hay una tendencia creciente entre los búlgaros a abandonar los barrios y asentamientos romaníes por temor al robo, las amenazas y las agresiones físicas, así como el saqueo y destrucción de la propiedad. Algunos romaníes han atacado a policías y soldados de uniforme. Es obvio que la sociedad búlgara encuentra difícil superar los prejuicios contra los romaníes. Para superar esos prejuicios sólo cabe mejorar las condiciones sociales y económicas de los romaníes, lo que les brindaría mayores oportunidades de realizar su potencial y de igualarse con los demás ciudadanos búlgaros. Sin embargo, para alcanzar este fin se requerirán de las autoridades esfuerzos más concertados y en gran escala.
107. Varios dirigentes romaníes son conscientes de que los estereotipos negativos que afectan a los romaníes siguen impidiendo la elección de sus intelectuales para ocupar altos cargos en los principales partidos políticos del país. Los romaníes participan en la vida política en Bulgaria a través de partidos políticos representados dentro y fuera del Parlamento. Tienen cuatro organizaciones a nivel nacional y una docena de organizaciones regionales encaminadas a conservar y promover su cultura y sus derechos sociales y económicos.
108. Al definir los derechos humanos y las libertades fundamentales del individuo, la Constitución y la legislación se basan en el principio de la no discriminación (artículo 6 de la Constitución). Como cuestión de principio, estos derechos y libertades no se garantizan a ningún grupo étnico en particular sino que se reconocen a todos los ciudadanos que estén bajo la jurisdicción del Estado. La legislación búlgara no reconoce derechos humanos colectivos; reconoce sólo derechos humanos y libertades individuales a todas las personas sin excepción alguna por motivos de origen nacional o étnico, raza, sexo, religión, educación, convicciones y creencias, afiliación política, condición personal y social o posición económica. Los derechos individuales son iguales para todos. Ni en la Constitución ni en la legislación aparece la expresión "minoría nacional".
109. Las personas pertenecientes a diferentes grupos étnicos, religiosos y lingüísticos en la República de Bulgaria tienen todo el derecho a establecer sus organizaciones o instituciones culturales y religiosas de carácter no gubernamental, a promover su cultura, a practicar su religión y a utilizar su idioma materno. Gozan de los mismos derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales que el resto de los ciudadanos búlgaros. En la actualidad, algunos miembros del Parlamento son de origen turco, otros son judíos y uno es romaní. Personas pertenecientes a diferentes grupos étnicos ocupan altos cargos en el Estado, en el Gobierno y en los círculos bancario, financiero y comercial; también las hay al frente de las alcaldías y municipios locales.
Artículo 6
110. El capítulo 6 de la Constitución, titulado "El poder judicial", determina las obligaciones que recaen sobre el Estado a fin de garantizar la igualdad de derechos a todos los ciudadanos y no ciudadanos de la República de Bulgaria. La Constitución da un plazo de tres años a la Asamblea Nacional para aprobar una legislación directamente relacionada con la protección y promoción de los derechos humanos. Las disposiciones sobre derechos humanos incluidas en la Constitución son aplicables directamente en los tribunales búlgaros, lo que significa que pueden aplicarse sin necesidad de una ley específica.
111. La observancia y respeto de los derechos humanos es una obligación constitucional del poder judicial, así como de los órganos administrativos nacionales y locales.
112. Diversas organizaciones no gubernamentales independientes, inscritas oficialmente en los tribunales, vigilan la protección y promoción de los derechos humanos y las libertades fundamentales de la persona humana.
113. Un importante elemento del sistema legislativo es el poder judicial, que, de acuerdo con el artículo 17 de la Constitución, garantiza el derecho de propiedad y sucesión, proclama que la propiedad puede ser privada o pública, que la propiedad privada es inviolable, y que se establecerá por ley el régimen aplicable a los bienes de propiedad estatal o municipal.
114. Las tribunales protegen de oficio los derechos humanos de los ciudadanos sin necesidad de denuncia previa del ofendido. Las normas de procedimiento exigen que el demandante especifique ante el tribunal ciertos tipos de violaciones. Aunque los órganos estatales están obligados de oficio a proteger a los ciudadanos contra las violaciones de sus derechos, todo ciudadano que considere que sus derechos han sido violados puede pedir la intervención del órgano competente. Si la solicitud no se haya dirigido al órgano apropiado, se transmitirá al órgano competente por el conducto reglamentario.
115. El artículo 360 del Código del Trabajo se enmendó en 1992 para que los conflictos laborales pudieran someterse también a los tribunales.
116. El Tribunal Constitucional es una institución nueva no perteneciente al poder judicial, algunas de cuyas funciones están directamente relacionadas con toda una gama de derechos humanos y libertades. La función esencial del Tribunal es proceder a la interpretación obligatoria de la Constitución y resolver los recursos de inconstitucionalidad de las leyes u otras actuaciones de la Asamblea Nacional y del Presidente de la República. El Tribunal dirimirá los conflictos de competencia entre la Asamblea Nacional, el Presidente de la República y el Consejo de Ministros, así como entre los órganos de la administración local y el poder ejecutivo central. Además, el Tribunal resolverá, antes de su ratificación, sobre la constitucionalidad de los tratados internacionales concertados por la República de Bulgaria, así como sobre la conformidad de las leyes internas con las normas de derecho internacional reconocidas internacionalmente y los tratados internacionales ratificados por Bulgaria. El Tribunal resolverá sobre la posible inconstitucionalidad de partidos y asociaciones políticas sobre la legalidad de las elecciones a la Presidencia y Vicepresidencia de la República y a la Asamblea Nacional. Conocerá de las acusaciones de la Asamblea Nacional contra el Presidente y el Vicepresidente de la República. Las atribuciones del Tribunal Constitucional no podrán conferirse ni revocarse por ley.
117. Todo ciudadano cuyos derechos están siendo o hayan sido violados puede exigir el fin a esas violaciones, el restablecimiento de los derechos violados y una compensación monetaria o moral. El tipo de compensación se determinará en función del carácter de la violación, su duración, la posibilidad de restablecer los derechos violados y otras circunstancias. Existen diferentes medios de restablecer los derechos y libertades violados. En tales casos el ciudadano puede pedir reparación ante el Tribunal Supremo o ante órganos estatales inferiores debidamente competentes. Ciertas organizaciones no gubernamentales también cumplen un papel con sus funciones de vigilancia.
118. Los tribunales representan el método más difundido y eficiente para proteger los derechos humanos. La legislación búlgara no impone restricción alguna a los ciudadanos que soliciten la protección legal de sus derechos. Todo ciudadano puede entablar una acción judicial para la reparación de sus derechos violados o para la determinación de la existencia o inexistencia de un derecho especial en su interés (artículo 97 del Código de Procedimiento Civil). Las personas que cometan violaciones no constitutivas de delito de derecho penal incurrirán en responsabilidades civiles, administrativas o disciplinarias.
119. La fiscalía cumple también funciones especiales en el ámbito de la protección de los derechos y libertades de la persona. Una de sus obligaciones es defender los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos. Esta función se realiza examinando la legalidad de la investigación judicial de los presuntos autores de la violación, así como adoptando medidas para anular las actuaciones ilegales y restablecer los derechos violados. Las funciones de la fiscalía no se aplican sólo a los ciudadanos búlgaros, sino también a toda persona que caiga en el ámbito de su competencia.
120. El principio constitucional de la igualdad ante la ley se ha reforzado en términos más concretos en los procedimientos judiciales, en los que el principio de la igualdad de las partes en la causa se manifiesta plenamente. El artículo 10 del Código de Procedimiento Penal establece que "todos los ciudadanos que sean partes en una causa penal son iguales ante la ley. No se permitirá ningún privilegio o restricción fundada en el origen nacional o étnico, la religión, el sexo, la raza, la educación o la situación social o económica. Los tribunales y las autoridades investigadoras aplicarán la ley de modo estricto e igual a todos los ciudadanos".
121. Otro importante principio en la práctica judicial búlgara es la publicidad de los juicios penales. Cualquier persona puede asistir a un juicio, incluso los representantes de los medios de comunicación. Los medios de comunicación contribuyen a la publicidad de los juicios. Las excepciones a este principio se limitan exclusivamente a los casos enumerados en el Código de Procedimiento Penal. Sólo podrán celebrarse juicios a puerta cerrada cuando el carácter de la causa constituya un secreto de Estado, para preservar la moral pública o siempre que sea necesario para impedir que el público conozca la vida privada de una persona (artículo 262 del Código de Procedimiento Penal). Los juicios de menores también se celebran a puerta cerrada a menos que el tribunal decida otra cosa.
122. Toda sentencia judicial es apelable ante un tribunal superior: contra las sentencias de los tribunales regionales se pueden recurrir ante los tribunales de distrito y contra las sentencias o decisiones de estos últimos ante el Tribunal Supremo. Además de los recursos de apelación, las personas condenadas pueden obtener un nuevo juicio solicitando la revisión o reapertura de la causa penal o la revocación de las sentencias dictadas en lo civil. Si el Tribunal Supremo considera que existen motivos legales suficientes, puede anular una sentencia y devolver la causa para nuevo juicio.
123. Conforme a la Ley de responsabilidad del Estado por los daños y perjuicios causados a los ciudadanos, las personas que hayan sido detenidas o condenadas por error o que hayan cumplido penas de prisión por esa causa tendrán derecho a una indemnización. Para ello deberán entablar una acción judicial. Toda persona condenada por error podrá anunciar en los medios de comunicación la anulación de su sentencia y su absolución.
124. Toda persona tiene derecho a presentar individualmente una denuncia en virtud de los tratados internacionales ratificados por la República de Bulgaria que prevean ese procedimiento.
125. La opinión dominante es que los problemas relacionados con la protección de los derechos humanos en general se resuelven jurídicamente de manera satisfactoria. Sin embargo, se manifiestan ciertas deficiencias, e incluso algunas infracciones, en el proceso de aplicación práctica de las leyes tanto en las relaciones diarias entre las autoridades y los ciudadanos como entre los propios ciudadanos. No existen problemas en cuanto a la ejecución de las sentencias o decisiones de los tribunales que imponen el restablecimiento de derechos humanos violados. El incumplimiento de tales sentencias y/o decisiones entraña sanciones jurídicas graves. Sin embargo, pueden surgir problemas cuando se hacen arreglos extrajudiciales para la protección de los derechos humanos.
126. Eminentes juristas búlgaros opinan que para mejorar la protección que el derecho penal concede a los derechos y libertades del individuo proclamados por la Constitución se requieren medidas constitucionales amplias y más concretas. En este contexto existen fundadas esperanzas de que la próxima enmienda del Código Penal contribuirá a esta finalidad.
Artículo 7
127. Las autoridades y organizaciones estatales, judiciales, legislativas, administrativas, públicas y no gubernamentales siguen prestando atención a los problemas de discriminación racial y señalan a la sociedad y los ciudadanos búlgaros así como a los extranjeros que residen en el país la necesidad de luchar sin descanso contra los prejuicios raciales y eliminar y frustrar los actos de discriminación racial. La comprensión, la tolerancia y la amistad entre las diferentes naciones y entre los diferentes grupos étnicos son elementos importantes de las actividades de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial en Bulgaria. La opinión pública búlgara considera que la falta de enfrentamiento étnico en el país desde el 10 de noviembre de 1989 debe atribuirse a los enormes esfuerzos y la sabiduría política de todas las fuerzas políticas y sociales. Esta situación se conoce popularmente como el "modelo búlgaro" de tolerancia étnica, que es otra garantía de la igualdad y la no discriminación entre los ciudadanos búlgaros, cualquiera que sea su origen étnico, raza, color, sexo, etc.
128. Entre las disciplinas que se enseñan en las escuelas secundarias figuran la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Las universidades e institutos de enseñanza superior imparten cursos separados sobre los derechos humanos, dedicados más particularmente a los instrumentos internacionales de derechos humanos.
129. La recopilación de los instrumentos internacionales de derechos humanos publicada en dos volúmenes por las Naciones Unidas se tradujo al búlgaro y se publicó en 1992 con la cooperación del Centro de Derechos Humanos de Ginebra.
130. En junio de 1995 se creó un Consejo Nacional de Cuestiones Sociales y Demográficas como órgano del Consejo de Ministros encargado de ayudar al Gabinete a aplicar una política activa en las esferas social, demográfica, cultural y educativa, de conformidad con los mencionados instrumentos internacionales de derechos humanos y la Carta Social Europea.
131. Por lo que se refiere a la educación y la enseñanza, en el presente informe se brinda información sobre la aplicación del artículo 5 de la Convención Internacional, particularmente en los párrafos 87 a 89.
132. Diferentes ministerios y departamentos han organizado, en el ámbito de su competencia, cursos periódicos de perfeccionamiento para maestros, profesores de institutos u universidades, jueces, fiscales y funcionarios de la policía y de la administración penitenciaria. También se organizan seminarios, conferencias y reuniones anuales para funcionarios encargados de la aplicación de la ley y el mantenimiento del orden público, que versan sobre las modernas normas internacionales en materia de ética y actitud profesional, la protección y promoción de los derechos humanos y libertades fundamentales del individuo. A este respecto, en mayo de 1995 tuvieron lugar diversos seminarios para funcionarios superiores de la policía, organizados por "Democracia PHARE", con expertos del Consejo de Europa y profesores universitarios búlgaros.
133. En general, los medios de comunicación transmiten un mensaje de tolerancia hacia las distintas capas de la población. La televisión nacional ha difundido varias películas y documentales que tratan de la tolerancia étnica y religiosa y de los problemas de los refugiados, etc. Las películas sobre tolerancia étnica y religiosa han recibido una amplia respuesta de la opinión pública y han profundizado el debate público sobre el problema de igualdad entre una mayoría de ciudadanos búlgaros y los que pertenecen a diferentes grupos étnicos y religiosos.
134. Las personas pertenecientes a diversos grupos étnicos, religiosos y lingüísticos tienen sus propias sociedades y asociaciones. Los ciudadanos búlgaros de origen turco publican los periódicos Prava i Svobodi (Derechos y libertades), Musulmanes, Gyuven (Confianza) en búlgaro y en turco, así como un periódico para niños Shtourche (Grillito) en turco y en búlgaro. Tienen una sociedad cultural denominada "Alev". En varias regiones se organizan con frecuencia actividades culturales, sobre todo conciertos de grupos aficionados de folclore y danza, festivales artísticos y teatrales, etc. Los ciudadanos búlgaros de origen romaní tienen cinco organizaciones nacionales: la Alianza de Romaníes Unidos, la Confederación de Romaníes en Bulgaria, la Unión Democrática Romaní, la Federación de Comunidades Unidas Romaníes y la Unión Romaní para la Democracia Social. La organización de la comunidad rusa es la "Sociedad de los rusos blancos y sus descendientes en Bulgaria". Publica el periódico Belaya Volna (Ola blanca) en búlgaro y ruso. Ereván es la organización de los armenios en Bulgaria. Publica dos periódicos, Ereván y Armenia, en armenio y búlgaro, respectivamente. El teatro armenio está renaciendo. En algunas escuelas de Sofía y Plovdiv se estudia el armenio. Los valacos tienen su propia asociación en Vidin. Publican el periódico Timpul (Tiempo) con partes en rumano y búlgaro. Los karakachanos también tienen una organización cultural. Los tártaros tienen una asociación llamada Asabai, en Silistra. Los judíos tienen dos organizaciones, Shalom y Zion. Publican un periódico, Evreiski vesti (Noticias judías) en búlgaro. En una escuela de Sofía se enseña el hebreo. Tanto el Centro Cultural Judío como la editorial Shalom se encuentran en Sofía.
135. La Asamblea Nacional, y en particular su Comisión de Prensa, Radio y Televisión está elaborando desde hace algún tiempo un proyecto de ley de prensa, que, como no está concluido, no se ha sometido aún a la aprobación del Parlamento. Se asiste a un acalorado debate tanto dentro de la propia comisión parlamentaria como en la opinión pública del país: lo que se discute son las finalidades y disposiciones del proyecto de ley, la cuestión de si en realidad es necesaria una ley de prensa y, en caso positivo, si dicha ley limitaría la libertad de expresión o más bien brindaría un marco jurídico de garantía contra las especulaciones y falseamientos deliberados y contra los intentos de utilizar los medios de comunicación con fines partidistas de carácter político, económico o de otra índole.
136. En algunos diarios y revistas independientes aparecen aisladamente artículos que, intencionalmente o no, utilizan cierta terminología que denota una actitud discriminatoria hacia algún grupo étnico. A veces, en tales artículos se habla de los romaníes como de "los búlgaros de piel oscura", lo que es una alusión a una distinción de color entre ciudadanos búlgaros. Al parecer, algunos periodistas no han entendido cabalmente el significado de los artículos 1 (párr. 1), 4 y 7 de la Convención Internacional.