DIRECTRICES GENERALES RELATIVAS A LA FORMA Y EL CONTENIDO
DE LOS INFORMES QUE DEBEN PRESENTAR LOS ESTADOS PARTES DE
CONFORMIDAD CON EL PÁRRAFO 1 DEL ARTÍCULO 9 DE LA CONVENCIÓN
Aprobadas por el Comité en su 475ª sesión (21º período de sesiones),
celebrada el 9 de abril de 1980 y en las que se han incorporado las directrices adicionales para la aplicación del artículo 7 aprobadas por el Comité en su 571ª sesión (25º período de sesiones),
celebrada el 17 de marzo de 1982 y revisadas en su 984ª sesión (42º período de sesiones),
celebrada el 19 de marzo de 1993, en su 1354ª sesión (55º período de sesiones),
celebrada el 16 de agosto de 1999, y en su 1429ª sesión (57º período de sesiones),
celebrada el 21 de agosto de 2000
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